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Compromís pide reformar la Ley del IVA para aplicar al vino el tipo reducido del 10% como alimento natural

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EUROPA PRESS. Compromís ha registrado una proposición no de ley por la que propone al Gobierno reformar la Ley del IVA e incluir al vino como «alimento natural», de tal forma que se le incluya dentro de las bebidas a las que se les aplica el tipo impositivo reducido del 10%.

En concreto, la formación valenciana plantea modificar el artículo 91 de esta normativa en el que se recoge que el tipo reducido de IVA se aplicará a «las sustancias o productos, cualquiera que sea su origen que, por sus características, aplicaciones, componentes, preparación y estado de conservación, sean susceptibles de ser habitual e idóneamente utilizados para la nutrición humana o animal, de acuerdo con lo establecido en el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo, excepto las bebidas alcohólicas».

En este punto, el texto explica que «se entiende por bebida alcohólica todo líquido apto para el consumo humano por ingestión que contenga alcohol etílico», un texto al que Compromís quiere añadir la excepción del vino, «que se considera alimento natural».

Con esta apreciación, unifican la Ley del IVA con la de Ley de la Viña y del Vino, en la que sí se establece en las definiciones del
artículo 2 que esta bebida es natural. «Vino: es el alimento natural obtenido exclusivamente por fermentación alcohólica, total o parcial, de uva fresca, estrujada o no, de mosto de uva», detalla la norma.

AFECTA AL CONSUMO Y A LA COMPRA
«Por tanto, el IVA del vino debería establecerse dentro de los casos susceptibles de tener un tipo de IVA reducido, actualmente del 10 por ciento, al tratarse de un alimento y no una bebida alcohólica», insiste Compromís.

El diputado que firma esta iniciativa, Enric Bataller, explica que el sector vitivinícola español, a pesar de ser uno de los subsectores más importantes del agro estatal, ha visto como el consumo de vino per cápita en España ha ido reduciéndose paulatinamente, pasando de
10,90 litros en 2004 a 8,88 litros en 2015.

«Esta bajada generalizada del consumo de vino influye negativamente en la rentabilidad de los agricultores y, por tanto, en la competitividad de sus explotaciones y, finalmente, en su renta», ha apuntado. A su juicio, la tasa impositiva actual del 21% «afecta negativamente al consumo» y «no incentiva la compra de vino por parte del consumidor».

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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