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Procesión, Moros y Cristianos, pirotecnia y manifestaciones, así será el 9 d’Octubre en València

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VALÈNCIA, 8 Oct. – El Ayuntamiento de València, con motivo del 9 de Octubre, ha organizado, un año más, una programación «plural» para homenajear a la Senyera». La capital del Turia acogerá en el Día de a Comunitat es Festival de Pirotecnia de València, la tradicional procesión cívica, la entrada de Moros y Cristianos y, además, varias manifestaciones.

El consistorio, con motivo de las celebraciones, «trabaja para facilitar el acceso a los diferentes actos así como la movilidad de la ciudadanía en general», ha informado en un comunicado.

De hecho, el Centro de Gestión de Tráfico (CGT) ha informado de la regulación de las vías que contarán con mayor afluencia de público a raíz de, por ejemplo, el XL Festival de Pirotecnia València, la procesión cívica, o la entrada de Moros y Cristianos.

Hay convocadas diversas manifestaciones el día 9, desde las 18 hasta las 21.30 horas, que se desarrollarán desde la Plaza de Sant Agustí, Xàtiva, Colón, Porta de la Mar y una acabará en Palau de Justicia y Plaza de Alfons el Magnànim, mientras que otras seguirán por la avenida de Navarro Reverter hasta Plaza Amèrica.

La agenda festiva de la víspera del 9 d’Octubre se iniciará a las 10 horas de este martes con la exposición de la Reial Senyera en el Salón de Cristal del Ayuntamiento. El emblema valenciano estará en estas dependencias municipales hasta las 21 horas, cuando empezará una nueva edición de ‘València, amb la Senyera’.

Por otra parte, a las 19, 19.30 y 20 horas, la Coral Giner de la Sociedad Coral lo Micalet interpretará el Cant a la Senyera, con letra de Carles Salvador y música de Agustí Alaman.

También por la tarde, a las 19.30 horas, la plaza del Ayuntamiento acogerá la Muestra de Bailes, Música y Canciones Valencianas, con la participación de los grupos Realenc de Picanya y las Folies de Carcaixent, seguida de una ‘dansà’ popular. Todo, con la colaboración de la Federación de Folclore de la Comunitat Valenciana.

Además, a esa misma hora habrá un concierto extraordinario de la Orquesta de València, dirigida por Ramón Tebar, en el Palau de les Arts.

A la medianoche del día 9, los jardines del Turia acogerán el cuadragésimo Festival de Pirotecnia València, en el tramo entre el Pont del Real y el Pont de Aragó, por lo que el CGT ha informado que se cerrará al tráfico l’Albereda entre Pla del Real y la plaza Saragossa, la Ciutadella, la avenida de Aragón y los puentes del Real y el de Aragó para albergar el Castell de Fuegos Artificiales. Además, la parada de metro de l’Albareda se mantendrá cerrada a partir de las 23 horas.

ACTOS DEL 9 D’OCTUBRE
Los actos del Día de la Comunitat Valenciana, 9 d’Octubre, empezarán con la recepción de la corporación, autoridades y personas invitadas a las 11.30 horas, y la lectura del decreto de Alcaldía y la entrega de la Senyera en el Archivo Municipal a las 11.45 horas.

A partir de las 12 horas, se celebrará la procesión cívica y la ofrenda floral a Jaime I, por el itinerario habitual: plaza del Ajuntament, calle de Sant Vicent, plaza de la Reïna, calle de la Pau hasta la plaza de Alfons el Magnànim (habrá la ofrenda de coronas de flor ante la estatua del rey Jaime I al Parterre), Pintor Sorolla, calle de les Barques y plaza del Ayuntamiento, en la que al acabar la procesión cívica la pirotecnia Zarzoso de Altura disparará una mascletà terrestre.

Por la tarde, se celebrará las entradas de Moros y Cristianos de 17 a 22 horas por la calle de la Pau, Sant Vicent, plaza del Ayuntamiento y Marqués de Sotelo. En este caso, según indica la Policía Local de València, el cortes al tráfico desde Plaza Tetuán y por las vías del recorrido podrían iniciarse a partir de las 15 horas.

La programación festiva del 9 d’Octubre concluirá el viernes 11, con el concierto extraordinario de la Banda Municipal de València, dirigida por Rafael Sanz Espert en el Espacio Rambleta a las 19.30 horas.

