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#GÜRTEL|Francisco Correa, Pablo Crespo y Álvaro Pérez ya están en la cárcel

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha ordenado prisión provisional comunicada sin fianza para Francisco Correa, Pablo Crespo y Álvaro Pérez, los cabecillas de la trama Gürtel, condenados el pasado viernes por el amaño de los contratos de la Generalitat Valenciana para el montaje del expositor de la Comunidad en la Feria Internacional de Turismo (Fitur) en las ediciones de 2005 a 2009.

El Tribunal estima así la petición de la Fiscalía Anticorrupción y acuerda, como medida cautelar, el inmediato ingreso en prisión de estos tres condenados sin esperar a que la sentencia, que les impone penas de 12 y 13 años de cárcel por asociación ilícita, tráfico de influencias, malversación, cohecho y falsedad, sea confirmada por el Supremo, Tribunal ante el que puede ser recurrida.

La Sala entiende que existe riesgo de que Correa (condenado a 13 años de cárcel), su número dos, Pablo Crespo (condenado a 13 años y 3 meses de cárcel), y el responsable de la organización en la Comunidad Valenciana, Álvaro Pérez (condenado a 12 años y 3 meses de prisión) se fuguen y se sustraigan a la acción de la Justicia si se les permite esperar en libertad el pronunciamiento del Supremo.

De conformidad con el criterio de las acusaciones, los tres magistrados han tenido en consideración la gravedad de la pena impuesta y los otros procedimientos penales en los que están incursos los tres condenados.

Correa, Crespo y Pérez han comparecido individualmente ante la Sala de lo Civil y Penal en la “vistilla” prevista en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para decidir sobre la situación personal de los condenados.

Tras dictar los autos en los que se ha ordenado su ingreso inmediato en prisión, el Tribunal ha reanudado las comparecencias de los otros tres integrantes de la trama condenados: Isabel Jordán, Cándido Herrero y Mónica Magariños.

La exconsellera, este miércoles

Este miércoles 15, el TSJ celebrará las comparecencias para decidir sobre la prisión, la libertad provisional con imposición de fianzas o la adopción de otras medidas la exconsellera de Turismo, Milagrosa Martínez, condenada a 9 años de prisión, y para el resto de condenados: su exjefe de gabinete, Rafael Betoret y los técnicos de la Conselleria, Isaac Vidal, Jorge Guarro y Ana María Grau.

El Alto Tribunal Valenciano, en la sentencia hecha pública el viernes pasado, condena a la exconsellera de Turismo, Milagrosa Martínez, a los considerados “cabecillas” de la trama Gürtel, Francisco Correa, Álvaro Pérez, Pablo Crespo, a varios exaltos cargos y técnicos de la Administración Autonómica y a trabajadores de las empresas de Correa por asociación ilícita, prevaricación administrativa, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, falsedad documental y cohecho.

La Sala ha absuelto a la exconsellera de Turismo Angélica Such y a Juan Bover, exjefe de servicio de infraestructuras turísticas de la Conselleria, de prevaricación administrativa, único delito por el que estaban acusados.

En la sentencia, el Tribunal, considera probado que los acusados crearon una trama empresarial para obtener distintos contratos de la Generalitat Valenciana en diversas ferias de turismo (fundamentalmente en las edificios de FITUR entre 2005 y 2009) tras realizar distintas actuaciones encaminadas a manipular, alterar e influir a su favor en la tramitación de los procedimientos administrativos de adjudicación de tales trabajos.

El grupo de empresas de Correa era una organización empresarial creada ex profeso para manipular concursos públicos y participar activamente en el cambio de las condiciones exigidas a los adjudicatarios.

Las mercantiles de Correa carecían de medios personales y materiales para ejecutar esos trabajos, motivo por el que los subcontrataban con terceros. De esta forma obtenían un enriquecimiento irregular al lucrarse aplicando unos márgenes desproporcionados, duplicando partidas o facturando gastos inexistentes.

