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Condenan al Banco Santander a devolver 85.000 euros invertidos en sus Valores

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La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Valencia ha confirmado la sentencia del Juzgado de Primera Instancia 1 de Valencia que condenaba a Banco Santander a la devolución de 85.000 euros invertidos en Valores Santander. El cliente demandante en este procedimiento realizó en el año 2007 dos compras de Valores Santander —también conocido por el nombre de «Producto Amarillo»— por importes respectivos de 40.000 y 45.000 euros.

El cliente desconocía que se trataba de un producto financiero de alto riesgo en el que podía perder el capital, en concreto que se trataba de un producto financiero híbrido muy complejo. Los empleados, sin embargo, le aseguraron que se trataba de una inversión sencilla y garantizada por Banco Santander pues se trataba de un producto diseñado por el propio banco, no informándole detalladamente de los muchos inconvenientes que asumía con estos Valores Santander.

La comercialización de los Valores Santander se enmarcó en una operación masiva de venta del producto en el año 2007 que dirigía entonces Emilio Botín en la que Banco Santander fue capaz de colocar en apenas nueve días hábiles un total de 7.000 millones de euros entre 129.000 clientes de la entidad, que ocasionaron cuantiosas pérdidas a los mismos.

El objetivo de esta venta masiva de 2007 era captar el dinero necesario para abordar la compra del banco holandés ABN Amro. Por esta exigencia de captación de capital, la iniciativa de comercialización de estos Valores Santander partió siempre del propio Banco Santander y se realizó en tiempo récord. El criterio general de venta al seleccionar a los posibles compradores fue indiscriminado puesto que se realizó al máximo número de clientes de la entidad para satisfacer los objetivos de esta importante captación de dinero necesaria para realizar la operación de compra del banco holandés. El producto tenía además la característica específica de que necesariamente acabaría transformándose en acciones del propio Banco Santander en el año 2012

El cliente demandante en este asunto desconocedor de temas bancarios es de profesión carpintero adquirió en su oficina sita en Castellar, Valencia, y sólo contó con las recomendaciones verbales de la entidad que incidían en las supuestas ventajas de un producto financiero calificado como complejo y de riesgo, minimizando del todo sus inconvenientes. No le entregaron los folletos informativos pertinentes ni anexos específicos sobre riesgos.

El abogado Jaime Navarro que ha llevado este caso puso de manifiesto que en una comercialización financiera de riesgo «la entrega efectiva de toda la información disponible sobre la inversión siempre es imprescindible máxime en un caso de un cliente ajeno al mundo financiero y sin conocimientos específicos sobre inversiones».

La Audiencia Provincial de Valencia al confirmar la sentencia condenatoria evidencia que la obligación de la información veraz y adecuada corresponde siempre a la entidad bancaria que está obligada a manejarse con la máxima transparencia y diligencia respecto a sus clientes, ordenando la devolución al cliente de los 85.000 euros invertidos en 2007, y anulando asimismo la automática conversión de los Valores Santander en acciones de la entidad que se realizó en el año 2012.

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La familia de Edwin Arrieta rompe su silencio tras la sentencia de Daniel Sancho

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Los familiares del cirujano colombiano reciben con respeto la confirmación de la cadena perpetua y lanzan un mensaje directo al condenado

La familia de Edwin Arrieta ha reaccionado a la decisión de la Justicia tailandesa de mantener la cadena perpetua para Daniel Sancho por el asesinato premeditado del cirujano colombiano en agosto de 2023. Los allegados de Arrieta han difundido un comunicado en el que aseguran que reciben «con respeto» la resolución y reclaman al condenado que reconozca los hechos y asuma sus responsabilidades.

El Tribunal Provincial de Samui ha desestimado los recursos presentados contra la sentencia de primera instancia y ha confirmado la condena a cadena perpetua impuesta a Sancho. La resolución fue elaborada por el Tribunal de Apelaciones de Phuket y comunicada este viernes en una sesión a puerta cerrada.

La familia Arrieta: «Supone el reconocimiento de la gravedad de los hechos»

En su comunicado, los familiares de Edwin Arrieta señalan que la confirmación de la condena supone el reconocimiento de la gravedad de los hechos y de la responsabilidad penal establecida en la sentencia de primera instancia.

La familia recuerda que la resolución mantiene la cadena perpetua dictada en agosto de 2024 y rechaza el recurso presentado por la defensa de Daniel Sancho, que solicitaba una repetición del juicio y la incorporación de nuevos testigos.

Los allegados del cirujano colombiano aseguran que ahora analizarán «jurídicamente en profundidad» la resolución, especialmente sus efectos y las cuestiones que todavía permanecen pendientes dentro del procedimiento.

«Nadie busca venganza»

El comunicado de la familia Arrieta también incluye un mensaje especialmente dirigido a Daniel Sancho.

«Nadie busca venganza y nada puede devolver a Edwin a su familia ni reparar el sufrimiento causado», señalan los familiares, antes de plantear una petición al condenado.

«¿No es ya momento de reconocer los hechos, pedir un perdón sincero, asumir plenamente las responsabilidades y dejar descansar a Edwin?», concluyen.

La familia considera que, más allá de la decisión judicial, ninguna condena puede devolver a Edwin Arrieta a sus seres queridos ni reparar el dolor provocado por su muerte.

La defensa de Daniel Sancho había pedido repetir el juicio

La defensa de Daniel Sancho había recurrido la sentencia de primera instancia y solicitaba que se repitiera el juicio o se celebrara una nueva vista con nuevos testigos.

Los abogados del español sostenían que la muerte de Arrieta se produjo durante una pelea y cuestionaban la calificación de asesinato premeditado establecida por el tribunal tailandés.

La Justicia de Tailandia ha rechazado ahora esos argumentos y mantiene la condena a cadena perpetua.

La petición de pena de muerte de la familia Arrieta sigue pendiente

La resolución conocida este viernes no cierra todas las cuestiones planteadas por las partes.

La acusación particular, en representación de la familia de Edwin Arrieta, también presentó un recurso para solicitar que se elevara la pena a pena de muerte y que aumentara la indemnización fijada en la sentencia de primera instancia.

Ese recurso todavía no ha sido resuelto, según la información publicada este viernes por medios como EFE y EL PAÍS.

Por tanto, la decisión conocida este viernes mantiene la cadena perpetua para Daniel Sancho, pero quedan cuestiones pendientes dentro del procedimiento judicial tailandés.

Más de tres años después de la muerte de Edwin Arrieta

Edwin Arrieta murió el 2 de agosto de 2023 en la isla tailandesa de Phangan. Daniel Sancho fue condenado en agosto de 2024 por el asesinato premeditado, además de otros delitos relacionados con la ocultación y el descuartizamiento del cadáver y la destrucción del pasaporte de la víctima.

Ahora, más de tres años después de los hechos, la Justicia tailandesa ha confirmado en esta primera revisión la condena a cadena perpetua.

El procedimiento todavía puede tener recorrido judicial. Tanto la defensa como la acusación disponen de vías adicionales de recurso antes de que la sentencia pueda considerarse definitivamente firme.

Para la familia Arrieta, el nuevo pronunciamiento judicial supone un paso más en un proceso que, según trasladan en su comunicado, no busca venganza sino el reconocimiento de la responsabilidad por la muerte de Edwin.

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