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Casado reta al Gobierno a intervenir la Comunitat Valenciana por incumplir el objetivo de deuda

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MADRID, 16 Dic. – El presidente del PP, Pablo Casado, ha anunciado este lunes que su formación va a pedir la comparecencia en el Congreso de la ministra de Hacienda en funciones, María Jesús Montero, para que explique la ‘intervención’ de la Junta de Andalucía y ha subrayado que si tuviera «un mínimo de coherencia» el Ejecutivo tendría que tomar la misma medida con la Comunitat Valenciana y otras comunidades gobernadas por el PSOE.

En concreto, el Ministerio de Hacienda, que ha comunicado a la Junta de Andalucía que no podrá salir a los mercados a captar financiación en 2020 por haber incumplido el objetivo de estabilidad, deuda pública y regla de gasto del ejercicio 2018, bajo gobierno socialista, y reclama al Ejecutivo de PP y Ciudadanos (Cs) que preside Juanma Moreno que presente un plan de ajuste que incluya medidas que garanticen el cumplimiento de los objetivos de estabilidad y de deuda pública.

Para Casado, con esta decisión, el Gobierno incurre en «otra gran contradicción» porque «la consejera Montero», cargo que ejerció la política andaluza entre septiembre de 2013 y junio de 2018, «se ve enmendanda por la ministra Montero». «Esto parece una broma de Gila, pero no lo es», ha abundado en una rueda de prensa en el Congreso.

El líder del PP ha señalado que es «muy preocupante» el «agravio comparativo» con otras comunidades. «Vamos a llegar hasta las últimas consecuencias para evitarlo», ha anunciado, especificando después su intención de solicitar la comparecencia de Montero.

TAPAR SU DESASTROSA GESTIÓN
«Vamos a solicitar la comparecencia de Montero para que dé cuenta de por qué esta tomando esta medida como ministra y qué es lo opina de su gestión como consejera y, ya si nos explica su papel en los ERE sería estupendo», ha apuntado, acusando a la titular de Hacienda de ‘intervenir’ la Junta para «intentar tapar» la «desastrosa, corrupta y clientar gestión» de los gobiernos socialistas andaluces.

A su juicio, el bipartito andaluz de PP y Ciudadanos no tiene «por qué pagar» los «incumplimientos» del Ejecutivo de Susana Díaz y Montero, máxime cuando «está tomando iniciativas para paliarlos y ya está creando empleo y atrayendo inversión internacional».

Además, ha recalcado que si el Gobierno tuviera «un mínimo de coherencia» tendría que hacer lo mismo con la Comunitat Valenciana y todas las gobernadas por el PSOE. «Pero ya hemos visto que no la tiene porque con las entregas a cuenta tuvo que esperar a la campaña electoral y sigue adeudando todas las entregas ya recaudadas por IVA, sobre todo en las que gobierna el PP», ha denunciado.

Fuente: (EUROPA PRESS)

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¿Qué son los festivos recuperables?

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¿Qué son los festivos recuperables?
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Los festivos recuperables son distintos a los días festivos que siempre los trabajadores esperan con ganas. Por ejemplo, el pasado 24 de junio, San Juan, estaba marcado en rojo en el calendario laboral de la Comunidad Valenciana. Sin embargo, muchas personas se encontraron con que, si querían disfrutar de este día libre, tenían la obligación de recuperarlo.

¿Qué quiere decir esto? Que no estamos ante un día festivo convencional, sino ante un día festivo recuperable, algo que ha generado muchas preguntas.

Desde GLM responden a todas las dudas.

¿Qué son los festivos recuperables?

Los días festivos recuperables son aquellos que tienen la condición de días laborables pero en los que la prestación de servicios correspondiente al mismo no se realiza ese día, sino que se reparte en el resto de días laborables del año.

Desde el punto de vista legislativo, esta figura está regulada en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.2) y deja a empresas y trabajadores la negociación de cómo aplicarlo.

¿Cuál es la diferencia entre días festivos «normales» y días festivos recuperables?

Según esta definición, la diferencia es bastante clara: en los días festivos normales o estipulados no se trabaja, mientras que en los días festivos recuperables los trabajadores no están obligados a ir a trabajar, pero tendrán que recuperar esas horas si no lo hacen.

¿Por qué existen estos días? ¿Qué dice la ley sobre ellos?

En España, cada año natural deben reconocerse un total de 14 días festivos.

Algunos de ellos vienen determinados por el estado. Se trata de «festivos nacionales» como Año Nuevo (1 de enero), Viernes Santo, Día del Trabajo (1 de mayo), Festividad de Asunción de la Virgen (15 de agosto), Fiesta de la Hispanidad (12 de octubre), Día de Todos los Santos (1 de noviembre), Día de la Constitución Española (6 de diciembre), Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Día de Navidad (25 de diciembre).

Además, los gobiernos regionales pueden respetar o mover algunas festividades tradicionales como el Día de la Epifanía (6 de enero) y Jueves Santo, además de sustituir estas por otras como el Día de San José (19 de marzo) o el Día de Santiago (25 de julio).

Con el fin de cubrir el total de 14 festivos se permite que cada ayuntamiento elija, normalmente cuadrando con sus fiestas locales tradicionales, otros dos días de fiesta.

Una vez se ha pactado el calendario y en caso de que algún día festivo sea domingo, las comunidades autónomas pueden mover ese día no laboral al lunes más próximo, algo que es bastante habitual.

¿Ir o no ir a trabajar? Esa es la cuestión

Ambas decisiones tienen sus consecuencias y conviene conocerlas.

  • Si vas a trabajar:

En este caso, estarás acudiendo a tu puesto de trabajo durante un día festivo, por lo que es posible que tu convenio establezca alguna forma para compensar esas horas.

Aun así, es importante matizar que al trabajar en un festivo recuperable no se aplica el incremento por horas extras, ya que las horas de ese día no excederán la jornada anual pactada.

  • Si no vas a trabajar:

En este caso, tendrás que devolver las horas de ese día para cumplir con la jornada anual marcada por el convenio colectivo, y deberás pactar con tu empresa o con el representante de los trabajadores cómo y cuándo, teniendo en cuenta que:

  • Las horas deben devolverse dentro del mismo año natural.
  • El día de festivo no puede sustituirse por otro festivo o por un día de vacaciones. Esto quiere decir que debes recuperar las horas añadiendo tiempo de trabajo a tus días laborales normales, respetando siempre el límite de 9 horas diarias y las 12 horas de descanso entre jornadas.

 

Ir a trabajar en días festivos

¿Qué pasa si el día festivo recuperable estoy de vacaciones o es mi día libre? ¿La empresa debe darme un día extra de fiesta?

No. Si un día festivo recuperable coincide con tu día de descanso, con tus vacaciones o con un día de inactividad por cualquier otro motivo (por ejemplo, por estar de baja por enfermedad, por permiso de maternidad/paternidad, permiso por matrimonio, etc.) la empresa no está obligada en ningún caso a darte un día festivo adicional y, por tanto, tú tampoco deberás recuperar nada.

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