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OPOSICIONES | València aprueba 50 plazas para agentes de la Policía Local

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Suspenso masivo en las oposiciones a docentes

VALÈNCIA, 21 Feb.- La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de València aprobará este viernes 22 de febrero las bases de la tercera convocatoria de oposiciones en este mandato para cubrir nuevas plazas de agentes de la Policía Local. En total serán 50 nuevas plazas, que se sumarán a las 70 de los dos procesos abiertos previamente durante este mandato. Ya hay 30 agentes nuevos trabajando en nuestra ciudad como resultado de la primera convocatoria de oposiciones mientras que la segunda, con 40 plazas nuevas, está en marcha ahora mismo.

El concejal de Gobierno Interior del Ayuntamiento de València, Sergi Campillo, ha explicado que en el mismo proceso de libre concurrencia a estas 50 plazas nuevas para agentes de Policía Local se sumarán todas las plazas adicionales derivadas de las jubilaciones anticipadas este año. «Podremos estar ante la mayor convocatoria de oposiciones en décadas en nuestro ayuntamiento», ha asegurado el concejal.

Además, como ya ocurrió en la segunda convocatoria de oposiciones, un 30 por ciento de las plazas estarán reservadas para mujeres, atendiendo así la normativa vigente y el Plan de Igualdad para el personal del Ayuntamiento de València. Esto supondrá, al menos, 11 plazas de turno libre y cuatro para movilidad (el procedimiento selectivo será el de oposición para el turno libre y el de concurso para el de movilidad).

El edil ha destacado el compromiso del gobierno de Joan Ribó con el servicio público que realiza el personal del Ayuntamiento y, en concreto, con la seguridad que garantizan las mujeres y los hombres que conforman el cuerpo de la Policía Local. «No solo hemos convocado oposiciones para agentes de Policía por primera vez, después de muchos años sin un solo agente nuevo, sino que los 30 primeros ya están trabajando, plenamente operativos, ya tenemos en marcha las pruebas que permitirán incorporar otros 40 y ahora comenzamos el proceso para añadir medio centenar más, además de la cobertura de las jubilaciones anticipadas. El compromiso es tan necesario como firme y visible», ha afirmado.

Las bases que se aprobarán mañana se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia; el anuncio de la convocatoria, en extracto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en el Boletín Oficial del Estado, así como en la web municipal y en el tablón de edictos de la Corporación.

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El permiso de 4 días que muchos trabajadores desconocen: cuándo puedes faltar al trabajo por lluvias y cobrar el sueldo

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ÚLTIMA HORA LLUVIAS

Las lluvias intensas, las inundaciones y los fenómenos meteorológicos adversos pueden impedir que miles de trabajadores lleguen con seguridad a sus puestos de trabajo. En estos casos, la legislación española contempla un permiso retribuido de hasta cuatro días cuando desplazarse hasta el centro de trabajo resulte imposible o implique un riesgo grave.

Este derecho está recogido en el artículo 37.3.g) del Estatuto de los Trabajadores y fue incorporado tras la DANA de 2024. La norma establece una protección específica ante situaciones meteorológicas adversas y otras emergencias que impidan el desplazamiento.

¿Puedo faltar al trabajo si llueve mucho?

No significa que cualquier día de lluvia permita automáticamente faltar al trabajo.

El permiso se puede aplicar cuando no sea posible acceder al centro de trabajo o utilizar las vías necesarias para llegar hasta él debido a recomendaciones, limitaciones o prohibiciones de desplazamiento establecidas por las autoridades competentes.

También se contempla cuando existe una situación de riesgo grave e inminente, incluidas las provocadas por una catástrofe o por un fenómeno meteorológico adverso.

Por tanto, una lluvia habitual no activa por sí sola este permiso. Debe existir una situación que haga imposible o peligrosa la movilidad en los términos establecidos por la legislación.

Hasta 4 días de permiso retribuido

Cuando se cumplen las condiciones previstas en el Estatuto de los Trabajadores, la persona trabajadora puede disfrutar de hasta cuatro días de permiso retribuido.

