Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Así ha sido la primera jornada de salidas por franja horaria en Valencia

Publicado

en

La ciudad de València ha empezado a recuperar algo de vida en sus calles y jardines con la madrugadora salida de los deportistas. Era el primer día permitido desde que se decretó el estado de alarma por la COVID-19.

Desde este sábado los españoles pueden salir de casa a pasear y hacer ejercicio al aire libre por franjas horarias y los mayores de 14 años han sido los primeros en estrenar esta medida de alivio del confinamiento al repuntar el día, de 6.00 a 10.00 horas.

El cauce del río ha vuelto a ser uno de los lugares elegidos por la mayoría de valencianos pero no se han visto tantas aglomeraciones como el domingo pasado con los niños. La nota negativa es que la mayoría de personas no llevaba mascarilla.

Esta jornada sí que se ha visto a muchos agentes de la Policía Nacional y la Policía Local controlando el cumplimiento de las normas y velando para que la gente no ocupara el mobiliario urbano y no se formasen aglomeraciones.

Tras una madrugada de paseos y ejercicio, al acercase las 10 horas el río ha vuelto a recuperar poco a poco la imagen vacía que le ha caracterizado durante el confinamiento, mientras la policía pedía a los más rezagados que volvieran a casa.

Después de estos paseos y el ejercicio físico ha llegado el turno de los paseos para mayores de 70 años y dependientes, de 10.00 a 12.00 horas y de 19.00 a 20.00 horas. Les siguen los niños, acompañados de un progenitor, que llevarán sus juegos a las calles de 12.00 a 19.00 horas. Los mayores de 14 que no han salido hacer ejercicio o andar tendrán una nueva oportunidad de 20 a 23 horas.

El Gobierno permite salir a hacer deporte de forma individual y pasear con otra persona con la que se conviva una vez al día. El deporte al aire libre deberá realizarse en el mismo municipio de residencia, mientras que en el caso de los paseos no podrá uno alejarse a más de un kilómetro de distancia de su domicilio.

València registra diez denuncias en la primera mañana de paseos y deporte

Policía Local de València ha contabilizado diez propuestas de sanción en los parques, jardines y playas de la ciudad por incumplir las medidas de seguridad durante la mañana de este sábado, la primera en la que se ha permitido a la población salir a dar paseos y hacer deporte.

En palabras del concejal de Protección Ciudadana, Aaron Cano, «el comportamiento de las personas que han salido a hacer deporte en la ciudad de València en el tramo entre las 6 y las 10 horas de la mañana ha sido totalmente correcto. Se han llenado el Paseo Marítimo y el Río de personas ávidas de practicar deporte en diferentes modalidades» y «el comportamiento en líneas generales ha sido más que correcto, ha sido muy bueno, guardándose las distancias de seguridad, guardando las medidas de higiene profilácticas necesarias y abandonando estos espacios a partir de las 10 de la mañana para retornar a sus hogares».

En definitiva, el responsable municipal ha calificado la mañana de «tranquila» y ha agradecido que «la gente está concienciada, como no podría ser de otra manera». «La ciudad de València responde ante este reto, lo estamos haciendo bien y, sobre todo, detectamos unas ganas de querer hacerlo bien por parte de la ciudadanía valenciana», ha destacado Cano.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

¿Qué son los festivos recuperables?

Publicado

en

¿Qué son los festivos recuperables?
FREEPIK

Los festivos recuperables son distintos a los días festivos que siempre los trabajadores esperan con ganas. Por ejemplo, el pasado 24 de junio, San Juan, estaba marcado en rojo en el calendario laboral de la Comunidad Valenciana. Sin embargo, muchas personas se encontraron con que, si querían disfrutar de este día libre, tenían la obligación de recuperarlo.

¿Qué quiere decir esto? Que no estamos ante un día festivo convencional, sino ante un día festivo recuperable, algo que ha generado muchas preguntas.

Desde GLM responden a todas las dudas.

¿Qué son los festivos recuperables?

Los días festivos recuperables son aquellos que tienen la condición de días laborables pero en los que la prestación de servicios correspondiente al mismo no se realiza ese día, sino que se reparte en el resto de días laborables del año.

Desde el punto de vista legislativo, esta figura está regulada en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.2) y deja a empresas y trabajadores la negociación de cómo aplicarlo.

¿Cuál es la diferencia entre días festivos «normales» y días festivos recuperables?

Según esta definición, la diferencia es bastante clara: en los días festivos normales o estipulados no se trabaja, mientras que en los días festivos recuperables los trabajadores no están obligados a ir a trabajar, pero tendrán que recuperar esas horas si no lo hacen.

¿Por qué existen estos días? ¿Qué dice la ley sobre ellos?

En España, cada año natural deben reconocerse un total de 14 días festivos.

Algunos de ellos vienen determinados por el estado. Se trata de «festivos nacionales» como Año Nuevo (1 de enero), Viernes Santo, Día del Trabajo (1 de mayo), Festividad de Asunción de la Virgen (15 de agosto), Fiesta de la Hispanidad (12 de octubre), Día de Todos los Santos (1 de noviembre), Día de la Constitución Española (6 de diciembre), Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Día de Navidad (25 de diciembre).

Además, los gobiernos regionales pueden respetar o mover algunas festividades tradicionales como el Día de la Epifanía (6 de enero) y Jueves Santo, además de sustituir estas por otras como el Día de San José (19 de marzo) o el Día de Santiago (25 de julio).

Con el fin de cubrir el total de 14 festivos se permite que cada ayuntamiento elija, normalmente cuadrando con sus fiestas locales tradicionales, otros dos días de fiesta.

Una vez se ha pactado el calendario y en caso de que algún día festivo sea domingo, las comunidades autónomas pueden mover ese día no laboral al lunes más próximo, algo que es bastante habitual.

¿Ir o no ir a trabajar? Esa es la cuestión

Ambas decisiones tienen sus consecuencias y conviene conocerlas.

  • Si vas a trabajar:

En este caso, estarás acudiendo a tu puesto de trabajo durante un día festivo, por lo que es posible que tu convenio establezca alguna forma para compensar esas horas.

Aun así, es importante matizar que al trabajar en un festivo recuperable no se aplica el incremento por horas extras, ya que las horas de ese día no excederán la jornada anual pactada.

  • Si no vas a trabajar:

En este caso, tendrás que devolver las horas de ese día para cumplir con la jornada anual marcada por el convenio colectivo, y deberás pactar con tu empresa o con el representante de los trabajadores cómo y cuándo, teniendo en cuenta que:

  • Las horas deben devolverse dentro del mismo año natural.
  • El día de festivo no puede sustituirse por otro festivo o por un día de vacaciones. Esto quiere decir que debes recuperar las horas añadiendo tiempo de trabajo a tus días laborales normales, respetando siempre el límite de 9 horas diarias y las 12 horas de descanso entre jornadas.

 

Ir a trabajar en días festivos

¿Qué pasa si el día festivo recuperable estoy de vacaciones o es mi día libre? ¿La empresa debe darme un día extra de fiesta?

No. Si un día festivo recuperable coincide con tu día de descanso, con tus vacaciones o con un día de inactividad por cualquier otro motivo (por ejemplo, por estar de baja por enfermedad, por permiso de maternidad/paternidad, permiso por matrimonio, etc.) la empresa no está obligada en ningún caso a darte un día festivo adicional y, por tanto, tú tampoco deberás recuperar nada.

Continuar leyendo