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Procesión, Moros y Cristianos, pirotecnia y manifestaciones, así será el 9 d’Octubre en València

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VALÈNCIA, 8 Oct. – El Ayuntamiento de València, con motivo del 9 de Octubre, ha organizado, un año más, una programación «plural» para homenajear a la Senyera». La capital del Turia acogerá en el Día de a Comunitat es Festival de Pirotecnia de València, la tradicional procesión cívica, la entrada de Moros y Cristianos y, además, varias manifestaciones.

El consistorio, con motivo de las celebraciones, «trabaja para facilitar el acceso a los diferentes actos así como la movilidad de la ciudadanía en general», ha informado en un comunicado.

De hecho, el Centro de Gestión de Tráfico (CGT) ha informado de la regulación de las vías que contarán con mayor afluencia de público a raíz de, por ejemplo, el XL Festival de Pirotecnia València, la procesión cívica, o la entrada de Moros y Cristianos.

Hay convocadas diversas manifestaciones el día 9, desde las 18 hasta las 21.30 horas, que se desarrollarán desde la Plaza de Sant Agustí, Xàtiva, Colón, Porta de la Mar y una acabará en Palau de Justicia y Plaza de Alfons el Magnànim, mientras que otras seguirán por la avenida de Navarro Reverter hasta Plaza Amèrica.

La agenda festiva de la víspera del 9 d’Octubre se iniciará a las 10 horas de este martes con la exposición de la Reial Senyera en el Salón de Cristal del Ayuntamiento. El emblema valenciano estará en estas dependencias municipales hasta las 21 horas, cuando empezará una nueva edición de ‘València, amb la Senyera’.

Por otra parte, a las 19, 19.30 y 20 horas, la Coral Giner de la Sociedad Coral lo Micalet interpretará el Cant a la Senyera, con letra de Carles Salvador y música de Agustí Alaman.

También por la tarde, a las 19.30 horas, la plaza del Ayuntamiento acogerá la Muestra de Bailes, Música y Canciones Valencianas, con la participación de los grupos Realenc de Picanya y las Folies de Carcaixent, seguida de una ‘dansà’ popular. Todo, con la colaboración de la Federación de Folclore de la Comunitat Valenciana.

Además, a esa misma hora habrá un concierto extraordinario de la Orquesta de València, dirigida por Ramón Tebar, en el Palau de les Arts.

A la medianoche del día 9, los jardines del Turia acogerán el cuadragésimo Festival de Pirotecnia València, en el tramo entre el Pont del Real y el Pont de Aragó, por lo que el CGT ha informado que se cerrará al tráfico l’Albereda entre Pla del Real y la plaza Saragossa, la Ciutadella, la avenida de Aragón y los puentes del Real y el de Aragó para albergar el Castell de Fuegos Artificiales. Además, la parada de metro de l’Albareda se mantendrá cerrada a partir de las 23 horas.

ACTOS DEL 9 D’OCTUBRE
Los actos del Día de la Comunitat Valenciana, 9 d’Octubre, empezarán con la recepción de la corporación, autoridades y personas invitadas a las 11.30 horas, y la lectura del decreto de Alcaldía y la entrega de la Senyera en el Archivo Municipal a las 11.45 horas.

A partir de las 12 horas, se celebrará la procesión cívica y la ofrenda floral a Jaime I, por el itinerario habitual: plaza del Ajuntament, calle de Sant Vicent, plaza de la Reïna, calle de la Pau hasta la plaza de Alfons el Magnànim (habrá la ofrenda de coronas de flor ante la estatua del rey Jaime I al Parterre), Pintor Sorolla, calle de les Barques y plaza del Ayuntamiento, en la que al acabar la procesión cívica la pirotecnia Zarzoso de Altura disparará una mascletà terrestre.

Por la tarde, se celebrará las entradas de Moros y Cristianos de 17 a 22 horas por la calle de la Pau, Sant Vicent, plaza del Ayuntamiento y Marqués de Sotelo. En este caso, según indica la Policía Local de València, el cortes al tráfico desde Plaza Tetuán y por las vías del recorrido podrían iniciarse a partir de las 15 horas.

La programación festiva del 9 d’Octubre concluirá el viernes 11, con el concierto extraordinario de la Banda Municipal de València, dirigida por Rafael Sanz Espert en el Espacio Rambleta a las 19.30 horas.

