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Condenan a un guía de Les Corts por agresión sexual a una menor en una visita escolar

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Vista de una sala de juicios vacía. EFE/Emilio Naranjo/Archivo

València, 28 jun (OFFICIAL PRESS-EFE).- La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un año y tres meses de prisión a un trabajador de Les Corts Valencianes por agredir sexualmente a una menor de edad durante una visita escolar al Parlamento valenciano en octubre de 2022.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE tras el juicio celebrado el pasado día 12, el condenado deberá indemnizar a la víctima con 6.000 euros por daños morales y además se le impone un año de libertad vigilada, que se ejecutará con posterioridad al cumplimiento de la pena de prisión.

También se fija una inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o actividad, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad, por un tiempo superior en dos años a la condena impuesta.

La Audiencia ha decidido imponerle una pena de prisión «ligeramente superior a la mínima», habida cuenta de que el acusado cometió el delito en su lugar de trabajo, mientras realizaba una excursión guiada por el mismo, lo que supone una agresión a la menor en un contexto que era totalmente inesperado para ella.

Según los hechos probados, este trabajador era el guía que realizaba la visita en Les Corts Valencianes el 13 de octubre de 2022 del grupo escolar del que formaba parte la víctima, que entonces tenía 14 años de edad.

Así sucedieron los hechos

Durante un momento de la visita en el que el profesor estaba atendiendo a otros alumnos, el guía cogió a la menor por la cintura y desplazó su mano hasta su glúteo, para posteriormente desplazar la mano hacia sus genitales, sin que esto último llegue a producirse, al apartarse ella y salir del lugar en que se encontraban.

Los tocamientos fueron presenciados por algunos compañeros de la menor, quien huyó del lugar asustada y quedó en estado de ‘shock’ y llorando, y relató los hechos a su profesor y sus padres, que interpusieron la correspondiente denuncia.

La defensa alegó que no podía existir ánimo libidinoso, al ser el autor de los hechos homosexual, pero la Audiencia afirma que eso «no obsta en absoluto la posibilidad de un ataque corporal» y añade que el acusado «puede tener distintos gustos sexuales».

Asimismo, apunta que «el hecho de estar casado con un hombre no obsta que también pueda disfrutar de actos cometidos sobre mujeres, o que inclusive, sean realizados sin animo libidinoso, por mero sentimiento de superioridad, poder o, incluso, por mero fetiche».

Además, da credibilidad a la víctima frente al acusado pues su declaración se produjo en varias ocasiones, sin que existieran contradicciones en su testimonio y exponiendo los hechos con claridad, y no se ha probado la posible existencia de ánimos o posible móvil espurio.

Condenado un guía de Les Corts Valencianes por agresión sexual

La Sala estima la concurrencia de un delito de agresión sexual de menor entidad porque ese tocamiento, «aun siendo este un ataque serio, de gravedad y a una menor de corta edad», fue «un único ataque, fugaz, dirigido a partes de especial protección del cuerpo, como son cadera y glúteos».

Indica que la actuación de la menor «evitó sin duda que se produjera el tocamiento del órgano genital», y por ello considera que «la conducta solo reviste carácter de menor entidad».

«Se trata de actos que no son cometidos bajo violencia o intimidación. Por supuesto, sin acceso carnal. Son tocamientos producidos por encima de la ropa, fugaces y en un único acto, por lo que el resultado material de lesión del bien jurídico protegido puede calificarse como particularmente leve», recoge la sentencia.

La Sala ve «innegable que existe un perjuicio lógico derivado del propio acto sexual, y que este tiene una incidencia en la menor, pero no de relevancia sustancial como para poder aplicar el tipo ordinario y no el atenuado».

No obstante, deja claro que ello «no obsta a la causación de un perjuicio moral, pues la menor ve afectado su rendimiento escolar consecuencia de esta situación», que además le ha afectado a sus relaciones sociales.

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Qué se sabe hasta ahora del anestesista de la clínica dental de Alzira

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ARCHIVO PEXELS

El caso de la clínica dental de Alzira, donde una niña de 6 años falleció tras recibir una sedación y otra menor de 4 años resultó gravemente afectada, continúa avanzando con nuevas revelaciones. La detención del anestesista y de la dueña del centro ha reactivado el interés social y judicial en un episodio que está generando un enorme impacto en la Comunidad Valenciana.


