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Consumo

¿Sabes cuándo estás obligado a hacer la declaración?

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¿Sabes cuándo estás obligado a hacer la declaración?

¿Sabes cuándo estás obligado a hacer la declaración? En plena campaña de la Renta son muchos los españoles qué desconocen si están o no obligados a realizar este trámite con Hacienda. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha informado de las condiciones que deben darse para ello.

En algunos casos los contribuyentes no están obligados a presentar declaración, aunque sea a pagar. Esto sucede, por ejemplo si sólo han tenido ingresos del trabajo procedentes de un pagador y si esos ingresos no superan los 22.000 euros. Por otro lado, en algunos casos hay que presentar la declaración, aunque no se esté obligado, para poder disfrutar determinados beneficios fiscales. Aunque hay varios supuestos, los más frecuentes son:

Los que quieran aplicar los beneficios fiscales por las aportaciones a planes de pensiones
Los que tengan derecho a aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual y quieran hacerlo.
De esta manera si un contribuyente no tiene obligación de presentar la declaración, pero está pagando su vivienda habitual con un préstamo y quiere aplicar la deducción, tendrá que presentarla.

Si un contribuyente que no tiene que declarar accede por primera vez a Renta Web, es posible que la aplicación pregunte si desea trasladar que no están incorporados al borrador. En ese caso puedes decidir trasladarlos o no.

¿Sabes cuándo estás obligado a hacer la declaración?

Decides No trasladar los datos: (la deducción por vivienda o los planes de pensiones a la declaración), y el resultado de la declaración es a pagar, el sistema Renta Web te avisará poniendo en el Resumen de la declaración que no estás obligado a presentarla. Además, la opción «Presentar declaración» estará bloqueada (aparecerá en color gris), para evitar que pagues por error.

Decides incoporar los datos: (es probable que sea opción lógica para cualquier contribuyente incorporar todos los datos de la deducción por vivienda o planes de pensiones, para comprobar si una vez trasladados, la declaracion sale a pagar menos o a devolver más).

Si el contribuyente no obligado a declarar traslada los datos de la deducción por vivienda o de planes de pensiones a su declaración, y la declaración sale a pagar, en la página de Resumen de declaraciones ya no aparece el aviso de “NO OBLIGADO”. El programa estima que se quiere ejercer el derecho a estas deducciones, y no tiene en cuenta que es más favorable para el contribuyente no trasladar los datos para no estar obligado a declarar.

Por tanto, atento: Si por error haces clic en el botón de presentar declaración, se abrirá la pantalla de presentación inmediata de la declaración y podrás presentarla.

La única manera de saber que no tendrías obligación de presentar la declaración es cancelar la pantalla de presentación inmediata para poder leer los avisos de validación de la declaración, ya que uno de ellos, advierte de la posibilidad de no estar obligado a declarar: “Según los datos que constan en su declaración individual está obligado a declarar por aplicar alguna reducción por aportaciones a sistemas de previsión social (planes de pensiones, mutualidades de previsión social, etc.) o a patrimonios protegidos de personas con discapacidad y/o la deducción estatal por inversión en vivienda habitual. Si no las aplicara dejaría de estar obligado a declarar si tributara individualmente, por lo que no tendría que ingresar el importe resultante de su declaración”.

Si te equivocas, pide anulación
¿Has presentado la declaración sin estar obligado? Tiene solución: La AEAT aconseja solicitar la anulación presentando un escrito en tu Administración de Hacienda. También puedes hacerlo a través de RentaWeb seleccionando el apartado “Trámites”.

Si no estás obligado a declarar, hazlo solo si te devuelven
Recuerda. Estate atento: si tus ingresos no te obligan a declarar, sólo debes presentar declaración si te sale a devolver.

Fuente: OCU.org

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Consumo

Estos son los domingos y festivos que podrán abrir los comercios en Valencia en 2026

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apertura festivos comercios Valencia
Tienda ZARA en Valencia

Calendario comercial 2026 en Valencia: estos son los 11 domingos y festivos en los que abrirán las tiendas

Valencia ya conoce el calendario de aperturas comerciales para 2026. El Observatorio del Comercio Valenciano ha aprobado los 11 domingos y días festivos en los que los establecimientos comerciales de la Comunitat Valenciana podrán abrir sus puertas el próximo año, tal y como establece la normativa autonómica vigente.

