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Illa confirma que los cuatro casos de la nueva cepa confirmados en España son leves y de personas llegadas de Reino Unido

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Madrid, 27 dic (EFE).- El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha explicado este domingo que los cuatro casos de la nueva cepa británica de la covid confirmados en la Comunidad de Madrid son leves y corresponden a personas que se desplazaron desde el Reino Unido a España con anterioridad a que se conociera la presencia de esta variante del virus.

En rueda de prensa desde la delegación del Gobierno en Barcelona para informar del inicio de la estrategia de la vacunación contra el coronavirus, el ministro de Sanidad se ha referido a estos cuatro casos confirmados de la B.1.1.7, el nombre de esta cepa.

Illa ha explicado que técnicos del Ministerio de SAnidad y de la Consejería madrileña están en permanente contacto para analizar la evolución de estos pacientes que están leves y no presentan «síntomas de gravedad».

Ha detallado que todos ellos llegaron a España procedentes del Reino Unido con la PCR preceptiva, pero su traslado a nuestro país se produjo con anterioridad a que las autoridades británicas informaran de la presencia de esta nueva cepa del virus.

Además de estos cuatro casos en la región madrileña confirmados hay otros tres sospechosos en estudio, tal y como informó ayer sábado el viceconsejero de Salud Pública y Plan Covid-19 de Madrid, Antonio Zapatero.

Según explicó fue el pasado miércoles 23 de diciembre cuando la Dirección General de Salud Pública envió una alerta a todos los centros sanitarios de la región ante la sospecha de posibles casos de la nueva cepa británica del coronavirus.

La alerta se generó porque había varios casos en estudio relacionados con ciudadanos que habían llegado del Reino Unido en fechas recientes.

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Multa de 30.000 euros a Vueling por exigir maquillaje y tacones a sus azafatas

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vueling multa practicas sexistas
A la compañía le han impuesto una sanción de 30.000 euros. Imagen de archivo

La Inspección de Trabajo de Cataluña propone una sanción a Vueling por las normas de vestimenta que impone a sus azafatas. El sindicato Stavla ha denunciado a Trabajo de Cataluña la diferencia de criterio para ambos géneros.

Trabajo propone una sanción por la diferencia de trato en cuanto a la apariencia

Según informaba El Periódico, medio que dio la exclusiva, el sindicato defiende que la aerolínea podría lograr una imagen corporativa «de manera menos onerosa y más equilibrada, sin afectar a los derechos fundamentales de los trabajadores.»

La sanción responde a una infracción «muy grave» por el trato discriminatorio por razones de género.

Las exigencias de Vueling a sus azafatas

De acuerdo con el medio, las exigencias hacían referencia a los zapatos y el maquillaje. Las normas de vestimenta estipulan que las azafatas deben calzar zapatos de tacón de entre 5 y 8 cm. En cuanto al maquillaje, la norma es base de maquillaje que coincida con su tono de piel, delineado de ojos y rímel de color negro (en ningún caso de cualquier otro color). Las sombras de ojos sólo están permitidas en tonalidades claras o marrón y el pintalabios, de querer llevarse, en tono «discreto».

La diferencia de trato en la guía hace referencia a que, en el caso de los hombres, no se hace referencia ni al maquillaje ni al tipo de calzado. El criterio se resume en la obligatoriedad de mantener un aspecto «limpio y arreglado».

La respuesta de Vueling a la multa

La compañía aérea ha aclarado que de momento se trata de una propuesta de sanción. El Periódico cita a la compañía que afirma que «algunas de las sugerencias por parte de los tripulantes se han ido incorporando progresivamente», entre las que se encontraría «la reciente revisión de la guía en referencia al uso de maquillaje». Afirman que en cuanto al maquillaje que «actualmente no existe distinción de género ni ninguna obligatoriedad». La empresa explicaría que «hace un año que trabaja con los empleados para hacer las normas más inclusivas».

La multa a Vueling sería pionera

De tener lugar la imposición de la sanción por parte de la Inspección de Trabajo, sería una sanción pionera. Sería una de las primeras multas en censurar a una aerolínea por exigencias estéticas y por utilizar un trato discriminatorio en favor de su imagen corporativa. El Periódico de España cita al responsable de vuelo de USO-Sector Área, Ernesto Iglesias, que afirma que aunque las normas de vestimenta son habituales en compañías extranjeras «en algunas españolas sigue imperando una mentalidad arcaica». Iglesias declara también a EPE que la normativa supondría además «un coste extra», pues tendrían que costease ellas mismas en muchas ocasiones «las medias o el pintalabios». El responsable afirma: «Nos encontramos resistencias para eliminar estas cuestiones de los convenios colectivos. Lo ven como algo secundario o irrelevante, cuando no lo es».

¿Qué significa la sanción para las azafatas?

En caso de resolverse de esta manera, la Inspección de Trabajo impondría una sanción a la empresa. Esta sanción responde a una infracción de la empresa y por tanto el dinero de la sanción es para la administración. Para exigir una indemnización a las trabajadoras afectadas, estas deberían iniciar un proceso aparte. No obstante, la existencia de una sanción a la empresa por trato discriminatorio serviría como prueba y facilitaría que el proceso se resolviese en favor de las trabajadoras.

El ámbito de las compañías aéreas ha sido foco de críticas por las prácticas sexistas en múltiples ocasiones. La última, a comienzos de año, cuando una compañía extranjera pidió a azafatas que se quedaran en ropa interior durante una entrevista.

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