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Valencia

Abascal da la cara por Mazón, denuncia un “linchamiento” y acusa al PP de “estar atemorizado ante Sánchez”

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Abascal Mazón
El presidente de Vox, Santiago Abascal, durante una rueda de prensa en la sede de Vox. - Alejandro Martínez Vélez - Europa Press

El líder de Vox, Santiago Abascal, ha salido en defensa del presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, al asegurar que está siendo víctima de un “linchamiento político y mediático” por su gestión de la DANA que azotó la Comunitat Valenciana hace un año y que dejó 229 víctimas mortales.

El dirigente de Vox ha publicado un mensaje en su perfil de X (antes Twitter) en el que acusa al Partido Popular de estar “atemorizado ante Pedro Sánchez” y de no haber mostrado firmeza ante lo que considera una campaña política de desprestigio contra el president valenciano.

“Me da pena y vergüenza ver al PP atemorizado ante Sánchez, e incluso a algunos sumándose al linchamiento”, ha escrito Abascal en la red social.


Críticas al funeral de Estado por las víctimas de la DANA

El presidente de Vox ha calificado el funeral de Estado celebrado en Valencia como una “mascarada repugnante”, y ha lamentado que se convirtiera, según su versión, en “un acto de linchamiento contra Mazón y de indulto político a Sánchez”.

Abascal, que no asistió al acto institucional, ha asegurado que las críticas y abucheos dirigidos a Mazón durante la ceremonia demuestran que el Gobierno central y los medios “han manipulado el dolor de las víctimas para sacar rédito político”.

El líder de Vox ha utilizado un tono especialmente duro, afirmando que su partido “no se sumará al linchamiento que patrocina el mafioso de la Moncloa”, en alusión directa a Pedro Sánchez.


“Vox exigirá responsabilidades, pero con justicia”

Pese a su defensa pública de Mazón, Abascal ha recordado que Vox ya ha pedido explicaciones y responsabilidades políticas por la gestión de la catástrofe.

“Las exigiremos en los parlamentos y en cualquier otro lugar donde tengamos derecho a la defensa”, añadió.

El líder de Vox quiso matizar que su apoyo a Mazón no implica respaldo político general a su gestión, sino que se limita a la aprobación de los presupuestos destinados a la reconstrucción de las zonas devastadas por la DANA.

Hace unos días, Abascal también había acusado a Mazón de ofrecer “versiones contradictorias” sobre su paradero durante las primeras horas de la catástrofe del 29 de octubre de 2024, aunque subrayó que no se unirá a la “campaña de acoso” que, en su opinión, está promoviendo el Gobierno socialista.


Abascal redobla su ofensiva contra el PP y Sánchez

El mensaje del presidente de Vox se enmarca en un nuevo episodio de tensión entre los socios de gobierno autonómicos en la Comunitat Valenciana, donde PP y Vox gobiernan en coalición desde 2023.

Abascal ha recrudecido en los últimos días sus críticas al Partido Popular, al que acusa de actuar con “miedo, tibieza y dependencia política” del Gobierno central. “El PP está paralizado por temor a lo que diga Sánchez y por miedo a defender la verdad”, ha señalado en varias entrevistas.

Fuentes de Vox aseguran que Abascal está preocupado por el impacto que el caso Mazón pueda tener en la estabilidad del gobierno valenciano, pero también por la “falta de reacción” del PP ante lo que califican de “ataque institucional”.


Contexto: la DANA y la polémica del 29 de octubre

El funeral de Estado celebrado esta semana en el Museo de las Ciencias de Valencia reunió a representantes políticos y familiares de las 229 víctimas mortales de la DANA. Sin embargo, el acto estuvo marcado por las protestas de algunos asistentes contra Carlos Mazón, acusado de no haber gestionado con diligencia la emergencia.

El propio Mazón reconoció públicamente “hacerse cargo del día de ayer” y anunció una futura comparecencia públicapara ofrecer explicaciones.

Mientras tanto, Vox intenta capitalizar el descontento de parte del electorado valenciano y presentarse como la formación que “defiende a Mazón frente al linchamiento y al uso partidista del dolor”, según fuentes del partido.


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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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