Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Más del 60% de los valencianos a favor de restringir el tráfico en el centro de las ciudades

Publicado

en

València prohibirá entrada vehículos contaminantes 2028

MADRID, 27 Nov. (EUROPA PRESS)- El 63% de los valencianos se muestra a favor de restringir el tráfico en el centro de las ciudades, según se desprende de la última oleada del ‘Barómetro sobre Neurociencia y Sociedad’ llevado a cabo por IPSOS a nivel nacional. El porcentaje es el mismo que se obtiene a nivel nacional, aunque son los españoles de entre 30 y 39 años los menos convencidos de restringir el tráfico, con un 47% de detractores.

Según los últimos datos del Barómetro, en el conjunto del país, los votantes del PSOE (76%) y Unidos Podemos (73%) apoyan mayoritariamente esta medida, mientras que en el caso de Ciudadanos, el porcentaje de apoyo en inferior (61%). Al igual que en los del PP: los afines a restringir el tráfico en el ámbito urbano sólo alcanzan el 52%.

Por regiones, Galicia es la comunidad autónoma que más apoya la iniciativa, con un 78% de encuestados a favor, 15 puntos por encima de la media nacional. En segundo lugar, y en línea con los resultados obtenidos a nivel nacional, se sitúa Cataluña (65% a favor), Madrid (64%) y Comunitat Valenciana (63%).

Por el contrario, parece que los vascos no cuentan con una opinión mayoritaria en este aspecto, con un 55% de la población partidaria a la restricción del tráfico, frente al 45% en contra.

El Barómetro también ha analizado esta cuestión en la Comunidad de Madrid, donde entrará en vigor este viernes 30 de noviembre el Plan de Movilidad regional.

Así, el 64% de los encuestados se muestran partidarios de restringir el uso del vehículo privado en la almendra central, frente al 36% que está en contra. Resultados que van muy en línea con la opinión del conjunto de los residentes en España sobre este tema.

Por intención de voto, los datos muestran una clara preferencia por la adopción de esta medida por parte de los votantes de Unidos Podemos en Madrid, con un 93% a favor, y entre los votantes del PSOE, con un apoyo mayoritario que alcanza el 88%, porcentajes muy superiores a la media nacional.

Sin embargo, el electorado madrileño de Ciudadanos y PP se debaten entre el sí y el no, sin una clara preferencia, aunque con victoria del ‘no’: 48% a favor y 52% en contra entre los votantes de la formación naranja, y el 42% a favor y 58% en contra en el caso de los ‘populares’.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Convivir con mayores de 65 años: Hacienda podrá darte hasta 1.150 euros

Publicado

en

Hacienda mayores 65 años
Hacienda-ARCHIVO

Esta ayuda fiscal puede aplicarse en la declaración de la Renta si convives con un padre, madre, abuelo o cualquier ascendiente mayor

¿Sabías que si convives con una persona mayor de 65 años puedes ahorrarte hasta 2.250 euros en la declaración de la Renta? Se trata de un beneficio fiscal contemplado por la Agencia Tributaria que puede suponer un importante alivio económico para miles de familias en España.

¿En qué consiste esta deducción?

La deducción fiscal por ascendientes mayores de 65 años se aplica en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) y está diseñada para contribuir a los gastos de las familias que cuidan a personas mayores en el hogar. Este incentivo puede alcanzar los 1.150 euros anuales por cada persona que reúna los requisitos, e incluso llegar hasta los 2.250 euros si el ascendiente tiene más de 75 años.

¿Quién puede beneficiarse de esta ayuda?

Para poder acceder a esta deducción, deben cumplirse una serie de requisitos específicos:

✔ Edad y parentesco del ascendiente

  • Debe tratarse de un ascendiente en línea recta: padre, madre, abuelo o bisabuelo del contribuyente.

  • El ascendiente debe tener 65 años o más.

  • En caso de discapacidad reconocida del 33% o superior, no se exige límite de edad.

✔ Convivencia

  • Es obligatorio que el ascendiente resida con el contribuyente durante al menos la mitad del año fiscal.

  • En el caso de personas con discapacidad, también se acepta la estancia en centros especializados como forma válida de convivencia.

✔ Límite de ingresos

  • El ascendiente no debe haber obtenido ingresos superiores a 8.000 euros anuales (sin contar las rentas exentas).

  • Además, no puede haber declarado más de 1.800 euros en su propia declaración de la Renta.

✔ Fallecimiento del ascendiente

  • Si el ascendiente fallece durante el año fiscal pero cumple los requisitos anteriores, se mantiene el derecho a deducción (1.150 euros).


¿Cuánto puedes deducirte?

Situación del ascendiente Cuantía deducible
Mayor de 65 años 1.150 €
Mayor de 75 años 2.250 €
Fallecido durante el año 1.150 €

La deducción se aplicará automáticamente si se cumplen las condiciones y se reflejan correctamente en el borrador de la Renta. Por eso, es importante revisar bien los datos personales y familiares antes de confirmar la declaración.


¿Cómo aplicar esta deducción?

  1. Verifica que todos los datos fiscales estén actualizados, especialmente la residencia habitual del ascendiente.

  2. Comprueba los ingresos anuales del ascendiente, que deben estar dentro de los límites exigidos.

  3. Asegúrate de que la convivencia se mantuvo durante más de 183 días al año.

  4. Si procede, incluye la deducción correspondiente en el apartado de «mínimos personales y familiares» del borrador.


Un alivio fiscal para quienes cuidan a sus mayores

Esta deducción es una forma de reconocer el esfuerzo de miles de familias que asumen el cuidado de personas mayoresen sus propios hogares, favoreciendo además el mantenimiento del entorno familiar y reduciendo la presión sobre el sistema asistencial público.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo