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Murcia estudia incluir educación emocional como una asignatura de libre configuración en todos los centros de Primaria

Publicado

en

Ana Cánovas

La Consejería de Educación, Juventud y Deportes está trabajando para incluir la educación emocional como una asignatura de libre configuración en todos los centros de Primaria de la Región de Murcia, según ha detallado a Europa Press su titular, Adela Martínez-Cachá.

Y es que, según la consejera, «se ha evidenciado la necesidad de desarrollar habilidades que respondan a necesidades personales y sociales no atendidas en las materias académicas ordinarias».

Escuchadas las propuestas de los centros educativos de Murcia «se ha decidido incluir el área de Educación Socio Emocional en el Decreto de materias del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica que actualmente está en trámite, con la finalidad de dar cobertura curricular que facilite la práctica de la educación socio-emocional y apoye la labor del profesorado en este ámbito».

Para ello, se va a constituir un equipo de trabajo para desarrollar esta propuesta curricular y que aquellos centros que lo soliciten puedan impartir esta materia. Esta iniciativa se trabajará también en las Comisiones de Directores de Primaria.

Esta asignatura ‘Educación Socio-Emocional’ llegará primero al alumnado matriculado en centros de educación especial y aulas abiertas especializadas de centros ordinarios, porque su desarrollo está más avanzado, su currículo ya se ha diseñado por profesores expertos y el decreto que la regulará está en trámite. Se espera que esta materia esté implementada en los centros educativos el próximo curso.

Esta materia «se configurará como un área con carácter inclusivo, integral, reforzador de los aprendizajes de las demás áreas y, especialmente, dirigida a ofrecer una respuesta concreta de las necesidades educativas relacionadas con el desarrollo de las capacidades cognitivas y emocionales de todo el alumnado», según ha explicado la consejera.

Se trata de una propuesta curricular para desarrollar a lo largo los cursos 4º, 5º y 6º de Primaria a través de un planteamiento secuencial y jerarquizado que profundiza en aprendizajes para lograr alumnado socioemocionalmente competente.

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Convivir con mayores de 65 años: Hacienda podrá darte hasta 1.150 euros

Publicado

en

Hacienda mayores 65 años
Hacienda-ARCHIVO

Esta ayuda fiscal puede aplicarse en la declaración de la Renta si convives con un padre, madre, abuelo o cualquier ascendiente mayor

¿Sabías que si convives con una persona mayor de 65 años puedes ahorrarte hasta 2.250 euros en la declaración de la Renta? Se trata de un beneficio fiscal contemplado por la Agencia Tributaria que puede suponer un importante alivio económico para miles de familias en España.

¿En qué consiste esta deducción?

La deducción fiscal por ascendientes mayores de 65 años se aplica en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) y está diseñada para contribuir a los gastos de las familias que cuidan a personas mayores en el hogar. Este incentivo puede alcanzar los 1.150 euros anuales por cada persona que reúna los requisitos, e incluso llegar hasta los 2.250 euros si el ascendiente tiene más de 75 años.

¿Quién puede beneficiarse de esta ayuda?

Para poder acceder a esta deducción, deben cumplirse una serie de requisitos específicos:

✔ Edad y parentesco del ascendiente

  • Debe tratarse de un ascendiente en línea recta: padre, madre, abuelo o bisabuelo del contribuyente.

  • El ascendiente debe tener 65 años o más.

  • En caso de discapacidad reconocida del 33% o superior, no se exige límite de edad.

✔ Convivencia

  • Es obligatorio que el ascendiente resida con el contribuyente durante al menos la mitad del año fiscal.

  • En el caso de personas con discapacidad, también se acepta la estancia en centros especializados como forma válida de convivencia.

✔ Límite de ingresos

  • El ascendiente no debe haber obtenido ingresos superiores a 8.000 euros anuales (sin contar las rentas exentas).

  • Además, no puede haber declarado más de 1.800 euros en su propia declaración de la Renta.

✔ Fallecimiento del ascendiente

  • Si el ascendiente fallece durante el año fiscal pero cumple los requisitos anteriores, se mantiene el derecho a deducción (1.150 euros).


¿Cuánto puedes deducirte?

Situación del ascendiente Cuantía deducible
Mayor de 65 años 1.150 €
Mayor de 75 años 2.250 €
Fallecido durante el año 1.150 €

La deducción se aplicará automáticamente si se cumplen las condiciones y se reflejan correctamente en el borrador de la Renta. Por eso, es importante revisar bien los datos personales y familiares antes de confirmar la declaración.


¿Cómo aplicar esta deducción?

  1. Verifica que todos los datos fiscales estén actualizados, especialmente la residencia habitual del ascendiente.

  2. Comprueba los ingresos anuales del ascendiente, que deben estar dentro de los límites exigidos.

  3. Asegúrate de que la convivencia se mantuvo durante más de 183 días al año.

  4. Si procede, incluye la deducción correspondiente en el apartado de «mínimos personales y familiares» del borrador.


Un alivio fiscal para quienes cuidan a sus mayores

Esta deducción es una forma de reconocer el esfuerzo de miles de familias que asumen el cuidado de personas mayoresen sus propios hogares, favoreciendo además el mantenimiento del entorno familiar y reduciendo la presión sobre el sistema asistencial público.

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