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Fiscalía pide un careo entre la viuda del hombre asesinado en Patraix y su amante

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(EUROPA PRESS)-La Fiscalía de Valencia ha pedido un careo entre la viuda del hombre asesinado en un garaje del barrio de Patraix el pasado mes de agosto y su amante, quien se confesó autor material del crimen, por sus contradicciones en el juzgado y ante la Policía.

El ministerio público ha requerido esta prueba en una vista que se ha celebrado este jueves ante el instructor del procedimiento, que se juzgará por un tribunal popular.

Según ha podido saber Europa Press, el ministerio público ha solicitado este careo fundamentalmente por las contradicciones de la viuda, conocida su en entorno como Maje, por lo que declaró primero ante la Policía y con posterioridad ante el juez.

En su primera versión, reconoció haber planificado el crimen de su marido, haber dado las llaves a su entonces amante y haber pactado con este no mantener ningún tipo de comunicación en los días siguientes al suceso para evitar sospechas.

Sin embargo, dos días más tarde, en su declaración en el juzgado, al acusado negó haber tenido cualquier tipo de participación en el crimen. Por su parte, el supuesto amante, Salvador, que era compañero de trabajo, reconoció desde el primer momento que lo hizo él solo y desvinculó a Maje del suceso.

El abogado de la viuda ha solicitado en la vista de este jueves la declaración de dos testigos, usuarios del garaje donde aparcaba el vehículo la víctima y donde se produjo el crimen.

La pareja fue detenida el pasado mes de enero –ella, de 27 años, como coautora del crimen y su amante, de 47 años, como responsable del apuñalamiento–. Ambos son de nacionalidad española.

La víctima era un hombre de 36 años que falleció a causa de ocho puñaladas en el tórax el 16 de agosto de 2017 en un garaje de València, ubicado en la calle Calamocha.

La Policía abrió una investigación tras el crimen y se centró en el entorno de la víctima, ya que al parecer la violencia del ataque y otros indicios apuntaba a que el autor o autores estarían esperando a la víctima para acabar con su vida por sorpresa, por lo que se centraron en su esposa y un compañero de trabajo de ésta.

El autor habría esperado a la víctima agazapado en el garaje junto a su coche, a la hora que iba a trabajar, y fue atacado rápidamente.

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¿Qué son los festivos recuperables?

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¿Qué son los festivos recuperables?
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Los festivos recuperables son distintos a los días festivos que siempre los trabajadores esperan con ganas. Por ejemplo, el pasado 24 de junio, San Juan, estaba marcado en rojo en el calendario laboral de la Comunidad Valenciana. Sin embargo, muchas personas se encontraron con que, si querían disfrutar de este día libre, tenían la obligación de recuperarlo.

¿Qué quiere decir esto? Que no estamos ante un día festivo convencional, sino ante un día festivo recuperable, algo que ha generado muchas preguntas.

Desde GLM responden a todas las dudas.

¿Qué son los festivos recuperables?

Los días festivos recuperables son aquellos que tienen la condición de días laborables pero en los que la prestación de servicios correspondiente al mismo no se realiza ese día, sino que se reparte en el resto de días laborables del año.

Desde el punto de vista legislativo, esta figura está regulada en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.2) y deja a empresas y trabajadores la negociación de cómo aplicarlo.

¿Cuál es la diferencia entre días festivos «normales» y días festivos recuperables?

Según esta definición, la diferencia es bastante clara: en los días festivos normales o estipulados no se trabaja, mientras que en los días festivos recuperables los trabajadores no están obligados a ir a trabajar, pero tendrán que recuperar esas horas si no lo hacen.

¿Por qué existen estos días? ¿Qué dice la ley sobre ellos?

En España, cada año natural deben reconocerse un total de 14 días festivos.

Algunos de ellos vienen determinados por el estado. Se trata de «festivos nacionales» como Año Nuevo (1 de enero), Viernes Santo, Día del Trabajo (1 de mayo), Festividad de Asunción de la Virgen (15 de agosto), Fiesta de la Hispanidad (12 de octubre), Día de Todos los Santos (1 de noviembre), Día de la Constitución Española (6 de diciembre), Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Día de Navidad (25 de diciembre).

Además, los gobiernos regionales pueden respetar o mover algunas festividades tradicionales como el Día de la Epifanía (6 de enero) y Jueves Santo, además de sustituir estas por otras como el Día de San José (19 de marzo) o el Día de Santiago (25 de julio).

Con el fin de cubrir el total de 14 festivos se permite que cada ayuntamiento elija, normalmente cuadrando con sus fiestas locales tradicionales, otros dos días de fiesta.

Una vez se ha pactado el calendario y en caso de que algún día festivo sea domingo, las comunidades autónomas pueden mover ese día no laboral al lunes más próximo, algo que es bastante habitual.

¿Ir o no ir a trabajar? Esa es la cuestión

Ambas decisiones tienen sus consecuencias y conviene conocerlas.

  • Si vas a trabajar:

En este caso, estarás acudiendo a tu puesto de trabajo durante un día festivo, por lo que es posible que tu convenio establezca alguna forma para compensar esas horas.

Aun así, es importante matizar que al trabajar en un festivo recuperable no se aplica el incremento por horas extras, ya que las horas de ese día no excederán la jornada anual pactada.

  • Si no vas a trabajar:

En este caso, tendrás que devolver las horas de ese día para cumplir con la jornada anual marcada por el convenio colectivo, y deberás pactar con tu empresa o con el representante de los trabajadores cómo y cuándo, teniendo en cuenta que:

  • Las horas deben devolverse dentro del mismo año natural.
  • El día de festivo no puede sustituirse por otro festivo o por un día de vacaciones. Esto quiere decir que debes recuperar las horas añadiendo tiempo de trabajo a tus días laborales normales, respetando siempre el límite de 9 horas diarias y las 12 horas de descanso entre jornadas.

 

Ir a trabajar en días festivos

¿Qué pasa si el día festivo recuperable estoy de vacaciones o es mi día libre? ¿La empresa debe darme un día extra de fiesta?

No. Si un día festivo recuperable coincide con tu día de descanso, con tus vacaciones o con un día de inactividad por cualquier otro motivo (por ejemplo, por estar de baja por enfermedad, por permiso de maternidad/paternidad, permiso por matrimonio, etc.) la empresa no está obligada en ningún caso a darte un día festivo adicional y, por tanto, tú tampoco deberás recuperar nada.

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