Fuente: (EUROPA PRESS)

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¿Qué son los festivos recuperables?

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¿Qué son los festivos recuperables?
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Los festivos recuperables son distintos a los días festivos que siempre los trabajadores esperan con ganas. Por ejemplo, el pasado 24 de junio, San Juan, estaba marcado en rojo en el calendario laboral de la Comunidad Valenciana. Sin embargo, muchas personas se encontraron con que, si querían disfrutar de este día libre, tenían la obligación de recuperarlo.

¿Qué quiere decir esto? Que no estamos ante un día festivo convencional, sino ante un día festivo recuperable, algo que ha generado muchas preguntas.

Desde GLM responden a todas las dudas.

¿Qué son los festivos recuperables?

Los días festivos recuperables son aquellos que tienen la condición de días laborables pero en los que la prestación de servicios correspondiente al mismo no se realiza ese día, sino que se reparte en el resto de días laborables del año.

Desde el punto de vista legislativo, esta figura está regulada en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.2) y deja a empresas y trabajadores la negociación de cómo aplicarlo.

¿Cuál es la diferencia entre días festivos «normales» y días festivos recuperables?

Según esta definición, la diferencia es bastante clara: en los días festivos normales o estipulados no se trabaja, mientras que en los días festivos recuperables los trabajadores no están obligados a ir a trabajar, pero tendrán que recuperar esas horas si no lo hacen.

¿Por qué existen estos días? ¿Qué dice la ley sobre ellos?

En España, cada año natural deben reconocerse un total de 14 días festivos.

Algunos de ellos vienen determinados por el estado. Se trata de «festivos nacionales» como Año Nuevo (1 de enero), Viernes Santo, Día del Trabajo (1 de mayo), Festividad de Asunción de la Virgen (15 de agosto), Fiesta de la Hispanidad (12 de octubre), Día de Todos los Santos (1 de noviembre), Día de la Constitución Española (6 de diciembre), Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Día de Navidad (25 de diciembre).

Además, los gobiernos regionales pueden respetar o mover algunas festividades tradicionales como el Día de la Epifanía (6 de enero) y Jueves Santo, además de sustituir estas por otras como el Día de San José (19 de marzo) o el Día de Santiago (25 de julio).

Con el fin de cubrir el total de 14 festivos se permite que cada ayuntamiento elija, normalmente cuadrando con sus fiestas locales tradicionales, otros dos días de fiesta.

Una vez se ha pactado el calendario y en caso de que algún día festivo sea domingo, las comunidades autónomas pueden mover ese día no laboral al lunes más próximo, algo que es bastante habitual.

¿Ir o no ir a trabajar? Esa es la cuestión

Ambas decisiones tienen sus consecuencias y conviene conocerlas.

  • Si vas a trabajar:

En este caso, estarás acudiendo a tu puesto de trabajo durante un día festivo, por lo que es posible que tu convenio establezca alguna forma para compensar esas horas.

Aun así, es importante matizar que al trabajar en un festivo recuperable no se aplica el incremento por horas extras, ya que las horas de ese día no excederán la jornada anual pactada.

  • Si no vas a trabajar:

En este caso, tendrás que devolver las horas de ese día para cumplir con la jornada anual marcada por el convenio colectivo, y deberás pactar con tu empresa o con el representante de los trabajadores cómo y cuándo, teniendo en cuenta que:

  • Las horas deben devolverse dentro del mismo año natural.
  • El día de festivo no puede sustituirse por otro festivo o por un día de vacaciones. Esto quiere decir que debes recuperar las horas añadiendo tiempo de trabajo a tus días laborales normales, respetando siempre el límite de 9 horas diarias y las 12 horas de descanso entre jornadas.

 

Ir a trabajar en días festivos

¿Qué pasa si el día festivo recuperable estoy de vacaciones o es mi día libre? ¿La empresa debe darme un día extra de fiesta?

No. Si un día festivo recuperable coincide con tu día de descanso, con tus vacaciones o con un día de inactividad por cualquier otro motivo (por ejemplo, por estar de baja por enfermedad, por permiso de maternidad/paternidad, permiso por matrimonio, etc.) la empresa no está obligada en ningún caso a darte un día festivo adicional y, por tanto, tú tampoco deberás recuperar nada.

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