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Valencia

El TSJCV propone regular la prostitución

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VALÈNCIA, 27 Dic. – El tribunal Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de la Justicia de la Comunitat (TSJCV) considera que sería «muy razonable» que se regulara un «fenómeno» tan extendido como la prostitución, en una sentencia en confirma el cese de la actividad de un burdel clandestino del centro de València.

La sala, que desestima el recurso presentado contra la resolución de 2013 del ayuntamiento de València, que ordenó el cese inmediato de la actividad, confirma el cierre del local, dedicado a la prostitución, «sin perjuicio de que, sería muy razonable, el que se regulara legalmente, en todos sus sentidos, un fenómeno tan extendido como este», según la sentencia que ha adelantado este viernes Levante-EMV y a la que ha tenido acceso Europa Press.

En la sentencia, dictada el pasado 29 de noviembre, y que condena en costas a la propietaria, la sala aclara que «obviamente, este asunto no tiene por objeto valorar la actividad de prostitución que se materializa en el local objeto de las actuaciones, ni por supuesto resolver el pleito en función de un juicio crítico, estético o moral sobre la prostitución, cosa que es ajena por completo a la materia objeto de estos autos y sin perjuicio de que, sería muy razonable, el que se regulara legalmente, en todos sus sentidos , un fenómeno tan extendido como este».

El escrito se centra en desestimar el recurso presentado por el «cese inmediato del ejercicio de la actividad de alquiler de habitaciones por tiempo determinado en fracciones de 30 minutos a una hora realizada en la vivienda por tratarse de una actividad clandestina, al no haber efectuado la preceptiva comunicación ambiental que permita la apertura del establecimiento.

Resulta acreditada, según recoge la sentencia, la situación denunciada de alquiler de habitaciones por fracción de tiempo, pues en la inspección se encuentran varias inquilinas que tienen alquiladas habitaciones por tiempo determinados por horas o días, comprobándose que no hay libro registro de clientes.

DESCRIPCIÓN DE LA VIVIENDA
Asimismo describe que el inmueble, en el que parece que se han realizado obras que han alterado estado original de las habitaciones, cuenta con dos salas de estar con televisión, no tiene cocina, baño completo con una lavadora, cinco habitaciones dormitorio, todas ellas con puerta, candado con cerradura, una cama, un lavabo y un bidet. Asimismo su distribución responde a un uso eventual individualizado de las distintas estancias con respecto del resto.

Las inquilinas manifiestan, según el escrito, que el inmueble «carecía de cualquier medida de seguridad y sanitaria, y de las mínimas condiciones de salubridad, así como de protección de incendios lo que genera una gran situación de peligro ante el trasiego de personas
que acuden».

La juzgadora señala que «nos encontramos ante una pretensión de realizar una actividad sin contar con la preceptiva autorización, por lo que resulta obvio que el ayuntamiento bajo ningún concepto podía consentir la continuación de la pretendida actividad, por resultar incompatible con el ordenamiento jurídico».

Se comprueba que el inmueble está destinado alquiler de habitaciones por tiempo determinado en fracciones de 30 minutos a una hora, careciendo de licencia para el ejercicio de la actividad».

CALIFICACIÓN DE LA VIVIENDA
Así la cuestión se centra en la calificación de la vivienda. La dueña afirma que se trata de un subarriendo, ya que las personas que practican la prostitución están empadronadas y viven en el piso de modo que no es una pensión ni necesita licencia, mientras que la administración indica que «precisamente» para ejercer la prostitución se produce la cesión de habitaciones diseñadas específicamente para ello, siempre en tiempo inferior a una hora, por lo que el piso debe calificarse como pensión».

Como conclusión la sentencia expone que la vivienda objeto de estos autos, está destinada alquiler de habitaciones, por un tiempo determinado, con una duración máxima de 30 minutos a una hora, lo que desde luego permite considerar que, en esa vivienda, se está realizando una actividad de hospedaje temporal y en consecuencia de pensión».

«Por otra parte, esta conclusión, que se infiere de la sentencia de instancia, aparece perfectamente corroborada por la distribución del local, que constituye un dato fáctico manifiesto y que demuestra que dicho local no puede ser concebido como vivienda, según los términos sociales en los que realmente nos movemos».

Fuente: (EUROPA PRESS)

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Sucesos

VÍDEO| Nacho Vidal relata lo que pasó exactamente con el ritual del Sapo Bufo y la muerte en su casa

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Nacho Vidal vídeo muerte
El director de cine para adultos Nacho Vidal en una imagen de archivo. EFE/ Kiko Huesca/Archivo

Nacho Vidal será juzgado por la muerte del fotógrafo José Luis Abad en el ritual del sapo bufo, la Audiencia Provincial de Valencia ha estimado los recursos de las acusaciones particulares y ha anulado el archivo provisional de la causa.

