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La Junta Electoral Central permite librarse de la mesa electoral a quien tuviera un viaje contratado

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La Junta Electoral Central ha acordado que los ciudadanos podrán librarse de la mesa electoral si tienen un viaje contratado. Es decir, en relación con la composición de las mesas electorales, si la jornada electoral coincide con un desplazamiento o estancia de carácter vacacional, que haya sido contratado antes de la fecha de convocatoria de las elecciones, el votante podrá presentarlo como excusa valida para eximirse de la mesa.

Además, la Junta ha concretado que para votar por correo habrá que identificarse con el DNI, o documento análogo, en el momento de depositar el voto en toda España para evitar el fraude electoral.

Cómo librarse de una mesa electoral si tengo un viaje

El estar en una mesa electoral en pleno mes de julio se ha convertido en un contratiempo para muchas personas que ya tienen sus reservas vacacionales reservadas. Por ello, la JEC ha establecido que los censados que sean seleccionados en el sorteo de las mesas y cuya cancelación ocasione un perjuicio económico o un trastorno grave al solicitante, puede ser considerado como excusa por las Juntas electorales de zona.

«Si la jornada electoral coincide con un desplazamiento o estancia de carácter vacacional, que haya sido contratado antes de la fecha de convocatoria de las elecciones, cuya cancelación ocasione un perjuicio económico o un trastorno grave al solicitante, puede ser considerado como excusa por las JEZ, siempre que se asegure la integración plena de las mesas y que se acredite documentalmente la debida antelación del contrato, así como el perjuicio económico o trastorno graves alegados», recoge la resolución.

Qué hay que presentar

Cabe resaltar que habrá que presentar la excusa ante la Junta Electoral de Zona y se podrá hacer después de recibir la notificación tras la celebración del sorteo que tendrá lugar entre el 24 y el 28 de junio.

Desde la Junta electoral Central explican que esto se podrá hacer siempre que se asegure la integración plena de las mesas y que se acredite documentalmente la debida antelación del contrato, así como el perjuicio económico o trastorno graves alegados.

Voto por correo

La JEC ha aprobado una instrucción que exige que todos los electores que voten por correo se identifiquen con el DNI o con un documento análogo en el momento de enviar la papeleta y depositar el voto.

Tras la polémica suscitada con el presunto fraude de votos por correo en Melilla, la JEC ha aprobado esta resolución de cara a las próximas elecciones del 23 de julio y ha señalado que si no se pudiera acudir personalmente a entregar la documentación, se deberá otorgar una autorización para que la entregue otra persona, que deberá estar firmada por el elector y acompañarse de fotocopia de su DNI o documento análogo.

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