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Muere una chica de 35 años intoxicada por la combustión de una barbacoa en Murcia

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Una chica de 36 años ha fallecido por intoxicación de monóxido de carbono, esta mañana, en Murcia. La combustión de una barbacoa en el interior del domicilio, situado en la pedanía murciana de Santiago de la Ribera (San Javier) ha sido la causa del trágico suceso. Su pareja, un hombre de 42 años, ha sido trasladado al hospital en coma.

Emergencias 112 recibía la llamada a las 10.40 horas en la que se les informaba de que el interior de una vivienda de la referida localidad habían encontrado a una mujer, posiblemente muerta, y a su pareja inconsciente a consecuencia del gas emanado por una barbacoa que se encontraba encendida en el interior de la vivienda.

Hasta el lugar se movilizaron patrullas de la Policía Local, Guardia Civil y ambulancias con personal sanitario del Servicio de Emergencias del Ayuntamiento de San Javier y de la Gerencia de Urgencias y Emergencias Sanitarias 061. A la llegada de los servicios de emergencia, la mujer había muerto y el hombre fue trasladado a la Unidad de Cuidados Intensivos del hospital Los Arcos del Mar Menor, de San Javier.

En la misma vivienda se encontraban 11 niños de entre 10 y 11 años de edad, que no han resultado afectados por el gas. Para ellos se ha solicitado asistencia psicológica al Grupo de Intervención Psicológica en Desastres del Colegio Oficial de Psicólogos de la Región de Murcia.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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