El pasado 9 de mayo de 2023 el juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Xàtiva decidió archivar la causa por la muerte del fotógrafo José Luis Abad durante el ritual con veneno de sapo. Entre los participantes se encontraba el actor de cine para adultos Nacho Vidal junto a otras dos personas. Pero hoy se ha conocido que

De nuevo, Nacho Vidal tendrá que volver a los juzgados para responder por la muerte del fotógrafo, será el tribunal quien decidirá si es culpable o no de homicidio imprudente, según recoge El Levante.

Nacho Vidal y el ‘rito del sapo bufo’

Los hechos ocurrieron el 28 de julio de 2019 en una vivienda de Enguera (Valencia) propiedad de Vidal. La Guardia Civil inició la operación tras el fallecimiento del fotógrafo José Luis Abad durante la celebración de un ritual místico basado en la inhalación de los vapores del veneno de sapo bufo alvarius, según informó en su día el instituto armado.

Los agentes, tras una investigación desarrollada durante 11 meses, consideraron que se podía haber producido un delito de homicidio por imprudencia y otro contra la salud pública, supuestamente cometido por quienes organizaron y dirigieron el ritual.

Por estos hechos se arrestó a Nacho Vidal y a dos personas de su entorno, un familiar suyo y un empleado, de edades comprendidas entre los 37 y 50 años y de nacionalidad española.

En junio de 2020, Nacho Vidal quedó en libertad provisional tras comparecer en el juzgado y en marzo de 2021, el instructor dio por concluida la investigación sobre los hechos y dictó auto de incoación de procedimiento abreviado –procesamiento– contra el actor de cine para adultos por un presunto delito de homicidio imprudente.

La causa de la muerte de José Luis Abad

En septiembre de 2021, la Sección Tercera de la Audiencia de Valencia revocó la decisión e instó a practicar una pericial para averiguar más datos respecto a la sustancia DMT –la conocida como ‘la molécula de dios’– y su incidencia en el fallecimiento en el que se centra la causa.

En mayo de 2023 y tras las conclusiones del informe forense, el juzgado archivó la causa para los tres investigados, pero casi un año después y tras las peticiones de Carlos Castillo y Javier Vilarrubí, letrados que representan a los hermanos del fallecido fotógrafo, se ha anulado el archivo provisional de la causa.

«Se me murió en mis brazos»

En una entrevista a Nacho Vidal recogida por Europa Press, el actor reiteró que la muerte fue un accidente: «A mí se me murió una persona en mi casa y a mí nadie me ha preguntado cómo me sentí yo que se me murió en mis brazos. Pero a todo el mundo le ha importado que yo sea un asesino y haya matado a alguien».

Según explicó, el fotógrafo entró inicialmente en catarsis durante el ritual y después él le hizo respirar –«el viaje es así», comentó–, tras lo que «de repente» volvió a perder la respiración y él intentó reanimarlo sin éxito.

En qué consiste el ritual del sapo bufo

El ritual del sapo bufo, también conocido como «sapoísmo», es una práctica que implica el consumo del veneno secretado por el sapo bufo o sapo del Colorado (Bufo alvarius), una especie de sapo que se encuentra en el suroeste de Estados Unidos y el norte de México.

El veneno del sapo bufo contiene una potente sustancia psicoactiva llamada 5-MeO-DMT (dimetiltriptamina), que es considerada una de las sustancias más potentes y rápidamente efectivas en el ámbito de las drogas psicodélicas.

El ritual del sapo bufo se ha utilizado tradicionalmente en ciertas culturas indígenas de América del Norte como un medio para alcanzar estados alterados de conciencia, obtener visiones y conectar con lo divino o lo espiritual. Sin embargo, en la actualidad ha ganado popularidad en otros contextos, especialmente en círculos de crecimiento personal y espiritualidad contemporánea.

La extracción del veneno del sapo

El proceso del ritual generalmente implica la extracción del veneno del sapo, que se seca y se convierte en una sustancia que puede ser inhalada o fumada. Los participantes inhalan el humo o vapor del veneno del sapo bufo, lo que conduce a experiencias psicodélicas profundas y, según algunos relatos, a estados de conciencia expansiva, éxtasis y conexión espiritual.

Es importante tener en cuenta que el consumo del veneno del sapo bufo conlleva riesgos para la salud física y mental, así como posibles efectos secundarios adversos. Por lo tanto, su práctica debe ser abordada con precaución y bajo la supervisión de personas con experiencia y conocimientos adecuados. Además, en muchos lugares su uso puede ser ilegal o estar sujeto a restricciones legales.

 

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