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La circulación de furgonetas y camiones está prohibida en estas calles durante las tardes de la Feria de Murcia

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Las labores de carga y descarga podrán efectuarse entre las 9 horas y las 13 horas

 

La Policía Local, dependiente de la Concejalía de Tráfico y Seguridad Ciudadana, que dirige Lola Sánchez, y con el fin de mejorar las medidas de autoprotección que tradicionalmente se vienen adoptando durante la Feria de Murcia, va a restringir la carga y descarga en la ciudad de Murcia desde mañana 31 de agosto hasta el 12 de septiembre.

 

De esta forma se prohíbe la circulación de vehículos de la categoría de furgonetas y camiones de cualquier tonelaje en las siguientes zonas y horarios:

–       9 de septiembre desde las 16.00 horas hasta las 02.00 horas del día siguiente, calles Torre de Romo, Floridablanca, Cartagena, Marqués de Corvera, Princesa, Infante Juan Manuel, Río Segura, Tte. Flomesta, Plano San Francisco, Alfonso X I Sabio, Constitución, Marcos Redondo, Acisclo Díaz y Maestro Alonso, y las vías y calles de acceso a las mismas.

 

–       12 de septiembre desde las 07.00 horas hasta las 09.30 horas, en las calles Gran Vía, Tte. Flomesta, Plano San Francisco, Torre de Romo, Princesa, Infante Juan Manuel, Marqués de Corvera, Floridablanca, Cartagena, Mozart y San Juan de la Cruz, Pintor Pedro Flores y Almela Costa, y las vías y calles de acceso a las mismas.

 

 

Así, las labores de carga y descarga podrán efectuarse en las fechas señaladas, entre las 9 horas y las 13 horas, excepto en los siguientes días:

 

–       Días 3 de septiembre, se podrá realizar entre las 09:00 y las 11:30 horas.

–       Días 9 de septiembre, se podrá realizar entre las 09:00 y las 12:00 horas

–       Días 10 de septiembre, se podrá realizar entre las 09:00 y las 10:30 horas

 

La concejal Lola Sánchez ha explicado que «la alta concentración de personas que se produce durante el desarrollo de determinados eventos de la Feria de Murcia, hace necesario que se adopten de forma habitual medidas de protección como ésta. Por ello, pedimos la comprensión y colaboración de todos porque nuestro fin es garantizar las seguridad durante estos días».

 

A través de la concejalía de Empleo, turismo y Cultura y la de Comercio y Relaciones Institucionales se ha informado a todos los establecimientos de estas restricciones.

 

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Nueva ayuda del SEPE hasta 570 €: Estos son los requisitos

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Estas son las ofertas de trabajo del SEPE

Requisitos, cuantía, plazos y cómo solicitar esta ayuda económica paso a paso

Desde abril de 2025, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha activado una nueva ayuda económica para personas desempleadas que han agotado el paro contributivo, tienen entre 30 y 55 años, y perciben menos de 810 € mensuales, es decir, el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Esta prestación busca dar respaldo económico a un colectivo vulnerable, simplificando el proceso administrativo: no es necesario declarar los ingresos familiares ni esperar un periodo determinado para poder solicitarla.


🧾 Requisitos para acceder al nuevo subsidio del SEPE en 2025

Para poder beneficiarse de esta ayuda, debes cumplir todos los siguientes requisitos:

  • ✅ Tener entre 30 y 55 años en el momento de la solicitud.

  • ✅ Haber agotado por completo la prestación contributiva por desempleo.

  • ✅ Contar con ingresos mensuales inferiores a 810 € (75 % del SMI).

  • ✅ Estar inscrito como demandante de empleo y haber firmado la Declaración de Búsqueda Activa de Empleo.

  • ✅ Haber cotizado al menos 15 años a la Seguridad Social, incluyendo 2 años en los últimos 15.

  • ✅ Presentar la solicitud dentro de los 6 meses posteriores a la finalización del paro.

⚠️ Importante: Si no cumples uno solo de estos puntos, el SEPE rechazará tu solicitud sin posibilidad de subsanación.


💰 ¿Cuánto se cobra con esta ayuda del SEPE?

La cuantía de la ayuda varía progresivamente para fomentar la reincorporación al empleo. Este es el desglose de pagos:

🗓️ Periodo 💶 Cuantía mensual
Meses 1 a 6 570 €
Meses 7 a 12 540 €
A partir del mes 13 480 €

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