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La Generalitat elimina las tasas al despliegue de fibra óptica en las carreteras

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VALÈNCIA, 2 Ene. (EUROPA PRESS) – La Generalitat ha aprobado la modificación de la Ley de Tasas de la Generalitat para eliminar las tasas al despliegue de fibra óptica en las carreteras, lo que facilitará la extensión de la cobertura de banda ancha a las zonas rurales poco pobladas y polígonos industriales. La medida se incluye en la conocida como ‘ley de acompañamiento’.

El conseller de Hacienda y Modelo Económico, Vicent Soler, ha reconocido que «la Generalitat estaba imponiendo unas tasas muy altas que ejercían un efecto disuasorio sobre los operadores de telecomunicaciones y paralizaban el despliegue de redes de banda ancha».

Así, la modificación «resultaba imprescindible para hacer viables estas inversiones, reduciendo los elevados costes del despliegue de redes, que hacían que los operadores no atendieran adecuadamente las necesidades de las diversas poblaciones del interior rural de la Comunitat».

La ley imponía tasas a la instalación de conducciones destinadas a telecomunicaciones (43 euros por metro lineal), lo que superaba en un 75% la media de todas las comunidades autónomas. Con este cambio, la Comunitat ofrecerá unas condiciones para la inversión de los operadores de telecomunicaciones similar al resto del Estado, eliminando así el agravio comparativo frente a otras regiones y favoreciendo el despliegue de redes de banda ancha de alta velocidad en el territorio.

Se estima que, de los elevados costes que conlleva el despliegue de redes de fibra óptica en el ámbito rural, más del 75% son derivados de la obra civil para la construcción de infraestructuras de soporte o pasivas (conductos, cámaras subterráneas, bocas de inspección, distribuidores, postes, mástiles, instalaciones de antenas, torres y otras construcciones de soporte).

Además, como principales barreras al despliegue de estas redes, la Directiva europea 2014/61/UE destaca los procedimientos administrativos de autorización, la ineficiencia en la utilización de infraestructuras existentes y los obstáculos a la realización de nuevas obras civiles.

El conseller ha recordado que «la eliminación de estas tasas había sido muy demandada por el sector de las telecomunicaciones, ya que la realidad del despliegue de fibra en las áreas rurales de la Comunitat dista mucho de los objetivos marcados por la Unión Europea para 2020».

Ha afirmado que «las tasas de la Generalitat, vigentes hasta ahora, desincentivaban la inversión, a pesar de que una de las prioridades del Consell es llevar la cobertura de redes de banda ancha a todos los rincones de la Comunitat, como factor de inclusión social, vertebración territorial y motor del cambio de modelo económico».

Para subsanar esta contradicción, se ha aprobado la modificación de la Ley 20/2017, en concreto, el artículo 13.1-1 que regula el hecho imponible de la tasa por uso común especial o uso privativo de los bienes de dominio público de la Generalitat, en particular, el dominio público viario.

Con esta modificación, no se realizará el hecho imponible cuando la ocupación o el uso de los bienes de dominio público autonómico lleven aparejados el despliegue o explotación de una red pública de telecomunicaciones que permita ofrecer servicios de banda ancha alineados con los objetivos estratégicos de la Generalitat en este ámbito.

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Los cambios de la DGT que entran en vigor este 1 de octubre y afectan a miles de conductores

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tráfico en valencia hoy

La nueva reforma del Reglamento General de Circulación cambia las reglas para patinetes, bicicletas, motos y conductores y crea nuevas obligaciones en carretera y ciudad

Desde este jueves 1 de octubre de 2026 entra en vigor una importante reforma del Reglamento General de Circulación que afecta a miles de usuarios de las carreteras y calles españolas. El Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, modifica las normas de circulación para reforzar la protección de los denominados usuarios vulnerables: peatones, ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), motoristas y ciclomotoristas.

La reforma introduce nuevas obligaciones para quienes conducen patinetes eléctricos, bicicletas, motocicletas y ciclomotores, modifica las condiciones para adelantar a determinados usuarios de la vía y establece nuevas reglas para circular durante una retención y facilitar el paso de los servicios de emergencia.

