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Grupo Cobendai anuncia preconcurso de acreedores y un ERE en plena crisis por coches no entregados

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Coches que comercializa Cobendai Web Cobendai

Los trabajadores denuncian impagos, falta de medios y ausencia de comunicación oficial mientras crecen las acusaciones de estafa por parte de clientes

El Grupo Cobendai atraviesa uno de los momentos más críticos de su historia. La dirección de la compañía ha comunicado a sus empleados que se encuentra en situación de preconcurso de acreedores y que prevé la aplicación de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) que afectaría a todos sus concesionarios.

La noticia llega en medio de una fuerte polémica tras las denuncias de más de un centenar de clientes que aseguran haber pagado vehículos que nunca recibieron, calificando la operativa de la empresa como una presunta “estafa”.

Comunicación sin notificación oficial a los trabajadores

Según han confirmado varios empleados, el anuncio del preconcurso y del ERE se ha realizado de forma informal, sin documentación oficial ni comunicación escrita.

“Están recorriendo las instalaciones diciendo que estamos en preconcurso con un ERE”, explica uno de los trabajadores, que señala que la información se está trasladando verbalmente durante visitas a los centros de trabajo.

Además, muchos empleados han tenido conocimiento de la situación a través de grupos internos de mensajería, lo que ha incrementado la incertidumbre en la plantilla.

Impagos y falta de recursos en los talleres

La situación interna de la empresa refleja un deterioro significativo. Según fuentes de la plantilla:

  • Hay trabajadores que acumulan hasta dos meses sin cobrar
  • Los talleres operan con falta de suministros básicos, como aceite
  • La actividad continúa pese a la precariedad laboral

“Estamos trabajando sin cobrar y sin medios”, denuncian empleados afectados por la situación.

Problemas legales y laborales ante el posible ERE

Otro de los puntos de conflicto es la falta de estructura laboral para afrontar un proceso de regulación de empleo. Según explican trabajadores, solo una de las empresas del grupo, Motorcar, dispone de comité.

Esto podría complicar la legalidad del ERE, ya que:

  • Es necesario negociar con los representantes de los trabajadores
  • Se requiere constituir una mesa de negociación formal
  • Deben cumplirse procedimientos legales específicos

“Si van a hacer un ERE, tienen que negociarlo; no pueden hacerlo sin representación”, advierten desde la plantilla.

Denuncias de clientes por coches pagados y no entregados

La crisis de Cobendai salió a la luz pública en marzo, cuando decenas de clientes comenzaron a organizarse para denunciar que habían pagado vehículos sin recibirlos.

Las operaciones afectadas estarían vinculadas a varias marcas comercializadas por el grupo, entre ellas:

  • Hyundai
  • MG
  • Suzuki

Los afectados han calificado la situación como una posible estafa y no descartan emprender acciones legales colectivas.

Silencio de la empresa ante la crisis

Hasta el momento, el Grupo Cobendai no ha ofrecido una versión oficial pública sobre la situación, pese a los intentos de distintos medios de comunicación por obtener declaraciones.

El silencio de la compañía, unido a la falta de comunicación interna formal, ha incrementado la preocupación tanto entre empleados como entre clientes.

Un sector en transformación y bajo presión

Este caso se produce en un contexto de transformación del mercado automovilístico en España, marcado por el auge de los vehículos híbridos, la caída del diésel y una creciente competencia internacional.

Sin embargo, la situación de Cobendai pone el foco en problemas estructurales que van más allá del mercado: gestión empresarial, solvencia y protección del consumidor.

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Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda a sus hijos sin pagar IRPF, pero Hacienda advierte de un impuesto

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avales jóvenes vivienda Consell

La ley permite transmitir la vivienda habitual mediante una donación sin tributar por la ganancia patrimonial en el IRPF cuando el propietario supera los 65 años. Sin embargo, los hijos que reciben el inmueble sí deben hacer frente al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y pueden tener otros gastos.

Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda habitual a sus hijos sin tener que pagar IRPF por la ganancia patrimonial que genere la operación. Se trata de una ventaja fiscal contemplada en la legislación española que puede facilitar la transmisión de inmuebles dentro de una familia, especialmente en un momento en el que el acceso a la vivienda continúa siendo uno de los principales problemas para los jóvenes.

Sin embargo, esta posibilidad tiene una advertencia importante: que el progenitor esté exento de pagar IRPF no significa que la donación esté libre de impuestos. El hijo que recibe la vivienda debe liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), además de tener en cuenta otros posibles gastos derivados de la operación.

La exención está recogida en el artículo 33.4.b de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que establece que están exentas las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de la vivienda habitual por personas mayores de 65 años. El beneficio también se aplica a personas en situación de dependencia severa o gran dependencia.

La donación de una vivienda a los hijos también puede estar exenta de IRPF

Aunque la normativa habla de transmisión de la vivienda habitual, la exención no se limita exclusivamente a las compraventas. También puede aplicarse cuando el propietario decide donar el inmueble a sus hijos.

Así lo confirmó la Dirección General de Tributos en su consulta vinculante V2102-24, de 27 de septiembre de 2024, en la que analizó el caso de una persona mayor de 65 años que pretendía donar su vivienda a su hija.

Hacienda determinó que la donación del inmueble genera, con carácter general, una ganancia o pérdida patrimonial para el propietario. No obstante, si se cumplen los requisitos legales para considerar el inmueble como vivienda habitual y el donante tiene más de 65 años, puede aplicarse la exención del IRPF.

Esto significa que el progenitor no tendrá que tributar por la diferencia entre el valor de adquisición de la vivienda y el valor correspondiente a la transmisión, siempre que la operación cumpla las condiciones establecidas.

Los requisitos para donar la vivienda sin pagar IRPF

No basta con haber cumplido los 65 años para beneficiarse de esta ventaja fiscal. El inmueble debe tener la consideración de vivienda habitual conforme a la normativa tributaria.

El artículo 41 bis del Reglamento del IRPF establece, con carácter general, que la vivienda debe haber constituido la residencia habitual del contribuyente durante un periodo continuado de al menos tres años.

Además, existe una circunstancia que conviene conocer: no es imprescindible que el propietario siga viviendo en el inmueble el día de la donación.

La normativa permite aplicar la exención cuando la vivienda haya tenido la consideración de habitual hasta cualquier día de los dos años anteriores a la transmisión. Por tanto, una persona que se haya trasladado a otra residencia también puede beneficiarse de esta ventaja si realiza la donación dentro de ese plazo y cumple el resto de condiciones.

El hijo tendrá que pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

La principal advertencia fiscal afecta a quien recibe la vivienda. Aunque el progenitor esté exento de IRPF, el hijo que recibe el inmueble debe tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ya que se trata de una adquisición gratuita.

La cantidad que tendrá que pagar dependerá de la comunidad autónoma donde corresponda liquidar el impuesto, así como del valor del inmueble, el parentesco y las circunstancias concretas de la operación.

Por este motivo, las diferencias fiscales pueden ser importantes dependiendo del territorio en el que se realice la donación. Las comunidades autónomas cuentan con sus propias bonificaciones y reducciones para las transmisiones entre padres e hijos.

Otros gastos que hay que tener en cuenta antes de donar una vivienda

La exención del IRPF para los mayores de 65 años tampoco elimina automáticamente todos los gastos asociados a la transmisión.

Entre ellos puede encontrarse la plusvalía municipal, cuando proceda, cuyo pago corresponde generalmente al donatario en las transmisiones gratuitas. También hay que contemplar los gastos de notaría y registro de la propiedad.

Por tanto, antes de donar una vivienda habitual a un hijo conviene calcular el coste fiscal completo de la operación y comprobar las bonificaciones autonómicas disponibles.

La posibilidad de transmitir una vivienda sin pagar IRPF puede representar un ahorro importante para los propietarios mayores de 65 años, pero la operación requiere estudiar tanto la situación del donante como la del beneficiario para evitar sorpresas fiscales.

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