Fuente: (EUROPA PRESS)

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¿Qué pasa si Sánchez dimite? ¿Quién sería el presidente? ¿Habría nuevas elecciones?

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¿Qué pasa si Sánchez dimite?
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez- Foto: CONGRESO
¿Qué pasa si Sánchez dimite? La posibilidad de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, renuncie al cargo abre un escenario incierto con muchas incógnitas pero que en su mayoría tienen respuesta en la Constitución y la ley electoral.

¿Qué pasa si Pedro Sánchez dimite?

El artículo 101 de la Constitución Española tiene previsto el escenario de una dimisión o fallecimiento del presidente del Gobierno o de una pérdida de confianza parlamentaria, como podría ser una moción censura.

“El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente”, reza la Carta Magna.

En este caso, la dimisión del jefe del Ejecutivo conllevaría que todo el Gabinete continuaría en funciones hasta que se nombre un nuevo presidente del Gobierno.

Ello significa que el Gobierno estaría limitado en sus atribuciones, sin capacidad para legislar, al igual que sucede pasadas las elecciones generales y antes de elegir al nuevo Gobierno.

¿Quien nombraría al nuevo presidente?

El Congreso sería el encargado de elegir a un nuevo presidente en un proceso idéntico al de las investiduras que se celebran tras unas elecciones generales.

El rey haría una ronda de consultas con los portavoces de los partidos con representación en la Cámara Baja y tras escuchar sus opiniones designaría un candidato.

Fue lo que ocurrió en 1981 cuando dimitió Adolfo Suárez. Su partido, UCD, propuso a Leopoldo Calvo-Sotelo como su sucesor, y tras un debate de investidura, interrumpido en su votación por el intento de golpe de Estado del 23F, fue elegido presidente por el Congreso.

En esta hipótesis, el candidato designado por el rey para suceder a Pedro Sánchez se sometería a un debate de investidura y para ser elegido debería recibir el apoyo de la mayoría absoluta del Congreso en primera votación o más síes que noes en segunda.

Si el candidato no lograra ser investido, arrancaría un plazo de dos meses en el que nuevos candidatos propuestos por el rey pueden optar a la Presidencia. Si tras estos dos meses ningún candidato consigue la confianza del Congreso las Cortes se disuelven de forma automática y se convocan nuevas elecciones generales.

¿Puede Pedro Sánchez convocar elecciones?

La respuesta es no, de momento. En el caso de que Pedro Sánchez no decida renunciar este lunes, fecha que ha fijado para anunciar su decisión, debería esperar, como pronto hasta el próximo 31 de mayo, para convocar elecciones generales.

La ley impide que el presidente disuelva las Cortes antes de que pase un año de la anterior disolución. Solo desde entonces podría aprobar el decreto de disolución y convocatoria de elecciones, que se celebrarían pasados 54 días.

Ello llevaría las elecciones a las últimas semanas del mes de julio. La ley no establece que tengan que celebrarse en domingo, pero si así fuera, lo más probable es que se fueran al 28 de julio.

¿Y si Sánchez decide someterse a una cuestión de confianza?

Otra posibilidad es que Pedro Sánchez no renuncie a su cargo, pero decida por contra presentar una cuestión de confianza.

Se trata de un instrumento político del que dispone el presidente del Gobierno para afrontar una situación de debilidad frente al Parlamento que le ha elegido y mediante el cual el Gobierno pide al Congreso el respaldo a su política.

La Constitución, en su artículo 112, establece que el presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.

Según establece el Reglamento del Congreso, el debate se desarrolla con el mismo formato que las sesiones de investidura. La confianza se entiende otorgada cuando obtenga el voto de la mayoría simple de los Diputados.

Si Sánchez no obtuviera la confianza del Congreso, ocurriría igual que si hubiera dimitido y se iniciaría el proceso para investir a un nuevo presidente, con consultas del rey y un nuevo debate de investidura.

De nuevo, y como en el caso de las investiduras fallidas tras unos comicios generales, el artículo 172 del Reglamento del Congreso fija que si transcurren dos meses y ningún candidato consigue la confianza del Congreso, el presidente de la Cámara someterá a la firma del Rey el decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones.

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