También incorpora por primera vez al Reglamento General de Circulación un título específico dedicado a las normas de circulación en vías urbanas.

Pero hay que tener en cuenta que no todas las medidas comienzan a aplicarse este 1 de octubre. Algunas obligaciones se han aplazado hasta 2027 y otras dependen de un desarrollo técnico posterior.

Los cambios para los patinetes eléctricos

Los usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), entre los que se encuentran los patinetes eléctricos, tendrán desde este jueves nuevas obligaciones.

La edad mínima para conducir un VMP queda fijada en 15 años. Por tanto, los menores de esa edad no podrán conducir este tipo de vehículos.

Además, el casco de protección pasa a ser obligatorio para los usuarios de VMP. El chaleco reflectante también será obligatorio por la noche o cuando las condiciones de visibilidad sean reducidas.

El nuevo reglamento también establece que, fuera de los núcleos urbanos, los VMP podrán circular por vías segregadas del tráfico a motor, como vías ciclistas o carriles bici, salvo que exista una prohibición señalizada.

El alumbrado permanente del patinete tendrá que esperar

Uno de los cambios que aparece asociado a la reforma no entra en vigor este 1 de octubre.

La obligación de que los VMP lleven el alumbrado encendido permanentemente, también durante el día, comenzará a aplicarse el 1 de octubre de 2027.

Por tanto, los usuarios de patinetes deben distinguir entre las obligaciones que comienzan ahora y las que se incorporarán dentro de un año.

Nuevas reglas para las bicicletas

La reforma también modifica las condiciones de circulación de las bicicletas.

En vías interurbanas, todos los ciclistas deberán utilizar casco. Se eliminan las exenciones que existían hasta ahora.

Además, cuando un vehículo adelante a una bicicleta en una vía interurbana deberá:

  • Mantener una distancia lateral mínima de 1,5 metros.
  • Reducir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía.
  • Cambiar completamente de carril cuando la carretera tenga más de un carril por sentido.

En las vías urbanas, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril, una medida destinada a mejorar su seguridad.

Además, cuando una bicicleta circule delante de un vehículo a motor por el mismo carril, el conductor deberá mantener una distancia mínima de cinco metros.

En determinadas calles urbanas de un solo carril y con velocidad máxima de 30 km/h, los ayuntamientos podrán permitir, previa señalización, que las bicicletas circulen en los dos sentidos.

Adiós a determinadas situaciones de ámbar en los semáforos

Otra de las novedades afecta a los semáforos de los pasos de peatones.

Como norma general, no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para los vehículos con la luz verde para los peatones.

La reforma pretende evitar situaciones en las que los vehículos reciben autorización para continuar mientras los peatones tienen simultáneamente permiso para cruzar.

Así cambia el adelantamiento a ciclistas y otros usuarios vulnerables

La nueva normativa refuerza también las condiciones para adelantar a ciclistas.

La distancia lateral mínima de 1,5 metros se mantiene, pero en las vías con más de un carril por sentido será obligatorio realizar un cambio completo de carril.

Además, en las vías interurbanas habrá que reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite establecido.

Estas medidas buscan reforzar la seguridad de quienes circulan en bicicleta, especialmente en carreteras donde la diferencia de velocidad respecto a los vehículos a motor puede ser elevada.

Nuevas obligaciones para los motoristas

Los conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores también tienen nuevas obligaciones desde este jueves.

En vías interurbanas será obligatorio utilizar guantes de protección y, en cualquier tipo de vía, el calzado deberá ser cerrado. La DGT señala que ambas obligaciones constituyen infracciones graves sancionables con 200 euros.

No obstante, existe un matiz importante respecto a los guantes: la exigencia de utilizar guantes con las características técnicas que se establezcan específicamente quedará vinculada a la entrada en vigor de la correspondiente orden ministerial. Mientras tanto, se utilizarán guantes de protección de las características empleadas actualmente.

El casco homologado para ciclomotores se retrasa

La nueva obligación de que los usuarios de ciclomotores utilicen un casco homologado, y no simplemente certificado, no comienza este 1 de octubre.