📌 Detención del anestesista: cargos y situación actual

El anestesista, un hombre de 43 años, ha sido detenido acusado de varios delitos graves:

  • Homicidio imprudente

  • Lesiones

  • Omisión del deber de socorro

  • Delitos contra la salud pública

  • Hurto de fármacos

  • Práctica irregular de sedación en un centro no autorizado

Las investigaciones apuntan a que podría haber sustraído medicamentos anestésicos de un hospital público en el que trabajaba.

Trabajaba además en varias clínicas de Valencia, Paterna, Alzira y también en centros de Teruel, lo que abre una línea de investigación sobre si pudo repetir prácticas de riesgo en otros establecimientos.


🏥 La dueña de la clínica: implicación y cargos

La dueña del centro dental también fue detenida. Tras declarar, quedó en libertad provisional, pero sigue investigada por:

  • Omisión del deber de socorro

  • Permitir sedaciones no autorizadas

  • Posibles delitos contra la salud pública

La clínica ha sido clausurada cautelarmente por la Conselleria de Sanidad debido a graves irregularidades.


⚠️ Un centro sin autorización para sedaciones intravenosas

Una de las claves más importantes del caso es que la clínica dental de Alzira no tenía permiso para realizar sedación intravenosa, sino únicamente anestesia local.

Pese a ello:

  • Se realizó sedación intravenosa a dos niñas pequeñas.

  • No había equipamiento adecuado de reanimación.

  • Tampoco contaban con supervisión anestésica reglamentaria ni autorización sanitaria para ese tipo de intervenciones.

Estas irregularidades habrían contribuido directamente al resultado fatal.

Cronología actualizada de los hechos

20 de noviembre de 2025

  • Dos niñas, de 6 y 4 años, acuden a la clínica para un tratamiento dental rutinario.

  • El anestesista administra sedación intravenosa.

  • La niña de 6 años presenta síntomas de malestar durante horas: vómitos, somnolencia, palidez y baja respuesta.

  • Permaneció en observación en la clínica más de lo habitual antes de ser trasladada.

  • Finalmente ingresa en un hospital en parada cardiorrespiratoria y fallece poco después.

La niña de 4 años

  • También presenta síntomas graves tras el procedimiento.

  • Es trasladada y permanece varios días en la UCI pediátrica.

  • Finalmente recibe el alta, aunque continúa bajo seguimiento médico.


🔎 Qué investiga la Policía y la Conselleria de Sanidad

Las autoridades centran sus diligencias en varios puntos esenciales:

Origen de los fármacos

Se sospecha que el anestesista usó medicamentos robados de un hospital donde trabajaba, algo que se investiga como hurto continuado.

Protocolos vulnerados

Se estudia si hubo:

  • Monitorización deficiente

  • Dosis inadecuadas

  • Retraso en activar los servicios de emergencia

  • Falta de consentimiento informado

Responsabilidad de la clínica

La investigación evalúa si la dueña conocía la ausencia de autorización para sedación y aun así permitió su aplicación.

Registros y pruebas

La Policía ha registrado:

  • La clínica dental

  • El domicilio del anestesista

  • El hospital donde trabajaba

  • Material anestésico y documentación sanitaria


Investigación judicial en marcha

El asunto ya está bajo instrucción judicial. El juzgado estudia:

  • Informes toxicológicos

  • Informe preliminar de autopsia

  • Historial profesional del anestesista

  • Declaraciones de empleados y testigos

  • Comunicaciones internas de la clínica

  • Peritajes sobre los fármacos empleados

Aún no se ha comunicado oficialmente la causa exacta de la muerte, pero todo apunta a una combinación de sedación indebida, reacción adversa no controlada y posible negligencia.


❗ Aspectos pendientes por aclarar

Los próximos días serán clave para resolver:

  • El resultado definitivo de la autopsia.

  • El origen real de los medicamentos.

  • Si el anestesista actuaba igual en otras clínicas.

  • El grado de implicación de la dirección del centro.

  • Posibles responsabilidades civiles y penales hacia ambas familias.


🛑 Un caso que puede cambiar la regulación sanitaria

Este suceso ha reabierto el debate sobre:

  • El control de las clínicas dentales privadas

  • La regulación de sedaciones infantiles fuera del ámbito hospitalario

  • La supervisión del uso de fármacos anestésicos

  • La formación y acreditación del personal autorizado para sedación

Expertos en salud pública y sociedades médicas advierten que este caso podría marcar un antes y un después en el uso de sedación en clínicas dentales pediátricas.

La jueza deja en libertad al anestesista de la clínica dental de Alzira tras la muerte de una niña

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