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El Maratón de València agota los 25.000 dorsales a cinco meses de su celebración

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Valencia maratón

El Maratón València Trinidad Alfonso EDP 2019 ha agotado los 25.000 dorsales disponibles para 2019 a cinco meses de su celebración. Con ello, bate así un nuevo récord de inscritos a un maratón en España, con lo que ha habilitado una lista de espera para que nuevos corredores puedan ocupar algunas bajas.

El aumento de participantes extranjeros ha sido clave para alcanzar el límite de inscritos tan pronto, con un 37% de participantes de fuera de España, destaca la organización en un comunicado.

Superar los 25.000 dorsales era el primer gran objetivo que se había marcado el evento para su próxima edición, el domingo 1 de diciembre de 2019 en València «ciudad del ‘running'».

Los impulsores del maratón, la sociedad deportiva Correcaminos y el Ayuntamiento de València, celebran el ritmo de inscritos de este año, con el cierre de inscripciones cinco meses antes de la cite pese a haber aumentando el número de dorsales.

Para mantener el buen trato y servicios para los corredores, la organización mantiene para los inscritos la posibilidad de cambio de titular a otro corredor, así como la baja con seguro (si fue contratado previamente) o por lesión, con el justificante médico correspondiente.

Como novedad, las bajas que se produzcan en las próximas semanas serán cubiertas por los interesados que no hayan podido inscribirse en los primeros 25.000 dorsales, siempre que se hayan apuntado a la lista de espera que habilitará la organización durante la próxima semana.

La lista de espera estará disponible para los corredores que se hayan quedado sin dorsal del 10K València Trinidad Alfonso. Esta prueba agotó sus 7.000 dorsales la pasada semana y también cuenta con las ventajas del maratón respecto al cambio del titular y las bajas por seguro o lesión.

 

Fuente: Europa Press

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El Tribunal Constitucional rechaza el recurso del Defensor del Pueblo contra la suspensión de voto a la ‘ley de nietos’

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Elecciones Europeas Valencia voto correo

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por una amplia mayoría el recurso presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra la suspensión cautelar del derecho al voto de los españoles nacionalizados mediante la conocida como ley de nietos que no acrediten ser descendientes de exiliados.

El Pleno ha decidido no admitir a trámite el recurso de amparo, al considerar que la cuestión todavía puede resolverse en el Tribunal Supremo, donde el procedimiento continúa abierto. La decisión mantiene, por el momento, la suspensión del voto para los afectados que residen en el extranjero.

¿Por qué el Constitucional rechaza el recurso?

El Defensor del Pueblo había solicitado que se anularan de forma urgente las resoluciones del Tribunal Supremo y que se permitiera votar en las próximas elecciones generales a los ciudadanos afectados.

Ángel Gabilondo argumentó que la suspensión podía vulnerar derechos fundamentales, entre ellos la igualdad, la participación en los asuntos públicos y la tutela judicial efectiva. También advirtió de que los plazos electorales hacían urgente una respuesta para evitar que los ciudadanos afectados se quedaran sin poder ejercer su derecho al sufragio.

Sin embargo, el Constitucional considera que el recurso es prematuro porque el procedimiento sigue abierto en el Supremo. Los afectados todavía pueden personarse en esa causa y presentar alegaciones para solicitar que se revise la medida cautelar.

¿A quién afecta la suspensión del voto de la ley de nietos?

La medida afecta a ciudadanos españoles residentes en el extranjero que obtuvieron la nacionalidad al amparo de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como ley de nietos, y cuyo acceso a la nacionalidad se habría apoyado en una instrucción administrativa que presumía la condición de exiliados de determinados emigrantes.

El Tribunal Supremo suspendió cautelarmente el ejercicio del voto de este grupo al considerar que debía garantizarse la legalidad del censo electoral. La controversia gira en torno a la acreditación de los requisitos exigidos para acogerse a la normativa.

La decisión del Constitucional no resuelve definitivamente el fondo del conflicto. El Tribunal Supremo deberá continuar con el procedimiento y podrá revisar la medida cautelar después de estudiar las alegaciones de los afectados.

Las elecciones generales del 29 de noviembre

La resolución llega a poco más de un mes de las elecciones generales previstas para el 29 de noviembre. El Defensor del Pueblo había alertado de que la proximidad de la cita electoral podía dificultar que los ciudadanos afectados recuperasen a tiempo su derecho al voto.

Por ahora, el rechazo del recurso deja vigente la suspensión cautelar para los españoles residentes en el extranjero incluidos en la medida. La situación definitiva dependerá de los próximos pasos judiciales y de la resolución que adopte el Tribunal Supremo.

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