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TRÁFICO| ¿Qué calles están cortadas este fin de semana en València?

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Valencia, 25 oct.- Las calles de la ciudad acogen este domingo la 29 edición del Medio Maratón València Trinidad Alfonso EDP. Esta carrera de fondo discurrirá por 21.097,5 metros que protagonizarán 17.500 corredores, de los cuales 4.504 serán mujeres (800 más que en la edición anterior).

La carrera se celebrará a partir de las 9.00 h, con salida y meta en la calle de Antonio Ferrandis, 8, y los cortes al tráfico rodado, que ya han empezado por el montaje de la zona de salida y meta, serán mayores durante el fin de semana. El sábado 26, a las 8.00 h, se cerrará la avenida de Amado Granell Mesado (entre Ángel Villena y Antonio Ferrandis), y la calle de Àngel Villena (entre Bomber Ramon Duart y Amado Granell Mesado) sentido hacia el Centro Comercial El Saler. A las 16.00 h, se verá afectada la calle de Blas Gámez Ortiz por el montaje de la zona de salida-meta y el hospital de campaña hasta la finalización de la prueba y a partir de las 22.45 h (cuando pase el último autobús de la EMT) se cerrará la calle del Bomber Ramon Duart (entre las calles de Àngel Villena y Antonio Ferrandis), esta última vía en sentido hacia Ausiàs March por completo y la calle Escriptor Rafael Ferreres (entre Ricardo Muñoz Suay i Antonio Ferrandis).

VALENCIA BASE COMPLETO etrs89

El domingo 27 se cerrará el puente del Assut de l’Or, sentido hacia el mencionado centro comercial, y a partir de las 7.30 h se cerrarán los dos pasos inferiores de la Petxina y de Antonio Ferrandis, esta vía en sentido al centro comercial. Finalmente, entre las 7.30 y las 8.00 h se llevarán a cabo el resto de cortes. La apertura al tráfico está prevista entre 40 y 45 minutos después del paso de la cola de la carrera, aunque esto dependerá del servicio de limpieza, que tiene que dejar la vía limpia y libre de obstáculos.

En cuanto a las zonas de estacionamiento asignadas por la organización, estas son: el aparcamiento del pabellón de la Font de Sant Lluís (acceso libre), el del Centro Comercial Aqua y el del Oceanogràfic a partir de las 6:00 h. En cuanto a las opciones de desplazamiento con la EMT son las líneas 35 hasta la avenida del Instituto Obrero, la 95 hasta el puente del Ángel Custodio o plaza de Europa, y la línea 99 hasta la rotonda de los anzuelos.

Por otro lado, coincidiendo con último domingo de mes, el cierre de la plaza del Ayuntamiento se adelantará a las 8.00 h con motivo de la celebración de la Fiesta de los mercados.

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¿Qué son los festivos recuperables?

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¿Qué son los festivos recuperables?
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Los festivos recuperables son distintos a los días festivos que siempre los trabajadores esperan con ganas. Por ejemplo, el pasado 24 de junio, San Juan, estaba marcado en rojo en el calendario laboral de la Comunidad Valenciana. Sin embargo, muchas personas se encontraron con que, si querían disfrutar de este día libre, tenían la obligación de recuperarlo.

¿Qué quiere decir esto? Que no estamos ante un día festivo convencional, sino ante un día festivo recuperable, algo que ha generado muchas preguntas.

Desde GLM responden a todas las dudas.

¿Qué son los festivos recuperables?

Los días festivos recuperables son aquellos que tienen la condición de días laborables pero en los que la prestación de servicios correspondiente al mismo no se realiza ese día, sino que se reparte en el resto de días laborables del año.

Desde el punto de vista legislativo, esta figura está regulada en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.2) y deja a empresas y trabajadores la negociación de cómo aplicarlo.

¿Cuál es la diferencia entre días festivos «normales» y días festivos recuperables?

Según esta definición, la diferencia es bastante clara: en los días festivos normales o estipulados no se trabaja, mientras que en los días festivos recuperables los trabajadores no están obligados a ir a trabajar, pero tendrán que recuperar esas horas si no lo hacen.

¿Por qué existen estos días? ¿Qué dice la ley sobre ellos?

En España, cada año natural deben reconocerse un total de 14 días festivos.

Algunos de ellos vienen determinados por el estado. Se trata de «festivos nacionales» como Año Nuevo (1 de enero), Viernes Santo, Día del Trabajo (1 de mayo), Festividad de Asunción de la Virgen (15 de agosto), Fiesta de la Hispanidad (12 de octubre), Día de Todos los Santos (1 de noviembre), Día de la Constitución Española (6 de diciembre), Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Día de Navidad (25 de diciembre).

Además, los gobiernos regionales pueden respetar o mover algunas festividades tradicionales como el Día de la Epifanía (6 de enero) y Jueves Santo, además de sustituir estas por otras como el Día de San José (19 de marzo) o el Día de Santiago (25 de julio).

Con el fin de cubrir el total de 14 festivos se permite que cada ayuntamiento elija, normalmente cuadrando con sus fiestas locales tradicionales, otros dos días de fiesta.

Una vez se ha pactado el calendario y en caso de que algún día festivo sea domingo, las comunidades autónomas pueden mover ese día no laboral al lunes más próximo, algo que es bastante habitual.

¿Ir o no ir a trabajar? Esa es la cuestión

Ambas decisiones tienen sus consecuencias y conviene conocerlas.

  • Si vas a trabajar:

En este caso, estarás acudiendo a tu puesto de trabajo durante un día festivo, por lo que es posible que tu convenio establezca alguna forma para compensar esas horas.

Aun así, es importante matizar que al trabajar en un festivo recuperable no se aplica el incremento por horas extras, ya que las horas de ese día no excederán la jornada anual pactada.

  • Si no vas a trabajar:

En este caso, tendrás que devolver las horas de ese día para cumplir con la jornada anual marcada por el convenio colectivo, y deberás pactar con tu empresa o con el representante de los trabajadores cómo y cuándo, teniendo en cuenta que:

  • Las horas deben devolverse dentro del mismo año natural.
  • El día de festivo no puede sustituirse por otro festivo o por un día de vacaciones. Esto quiere decir que debes recuperar las horas añadiendo tiempo de trabajo a tus días laborales normales, respetando siempre el límite de 9 horas diarias y las 12 horas de descanso entre jornadas.

 

Ir a trabajar en días festivos

¿Qué pasa si el día festivo recuperable estoy de vacaciones o es mi día libre? ¿La empresa debe darme un día extra de fiesta?

No. Si un día festivo recuperable coincide con tu día de descanso, con tus vacaciones o con un día de inactividad por cualquier otro motivo (por ejemplo, por estar de baja por enfermedad, por permiso de maternidad/paternidad, permiso por matrimonio, etc.) la empresa no está obligada en ningún caso a darte un día festivo adicional y, por tanto, tú tampoco deberás recuperar nada.

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