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Estar vacunado como requisito para un trabajo: Tous abre un melón que acabará en los tribunales

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(EFECOM).- La inclusión de la vacunación entre los requisitos para optar a un puesto de trabajo municipal en Tous ha sembrado las dudas en un país con altas tasas de inmunización. Expertos consultados por Efe apuntan posibles problemas jurídicos y auguran que la solución, de nuevo, estará en manos del juez.

La vacunación obligatoria no está, por el momento, entre los planes del Ejecutivo central, aunque varios gobiernos autonómicos han avanzado que estudian la posibilidad de exigirla en profesiones o sectores determinados.

El primer paso concreto, ya recurrido, lo ha dado sin embargo una administración local, el Ayuntamiento de Tous, que ha incluido la vacuna contra la covid-19 entre los requisitos en el proceso de selección de dos técnicos de educación infantil como personal laboral temporal.

PROBLEMAS JURÍDICOS

En España las vacunas son un derecho y no una obligación y una empresa no puede exigir la vacunación a sus empleados, subraya Carlos de la Torre, abogado de Baker McKenzie.

Según explica, se enfrentan dos derechos fundamentales: el del trabajador a su intimidad, privacidad y autonomía personal y el del resto de los empleados y de la empresa a proteger su propia salud y prevenir los contagios en el centro de trabajo.

Pero no existe una base jurídica que permita a las empresas privadas resolver esa colisión de derechos, añade este abogado, que recuerda que hay otras medidas menos invasivas que sí pueden exigirse, como el uso de mascarillas.

A su juicio, sería también «muy discutible» que una empresa pudiera exigir la vacunación como criterio de acceso a un proceso selectivo, aunque sí podría hacerse obligatoria en sectores y profesiones de riesgo (médicos, sanitarios, personal de residencias, etc) que pueden afectar a terceros.

El profesor de Derecho Constitucional en la Universidad Complutense de Madrid Ignacio Álvarez ve menos problemas, al considerar que una interpretación extensiva de los principios de mérito y capacidad recogidos por la ley para acceder a un cargo público podrían avalar la solicitud de la vacunación para optar a un puesto.

A su entender, lo mismo ocurriría en el sector privado, donde el empresario tiene la capacidad de establecer los requisitos para desempeñar la actividad, aunque siempre que la medida no sea ni discriminatoria ni desproporcionada y que se dé un tratamiento específico a los datos sanitarios para no vulnerar el derecho a la intimidad o privacidad de los empleados.

LA SOLUCIÓN, EN MANOS DEL JUEZ

«Cualquier restricción, u obligación, por motivos sanitarios tiene que ser excepcional y estar muy justificada», insiste por su parte David Larios, presidente de la asociación Juristas de la Salud.

La legislación española protege la autonomía del paciente, pero en circunstancias excepcionales, como esta pandemia, los derechos personales están siendo modulados o incluso anulados, recuerda este experto.

A su juicio, con la normativa vigente, la convocatoria del ayuntamiento de Tous carece de cobertura legal, y una empresa no podría exigir a sus empleados certificado de vacunación.

Tampoco ve proporcionado obligar a vacunarse en estos momentos al personal sanitario, un sector con una tasa de vacunación muy elevada, sin apenas contagios y donde muchos profesionales no tienen contacto con pacientes vulnerables: «Podría ser matar moscas a cañonazos y hay que hilar fino, porque estamos hablando de derechos fundamentales que nos ha costado mucho conseguir», destaca.

El contexto, a su entender, podría ser distinto en las residencias, donde las tasas de vacunación son un poco más bajas, se están registrando brotes y se atiende a población de riesgo, pero insiste que, en cualquier caso, serán los jueces quienes decidan si una medida de ese tipo es proporcional.

Coincide con él Teresa Ezquerra, abogada de Abencys, que considera que, «a falta de legislación que actualmente imponga la obligatoriedad de la vacuna, entendemos que habrá de ser el empresario quien requiera judicialmente a sus empleados para que se vacunen, y los jueces quienes den la solución, atendiendo a las circunstancias de cada caso concreto».

PROTEGER LA SALUD DEL OTRO

A finales de julio el presidente canario, Ángel Víctor Torres, admitió que no se puede exigir la vacunación a toda la ciudadanía, pero estimó que el negacionismo es «un peligro para la colectividad» y señaló que no se descarta exigirla a los empleados de servicios públicos esenciales.

Esta misma semana la vicepresidenta valenciana, Mónica Oltra, ha abierto también la puerta a exigir la vacuna «en algún momento» a los profesionales que se incorporen a puestos de trabajo en el sistema sociosanitario, aunque no cree que sea necesario ahora porque el 96 % del personal está vacunado.