Tales importes eran admitidos por la Administración Autonómica (Agencia Valenciana de Turismo, Conselleria de Turismo, Conselleria de Territorio y vivienda y Conselleria de Infraestructuras y Transporte), que no solo no llevó un control efectivo de los pagos sino que alteró los criterios de adjudicación de los contratos y benefició irregularmente a las empresas del Grupo Correa.

Estas mercantiles, según recoge la sentencia de 558 páginas, cuyo ponente ha sido el magistrado Juan Climent, tenían información privilegiada: conocían por anticipado las condiciones de los contratos públicos, contratos que, en algunos casos, se modificaban a su conveniencia.

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Le cobran 12 euros por un colgador de bolso en un restaurante de Ibiza 

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colgador bolso restaurante Ibiza 
Restaurante japonés Wakame

La polémica se ha desatado en Ibiza tras conocerse el caso de una clienta que recibió en su cuenta un cargo de 12 euros por un simple gancho para colgar el bolso en la mesa. La asociación FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado al restaurante japonés Wakame, ubicado en la isla, por considerar que se trata de una práctica abusiva contraria a la legislación de consumo.

El caso: de una oferta amable a un cobro inesperado

Según relató la afectada en la red social X (antes Twitter), la camarera del establecimiento le ofreció “amablemente” colocar su bolso en un gancho instalado en la mesa. En un primer momento, la clienta rechazó la propuesta, pero la insistencia del personal la llevó a aceptar. La sorpresa llegó al recibir la cuenta, donde figuraba un cargo adicional bajo el concepto «gancho bolsa».

El restaurante ha intentado justificar el cobro alegando que en ocasiones anteriores algunos clientes se llevaban el accesorio pensando que era gratuito. Por ello, aseguran que aplican el importe como “depósito” para evitar olvidos a la hora de retirarlo, afirmando que se descuenta al pagar salvo que el cliente quiera quedárselo.

Sin embargo, FACUA señala que en ningún momento se informó a la consumidora del coste antes de ofrecerle el servicio, algo que la ley obliga a hacer de forma clara y previa. Además, recuerdan que este tipo de colgadores se pueden adquirir en el mercado por poco más de un euro, lo que hace que el cobro resulte “desproporcionado y abusivo”.

Qué dice la ley sobre este tipo de cobros

FACUA fundamenta su denuncia en el Real Decreto Legislativo 1/2007, que aprueba la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Esta norma prohíbe prácticas comerciales desleales, cobros por servicios no solicitados expresamente y cláusulas abusivas que generen un desequilibrio entre las partes.

Asimismo, el artículo 20 establece que cualquier servicio debe mostrar su precio final completo, incluyendo impuestos y gastos adicionales, antes de que el consumidor lo acepte.

La Ley 7/2014 de las Islas Baleares también sanciona la utilización de métodos de venta que induzcan a pagar servicios accesorios no solicitados o que confundan al consumidor sobre su coste real.

FACUA pide sanciones

Ante estos hechos, FACUA ha solicitado a la Dirección General de Prestaciones, Farmacia y Consumo del Gobierno balear que abra una investigación y, en caso de confirmarse la irregularidad, imponga un expediente sancionador al restaurante.

La asociación recuerda que cualquier establecimiento que quiera cobrar por un servicio opcional debe informar de forma previa y clara al cliente y permitirle decidir libremente si lo adquiere o no. De lo contrario, la ley considera que se trata de un obsequio o atención comercial y no puede cobrarse después.

Un debate que incendia las redes

El caso ha provocado un intenso debate en redes sociales, donde muchos usuarios han criticado el cobro y lo consideran un ejemplo de cómo algunos negocios aplican tarifas abusivas en zonas turísticas como Ibiza. Otros apuntan que, aunque el restaurante intente justificarlo como un “depósito”, el hecho de no informar previamente vulnera los derechos básicos de los consumidores.

FACUA concluye que este tipo de prácticas dañan la imagen del sector hostelero y suponen un riesgo para el turismo de calidad en las Islas Baleares.

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