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Siete valencianos, entre los 50 estudiantes más brillantes de España

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Siete valencianos, entre los 50 estudiantes más brillantes de España

Siete valencianos, entre los 50 estudiantes más brillantes de España. Seis estudiantes de Valencia (Celia Fátima Llorca Valero, Colegio Parque Colegio Santa Ana; Pablo Martí del Valle, Colegio Escolapias Valencia; Antonio Navas Cercós, Colegio Fundación Institución Cultural Domus; Daniel Prystupa Kholyavko, Colegio Pureza de María-Grao; Marta Ramírez Seguí, Colegio Cumbres School Valencia; y Pablo de la Cámara Sahuquillo, IES Complejo Preuniversitario Mas Camarena) y una de Alicante (Gema Jiménez Redondo, Colegio Santa Teresa) se encuentran entre los 50 estudiantes finalistas de las XVII Becas Europa Santander Universidad Francisco de Vitoria.

Los candidatos finalistas han tenido que disputar su plaza entre más de 4.000 estudiantes que se han presentado a esta convocatoria; todos ellos dignos aspirantes que tienen una nota media de 9,8 en bachillerato. Con ellos ya son 900 los becados en este Programa.

Siete valencianos, entre los 50 estudiantes más brillantes de España

Los ganadores de esta edición provienen de 11 comunidades autónomas. En total, 14 estudiantes son de Madrid, 11 de Andalucía, siete de la Comunidad Valenciana, tres de Castilla y León, tres de Cataluña, tres de Aragón, dos de Castilla La Mancha, dos de Navarra, dos de Extremadura, dos de Canarias y uno del País Vasco.

Después de las contingencias que el Programa ha tenido que superar en las dos últimas ediciones debido a la pandemia, se ha retomado su proceso con total normalidad. La selección final con los 200 últimos candidatos, celebrada el pasado mes de febrero, pudo realizarse presencialmente. También se recupera el viaje por Europa que los alumnos seleccionados realizan para empaparse del conocimiento de mundo universitario.

Becas Europa

El premio de este Programa consiste en recorrer durante 20 días las universidades más emblemáticas del continente europeo. Alcalá de Henares, Bolonia, Cambridge, Londres, Heidelberg y Santiago de Compostela son los destinos que estos 50 alumnos ejemplares visitarán, del 26 de junio al 13 de julio de 2022.

El objetivo que persigue Becas Europa es premiar la excelencia de los futuros universitarios y crear una red de universitarios líderes en Europa. Además, se busca fomentar el conocimiento y el respeto hacia la Unión Europea, así como tener la oportunidad de integrarse en el mundo universitario desde muy temprano para desarrollar su talento.

Para ello, tendrán la oportunidad de asistir a encuentros con profesionales líderes en su campo, asistirán a conferencias y realizarán actividades lúdicas y formativas con autoridades del ámbito político, académico y de investigación. Entre ellos, destaca la recepción con los Reyes de España; una cita que también se va a recuperar en esta edición.

Estos jóvenes, que tienen entre 16 y 18 años, son una auténtica promesa para la sociedad. Sus inquietudes, su conocimiento, sus valores, su visión sobre el mundo y sus aptitudes les convierte en candidatos para ser profesionales capaces de jugar en un futuro un papel relevante en la sociedad. Por eso se les ofrece la oportunidad de formar parte de la Escuela de Liderazgo Universitario (ELU), que es otra iniciativa del Banco Santander y la UFV.

Se trata de un programa formativo, de cuatro años de duración, que se realiza en paralelo al Grado que cada alumno decida cursar. Se intenta formar en liderazgo y potenciar cada uno de sus talentos y capacidades para después retornarlo a la sociedad. La oportunidad de forma parte de la ELU también se les ofrece a los 200 últimos candidatos del Programa que han mostrado sus altas destrezas y que se han quedado a las puertas de obtener una de las Becas Europa.

 

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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