Esta medida entrará en vigor el 1 de octubre de 2027.

Las motos podrán utilizar el arcén en determinadas retenciones

La reforma también regula una situación habitual cuando se produce una gran congestión.

Las motocicletas podrán circular por el arcén derecho cuando exista una situación de congestión del tráfico, pero no podrán hacerlo de forma libre por cualquier carretera.

Será necesario que el tramo esté previamente señalizado y la velocidad máxima será de 30 km/h.

Por tanto, la nueva norma no permite a los motoristas utilizar cualquier arcén para adelantar a los vehículos que están parados.

Los riders tendrán nuevas obligaciones

La reforma presta especial atención a quienes utilizan estos vehículos para trabajar.

Los profesionales que desarrollen su actividad utilizando bicicletas, VMP, ciclomotores o motocicletas deberán utilizar casco y chaleco reflectante en todo momento.

En el caso de los riders que trabajan con bicicleta o VMP, estas obligaciones se aplican mientras desarrollen su actividad profesional. La DGT considera su incumplimiento una infracción grave con una sanción económica de 200 euros.

Así habrá que formar el carril de emergencia en un atasco

Otra de las novedades afecta a las retenciones.

Cuando los vehículos circulen a paso de peatón o tengan que detenerse debido a la congestión, los conductores deberán colocarse de manera que quede libre un espacio central para permitir el paso de vehículos de policía, ambulancias, bomberos y otros servicios de emergencia.

El objetivo es crear el denominado carril de emergencia.

En las vías con dos carriles por sentido, el espacio se formará entre ambos carriles.

En carreteras con tres o más carriles por sentido, el hueco deberá quedar entre el carril situado más a la izquierda y el siguiente.

De esta forma, los vehículos del carril izquierdo deberán apartarse hacia la izquierda, mientras que los vehículos de los demás carriles deberán desplazarse hacia la derecha.

Nuevas normas para peatones y circulación urbana

La reforma incorpora un nuevo título VI al Reglamento General de Circulación, dedicado específicamente a las normas de circulación en vías urbanas.

También se reconoce jurídicamente la figura de los caminos escolares seguros, definidos como itinerarios acondicionados por las autoridades para favorecer que los menores puedan desplazarse a los centros educativos caminando, en transporte público o mediante medios de movilidad no motorizados.

El nuevo reglamento también establece cambios en diferentes aspectos de la circulación urbana y busca establecer un marco común para los distintos modos de desplazamiento, aunque los ayuntamientos mantienen capacidad para ordenar determinadas cuestiones mediante sus propias ordenanzas.

Los cambios que entran en vigor y los que se retrasan

Estas son las principales fechas que deben tener en cuenta los conductores:

Desde el 1 de octubre de 2026:

  • Edad mínima de 15 años para conducir un VMP.
  • Casco obligatorio para usuarios de VMP.
  • Chaleco reflectante para VMP de noche o con baja visibilidad.
  • Nuevas reglas para adelantar a ciclistas.
  • Casco obligatorio para ciclistas en vías interurbanas sin las antiguas exenciones.
  • Distancia mínima de cinco metros entre vehículos y bicicletas que circulen delante en el mismo carril urbano.
  • Guantes de protección para motoristas y pasajeros en vías interurbanas, con las particularidades de su desarrollo técnico.
  • Calzado cerrado para motoristas en cualquier vía.
  • Regulación del uso del arcén derecho por motocicletas en determinadas congestiones.
  • Nuevas reglas para crear el carril de emergencia.
  • Cambios en los semáforos de pasos de peatones.
  • Nuevas normas específicas para la circulación urbana.

Desde el 1 de octubre de 2027:

  • Alumbrado permanente de los VMP, también durante el día.
  • Casco homologado, y no simplemente certificado, para los usuarios de ciclomotores.

La reforma supone así uno de los principales cambios recientes del Reglamento General de Circulación y afecta especialmente a quienes utilizan patinetes, bicicletas y motos, pero también a los conductores de turismos que tendrán que adaptar determinadas maniobras, especialmente al adelantar y durante las retenciones.

 

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