Durante ese periodo, la ausencia está justificada y no supone perder el salario. La medida está diseñada especialmente para situaciones en las que acudir físicamente al puesto de trabajo no es seguro o no resulta posible por las condiciones meteorológicas y de movilidad.

La norma establece expresamente que el permiso puede utilizarse cuando las circunstancias impidan acceder al centro de trabajo o transitar por las vías necesarias para llegar hasta él.

¿Qué ocurre si la emergencia dura más de cuatro días?

Los cuatro días no significan necesariamente que el trabajador tenga que regresar al puesto aunque continúe existiendo la situación de peligro.

El propio Estatuto establece que, una vez transcurridos los cuatro días, el permiso se prolongará mientras permanezcan las circunstancias que lo justificaron. Al mismo tiempo, la empresa puede recurrir a mecanismos como la suspensión del contrato o la reducción de jornada por fuerza mayor cuando se mantenga la imposibilidad de acceder al centro de trabajo.

Por tanto, si las vías continúan afectadas por inundaciones, cortes o restricciones oficiales, la situación laboral puede pasar a estar regulada mediante otros mecanismos de fuerza mayor.

¿Y si puedo trabajar desde casa?

La legislación también contempla el trabajo a distancia cuando la actividad sea compatible con esta modalidad y las comunicaciones permitan mantener el trabajo.

En ese supuesto, la empresa puede establecer el trabajo a distancia y debe cumplir las obligaciones previstas en la normativa correspondiente, incluyendo el suministro de los medios, equipos y herramientas necesarios.

Esto permite diferenciar entre dos situaciones: cuando el trabajador no puede desplazarse y debe acogerse al permiso previsto por la ley, y aquellos puestos en los que la actividad puede mantenerse mediante teletrabajo.

¿Qué dice exactamente el Estatuto de los Trabajadores?

El artículo 37.3.g) recoge el derecho a hasta cuatro días cuando exista imposibilidad de acceder al centro de trabajo o de transitar por las vías necesarias como consecuencia de recomendaciones, limitaciones o prohibiciones de desplazamiento de las autoridades, o cuando exista un riesgo grave e inminente derivado, entre otros supuestos, de un fenómeno meteorológico adverso.

La misma regulación establece que, si las circunstancias continúan después de esos cuatro días, el permiso puede prolongarse hasta que desaparezcan las causas que lo originaron.

Un derecho especialmente importante durante episodios de lluvias torrenciales

Este permiso laboral adquirió especial relevancia después de la DANA de octubre de 2024, que provocó graves problemas de movilidad y afectó a numerosos municipios de la Comunitat Valenciana.

El Gobierno incorporó entonces esta protección específica al Estatuto de los Trabajadores mediante el Real Decreto-ley 8/2024, modificando también las reglas relativas a la fuerza mayor temporal.

Además, la normativa reconoce a la representación legal de los trabajadores el derecho a ser informada por la empresa sobre las medidas previstas cuando se activan alertas por catástrofes y otros fenómenos meteorológicos adversos.

Lo importante: no hay que confundir lluvia con imposibilidad de desplazamiento

La existencia de precipitaciones, por sí sola, no concede automáticamente cuatro días libres pagados.

El derecho está vinculado a circunstancias concretas: restricciones o recomendaciones oficiales de desplazamiento, imposibilidad de acceder al centro de trabajo o un riesgo grave e inminente relacionado con el fenómeno meteorológico.

Por eso, ante episodios de lluvias torrenciales, inundaciones o alertas meteorológicas, los trabajadores deben consultar las indicaciones de las autoridades y las instrucciones comunicadas por su empresa antes de desplazarse.

La clave

Hasta cuatro días de permiso retribuido cuando un fenómeno meteorológico adverso impide o hace peligroso acudir al trabajo en las condiciones previstas por el Estatuto de los Trabajadores. Si la situación continúa, la protección puede prolongarse y pueden entrar en juego medidas de fuerza mayor o el trabajo a distancia.

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