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Fin a las cuarentenas para positivos asintomáticos desde este lunes

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Fin a las cuarentenas para positivos asintomáticos desde este lunes 28 de marzo. La Comisión de Salud Pública dio luz verde este martes a la nueva estrategia que normalizará la covid a partir del próximo 28 de marzo, cuando se eliminarán los aislamientos de las personas asintomáticas y leves y dejarán de hacerse pruebas con carácter general.

Así lo han decidido finalmente los directores generales de Salud Pública del Ministerio de Sanidad y de las comunidades en una reunión en la que han establecido que a partir de esa fecha las pruebas diagnósticas se centrarán en mayores de 60, inmunodeprimidos y embarazadas; de ámbitos vulnerables —sanitarios y sociosanitarios—; así como casos graves, en los que se focalizará a partir de ahora la vigilancia.

Fin a las cuarentenas para positivos asintomáticos: Así es la nueva fase

En relación al control de la covid-19, los casos confirmados leves y asintomáticos no realizarán aislamiento y los contactos estrechos no realizarán cuarentena. En este sentido, se emitirán recomendaciones dirigidas a las medidas preventivas como la utilización de mascarilla en todos los ámbitos y evitar contacto con personas vulnerables.

Los técnicos justifican la modificación por los altos niveles de inmunidad alcanzados, que han permitido dejar atrás la fase aguda de la pandemia, pero todavía sigue en vigor la obligatoriedad de las mascarillas en interioresEl presidente Pedro Sánchez avanzó a principios de marzo que podría suprimirse «pronto».

La nueva estrategia de seguimiento y control entrara en vigor el próximo lunes siempre y cuando los indicadores de utilización de servicios asistenciales se encuentren en nivel de riesgo bajo, han informado a EFE fuentes de este órgano.

De la misma forma, seguirá en vigor mientras no se produzca un cambio significativo en la tendencia que indique una circulación no controlada del SARS-CoV-2 o bien un cambio en la situación epidemiológica que requiera restablecer algunas medidas.

Darias: Con síntomas de covid hay que llevar mascarilla sí o sí

No obstante, Carolina Darias ha insistido días después de aprobar esta medidad que quienes «presenten síntomas» deben seguir «llevando la mascarilla» y llamó a la población en general a seguir actuando con «prudencia».

La ministra aseguró que pese haber entrado en una nueva fase en la gestión de la pandemia, «vamos a seguir monitorizando, es verdad que de una manera distinta» y sobre todo «con el foco en los vulnerables».

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¿Qué pasa si Sánchez dimite? ¿Quién sería el presidente? ¿Habría nuevas elecciones?

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¿Qué pasa si Sánchez dimite?
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez- Foto: CONGRESO
¿Qué pasa si Sánchez dimite? La posibilidad de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, renuncie al cargo abre un escenario incierto con muchas incógnitas pero que en su mayoría tienen respuesta en la Constitución y la ley electoral.

¿Qué pasa si Pedro Sánchez dimite?

El artículo 101 de la Constitución Española tiene previsto el escenario de una dimisión o fallecimiento del presidente del Gobierno o de una pérdida de confianza parlamentaria, como podría ser una moción censura.

“El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente”, reza la Carta Magna.

En este caso, la dimisión del jefe del Ejecutivo conllevaría que todo el Gabinete continuaría en funciones hasta que se nombre un nuevo presidente del Gobierno.

Ello significa que el Gobierno estaría limitado en sus atribuciones, sin capacidad para legislar, al igual que sucede pasadas las elecciones generales y antes de elegir al nuevo Gobierno.

¿Quien nombraría al nuevo presidente?

El Congreso sería el encargado de elegir a un nuevo presidente en un proceso idéntico al de las investiduras que se celebran tras unas elecciones generales.

El rey haría una ronda de consultas con los portavoces de los partidos con representación en la Cámara Baja y tras escuchar sus opiniones designaría un candidato.

Fue lo que ocurrió en 1981 cuando dimitió Adolfo Suárez. Su partido, UCD, propuso a Leopoldo Calvo-Sotelo como su sucesor, y tras un debate de investidura, interrumpido en su votación por el intento de golpe de Estado del 23F, fue elegido presidente por el Congreso.

En esta hipótesis, el candidato designado por el rey para suceder a Pedro Sánchez se sometería a un debate de investidura y para ser elegido debería recibir el apoyo de la mayoría absoluta del Congreso en primera votación o más síes que noes en segunda.

Si el candidato no lograra ser investido, arrancaría un plazo de dos meses en el que nuevos candidatos propuestos por el rey pueden optar a la Presidencia. Si tras estos dos meses ningún candidato consigue la confianza del Congreso las Cortes se disuelven de forma automática y se convocan nuevas elecciones generales.

¿Puede Pedro Sánchez convocar elecciones?

La respuesta es no, de momento. En el caso de que Pedro Sánchez no decida renunciar este lunes, fecha que ha fijado para anunciar su decisión, debería esperar, como pronto hasta el próximo 31 de mayo, para convocar elecciones generales.

La ley impide que el presidente disuelva las Cortes antes de que pase un año de la anterior disolución. Solo desde entonces podría aprobar el decreto de disolución y convocatoria de elecciones, que se celebrarían pasados 54 días.

Ello llevaría las elecciones a las últimas semanas del mes de julio. La ley no establece que tengan que celebrarse en domingo, pero si así fuera, lo más probable es que se fueran al 28 de julio.

¿Y si Sánchez decide someterse a una cuestión de confianza?

Otra posibilidad es que Pedro Sánchez no renuncie a su cargo, pero decida por contra presentar una cuestión de confianza.

Se trata de un instrumento político del que dispone el presidente del Gobierno para afrontar una situación de debilidad frente al Parlamento que le ha elegido y mediante el cual el Gobierno pide al Congreso el respaldo a su política.

La Constitución, en su artículo 112, establece que el presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.

Según establece el Reglamento del Congreso, el debate se desarrolla con el mismo formato que las sesiones de investidura. La confianza se entiende otorgada cuando obtenga el voto de la mayoría simple de los Diputados.

Si Sánchez no obtuviera la confianza del Congreso, ocurriría igual que si hubiera dimitido y se iniciaría el proceso para investir a un nuevo presidente, con consultas del rey y un nuevo debate de investidura.

De nuevo, y como en el caso de las investiduras fallidas tras unos comicios generales, el artículo 172 del Reglamento del Congreso fija que si transcurren dos meses y ningún candidato consigue la confianza del Congreso, el presidente de la Cámara someterá a la firma del Rey el decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones.

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