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Ya se puede solicitar el voto por correo para las elecciones generales de julio 2023

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voto por correo julio 2023

El voto por correo para las elecciones generales del 23 de julio de 2023 se puede solicitar desde este martes 30 de mayouna vez publicada la convocatoria en el BOE, y hasta el 13 de julio en cualquier oficina del Servicio de Correos, según establece la ley.

A pocos días de la celebración de las elecciones municipales y autonómicas, los ciudadanos ya podrán pedir el voto por correo para las próximas elecciones generales, anunciadas este lunes por sorpresa por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y que coinciden por primera vez con las vacaciones de verano.

En las elecciones del 28 de mayo, más de 984.000 ciudadanos enviaron su voto por correo, un 6,4 % más que en los anteriores comicios de 2019, aunque esta vez envueltos en numerosas polémicas por las denuncias de compra de votos.

Tanto es así que en Melilla, donde esta modalidad triplicó la media nacional, la Fiscalía Anticorrupción ha asumido la investigación por la compra de votos.

Voto por correo para julio de 2023

¿Cuáles son los plazos?

Hasta el 13 de julio está abierto el plazo de solicitud, que deberá formularse personalmente y con el documento nacional de identidad para solicitar el voto por correo dentro de España, que debe remitirse por vía certificada no más tarde del 19 de julio.

¿Cómo puedo solicitarlo?

El impreso de solicitud se puede descargar en la web del Ministerio del Interior y presentarse por vía telemática en la página de Correos o de forma presencial en una oficina. Días después, el interesado recibe en su domicilio un sobre con las papeletas de cada formación política, el certificado de inscripción en el censo y otro sobre con la dirección de la mesa donde le corresponde votar.

Escogida la papeleta e introducida en el sobre correspondiente, lo cerrará para meterlo en el otro sobre dirigido a la mesa electoral, donde además incluirá el certificado de inscripción en el censo. Una vez remitido el voto, el elector ya no puede votar presencialmente.

Las excusas legales para librarse de una mesa electoral

¿Y si resido en el extranjero?

A los españoles que viven en el extranjero, la Oficina del Censo Electoral les remite de oficio toda la documentación y primera vez las papeletas también las podrán descargar de forma telemática.

Si se vota por correo certificado, el residente en el extranjero debe introducir la papeleta correspondiente dentro del sobre de votación e incluirlo en el otro sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial en el que también meterá uno de los certificados de inscripción en el censo, una fotocopia del pasaporte o del DNI o una certificación de nacionalidad, entre otra documentación.

Sin embargo, los españoles que viven en el exterior también pueden depositar el voto en las urnas dispuestas en sus embajadas, consulado o centros habilitados hasta el 20 de julio.

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Nueva ayuda del SEPE hasta 570 €: Estos son los requisitos

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Estas son las ofertas de trabajo del SEPE

Requisitos, cuantía, plazos y cómo solicitar esta ayuda económica paso a paso

Desde abril de 2025, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha activado una nueva ayuda económica para personas desempleadas que han agotado el paro contributivo, tienen entre 30 y 55 años, y perciben menos de 810 € mensuales, es decir, el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Esta prestación busca dar respaldo económico a un colectivo vulnerable, simplificando el proceso administrativo: no es necesario declarar los ingresos familiares ni esperar un periodo determinado para poder solicitarla.


🧾 Requisitos para acceder al nuevo subsidio del SEPE en 2025

Para poder beneficiarse de esta ayuda, debes cumplir todos los siguientes requisitos:

  • ✅ Tener entre 30 y 55 años en el momento de la solicitud.

  • ✅ Haber agotado por completo la prestación contributiva por desempleo.

  • ✅ Contar con ingresos mensuales inferiores a 810 € (75 % del SMI).

  • ✅ Estar inscrito como demandante de empleo y haber firmado la Declaración de Búsqueda Activa de Empleo.

  • ✅ Haber cotizado al menos 15 años a la Seguridad Social, incluyendo 2 años en los últimos 15.

  • ✅ Presentar la solicitud dentro de los 6 meses posteriores a la finalización del paro.

⚠️ Importante: Si no cumples uno solo de estos puntos, el SEPE rechazará tu solicitud sin posibilidad de subsanación.


💰 ¿Cuánto se cobra con esta ayuda del SEPE?

La cuantía de la ayuda varía progresivamente para fomentar la reincorporación al empleo. Este es el desglose de pagos:

🗓️ Periodo 💶 Cuantía mensual
Meses 1 a 6 570 €
Meses 7 a 12 540 €
A partir del mes 13 480 €

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