La decisión afecta especialmente a los grandes ejes comerciales de la ciudad de València, como la calle Colón, centros comerciales y zonas de gran afluencia turística, aunque también permite a los pequeños comercios sumarse voluntariamente a estas jornadas de apertura.

Qué es el Observatorio del Comercio Valenciano y qué funciones tiene

El Observatorio del Comercio Valenciano está adscrito a la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, que dirige Marián Cano, y actúa como órgano colegiado, consultivo y asesor en materia comercial.

Entre sus principales funciones se encuentran:

  • Proponer, con carácter no vinculante, los 11 domingos y festivos de apertura comercial cada año.

  • Informar sobre proyectos normativos relacionados con el comercio.

  • Analizar las zonas de gran afluencia turística.

  • Canalizar propuestas y posicionamientos de los distintos agentes del sector.

El organismo está integrado por representantes de organizaciones empresariales, pymes, cámaras de comercio, asociaciones de consumidores, mercados municipales, sindicatos, la Federación Valenciana de Municipios y Provincias (FVMP) y distintos departamentos de la Generalitat.

Aprobación del calendario de aperturas para 2026

La propuesta fue aprobada por mayoría en la reunión celebrada esta semana, presidida por la Directora General de Comercio, Artesanía y Consumo, Maribel Sáez, y será elevada ahora a la Conselleria para su ratificación definitiva.

El calendario combina fechas estratégicas de consumo, como rebajas y campañas navideñas, con jornadas de alta afluencia turística, permitiendo así reforzar la actividad comercial en momentos clave del año.

Calendario de aperturas comerciales en Valencia y la Comunitat Valenciana en 2026

Estos son los 11 domingos y festivos autorizados para la apertura de comercios en 2026:

  • 4 de enero (domingo) – Campaña de Reyes.

  • 11 de enero (domingo) – Rebajas de invierno.

  • 3 de abril (viernes) – Viernes Santo. Mayor afluencia turística.

  • 5 de abril (domingo) – Domingo de Pascua. Mayor afluencia turística.

  • 5 de julio (domingo) – Rebajas de verano.

  • 15 de agosto (sábado) – Asunción de la Virgen. Acumulación de festivos.

  • 12 de octubre (lunes) – Fiesta Nacional de España. Acumulación de festivos.

  • 29 de noviembre (domingo) – Campaña de Navidad.

  • 13 de diciembre (domingo) – Campaña de Navidad.

  • 20 de diciembre (domingo) – Campaña de Navidad.

  • 27 de diciembre (domingo) – Campaña de Reyes.

Fechas clave para el comercio y los consumidores

El calendario de 2026 vuelve a concentrar la mayoría de aperturas en:

  • Enero, para aprovechar las compras de Reyes y las rebajas de invierno.

  • Julio, coincidiendo con el inicio de las rebajas de verano.

  • Diciembre, con hasta cuatro domingos abiertos para reforzar la campaña de Navidad y Reyes.

Además, se mantienen aperturas en festivos señalados como Viernes Santo, Pascua, 15 de agosto y 12 de octubre, fechas tradicionalmente asociadas a un mayor movimiento turístico en la Comunitat Valenciana.

Un equilibrio entre actividad comercial y descanso

Desde la Generalitat se insiste en que este calendario busca equilibrar la dinamización económica del comercio con el respeto a los derechos laborales, concentrando las aperturas en momentos de especial interés comercial o turístico.

Para los consumidores, el calendario de aperturas comerciales de 2026 en Valencia supone más opciones para realizar compras en fines de semana y festivos, especialmente en periodos de alta demanda como Navidad, rebajas y fechas señaladas.

Con este calendario ya definido, comercios y clientes pueden planificar con antelación un año marcado por once domingos y festivos en los que las tiendas volverán a subir la persiana.

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