Esas cifras son una utopía en Estados Unidos, donde empresas como Google o Microsoft, ante la vuelta a las oficinas, han decido exigir la vacunación de sus empleados, la misma medida que ha planteado la Casa Blanca a los más de cuatro millones de trabajadores del Gobierno si no quieren someterse regularmente a test.

En Francia todo el personal sanitario está obligado a vacunarse antes del 15 de octubre, con el riesgo de ser suspendidos de empleo y sueldo de no hacerlo, y Grecia exigirá también la inmunización a los trabajadores de las residencias de mayores desde mediados de este mes.

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Rus informó a Benavent de que se le investigaba y le pidió que se fuera

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Rus informó a Benavent de que se le investigaba y le pidió que se fuera
Archivo/ EFE / KAI FORSTERLING.
El expresidente de la Diputación de Valencia con el PP Alfonso Rus, a su llegada a la Ciudad de la Justicia para el juicio de Imelsa, en una imagen reciente. EFE/Ana Escobar

València, 3 feb (OFFICIAL PRESS/EFE).- Uno de los agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que ha testificado este viernes en el juicio de la segunda pieza del caso Imelsa ha asegurado que el exgerente de esta empresa pública y autodenominado ‘yonqui del dinero’, Marcos Benavent, les dijo que «Alfonso Rus y otras personas» le advirtieron a finales de 2014 de que se le investigaba y que debía «dejarlo todo solucionado» e irse del país.

La Sección Segunda de la Audiencia de Valencia ha celebrado este viernes la séptima sesión del juicio por la pieza del caso Imelsa que investiga la contratación irregular de trabajadores en las empresas públicas Imelsa (provincial) y Ciegsa (autonómica).

Este agente ha explicado que inició la investigación tras recibir, por parte de la Fiscalía, unos audios que fueron entregados al Ministerio Público por la entonces diputada de EU y actualmente consellera Rosa Pérez Garijo.

«Benavent explica en una de sus declaraciones, en 2015, que una de las cosas que hizo como gerente de Imelsa fue contratar a personal que realmente no desempeñaba ninguna función en la empresa. Por eso pedimos datos a la Seguridad Social, a la Agencia Tributaria… Muchos de estos contratados eran asesores, y determinamos quiénes eran y cuál había sido su trabajo real», ha declarado este testigo.

Los contratos, según ha dicho este agente de la UCO que les contó Benavent, eran decididos por él mismo o «a petición de empresarios, como José Adolfo Vedri, o pedidos como favores por Alfonso Rus o Emilio Llopis».

Las defensas de los procesados en la segunda de las piezas del caso Imelsa que ha llegado a la fase de juicio han tratado -al igual que sucedió en la primera de las causas- de dudar de la integridad de los soportes en los que se contenían los audios que dieron inicio al caso, así como de su custodia y volcado.

Los agentes de la Guardia Civil han explicado que trabajaron con una copia de los audios contenidos en la memoria portátil o «pendrive» de la marca Kingston entregado por Pérez Garijo al fiscal.

Sin embargo, en la causa consta un segundo «pendrive» (de la marca Intenso) entregado por el exsuegro de Marcos Benavent, Mariano López, con los mismos audios -según sostiene el fiscal- extraídos de un ordenador que Benavent dejaba en su casa.

Un informe pericial encargado por la defensa de Alfonso Rus e incorporado a esta causa (no a la primera porque Rus no estaba procesado en ella) concluye que el contenido de ambos «pendrives» no es idéntico, pues tienen una diferente estructura de carpetas y hay ficheros que están en el primero pero no en el segundo.

Ademas, esta pericial concluye también que el ordenador del que supuestamente se extrajeron dichos audios no ha contenido jamás archivos similares a los hallados en los «pendrives».

Los agentes de la Guardia Civil han afirmado que comprobaron que los audios analizados eran iguales en ambos dispositivos.

En el primero de los juicios de este macrocausa el tribunal avaló como prueba las grabaciones que efectuó Benavent durante años y que dieron inicio a esta causa, e inadmitió todas las dudas que sembraron las defensas sobre la custodia, volcado y posible manipulación de las mismas.

«Se concluye que las transcripciones de las grabaciones realizadas por Benavent de conversaciones particulares en las que intervenía se corresponden con el material efectivamente entregado, tanto en el pendrive Kingston como en el pendrive Intenso», señaló el tribunal en su sentencia.

«Una vez efectuada la grabación en el servidor de los equipos de la UCO, se trabajó en todo momento con copias. Los pendrives están incorporados a las actuaciones, tanto el aportado por doña Rosa (Pérez Garijo), como el aportado por don Mariano (López, exsuegro de Benavent), habiéndose comprobado que los audios de las presentes actuaciones son coincidentes», añadieron los magistrados.

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