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Le piden 3 años de cárcel por amenazas de muerte a Pedro Sánchez en Twitter

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amenazas de muerte a Pedro Sánchez
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. EFE/Archivo
València, 13 jun (OFFICIAL PRESS-EFE).- Las amenazas de muerte a Pedro Sánchez a juicio este jueves.

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia tiene previsto enjuiciar este jueves a un hombre de 51 años para quien la Fiscalía reclama tres años de prisión por haber amenazado de muerte mediante mensajes en Twitter al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Unidad Central de Ciberdelincuencia de la Policía Nacional detectó el 18 de junio de 2018 comentarios emitidos el día anterior por el perfil del procesado en los que amenazaba con matar a Sánchez, al que llamaba “rojo bastardo”, y aseguraba que si el presidente “profanaba la tumba de Franco”, lo ejecutaría.

El procesado también publicó: “Franco saldrá de su tumba pero Pedro Sánchez entrará en otra”.

Amenazas de muerte a Pedro Sánchez

La Fiscalía, que considera a este hombre responsable de un delito de odio, también solicita la retirada de las redes sociales de los contenidos de odio emitidos por el procesado.

En su escrito de acusación, al que ha tenido acceso EFE, el Ministerio Público detalla cómo el acusado mencionó el perfil en Twitter del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez Pérez-Castejón, @sanchezcastejon, una cuenta a la que seguían entonces 883.000 usuarios (actualmente 1,6 millones), al responderle para tener así una mayor visibilidad.

Los investigadores averiguaron que el procesado accedió a internet desde la urbanización La Cañada, en Paterna (Valencia), y desde otro domicilio de esta misma localidad en el momento de publicar sus amenazas.

Cárcel y retirada de comentarios

Además de la pena de tres años de prisión y la retirada de los comentarios publicados en Twitter, el fiscal reclama una multa de 3.000 euros y la inhabilitación para ejercicio de profesión u oficio educativos, en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre, por el periodo de seis años, así como el pago de las costas procesales.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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