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¿Qué sucede tras la muerte del papa Francisco? Así se elige al nuevo pontífice en el cónclave

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Qué sucede tras muerte papa
Papa Francisco- EFE/VINCENZO PINTO/Archivo

Tras el fallecimiento del papa Francisco, se activa el protocolo de la Sede Vacante que da inicio al proceso para elegir a su sucesor. Con la Capilla Sixtina como escenario, los cardenales se preparan para una elección que marcará el futuro de la Iglesia católica. Te explicamos qué sucede tras la muerte del papa.

Fallecimiento y activación del protocolo ‘Sede Vacante’

El papa Francisco ha fallecido a los 88 años en su residencia de la Casa Santa Marta, tras varias semanas de complicaciones respiratorias. Había sido hospitalizado el 14 de febrero en el hospital Gemelli de Roma por una neumonía bilateral. Aunque llegó a recibir el alta médica, finalmente su estado se agravó en los últimos días. Su muerte pone fin a un pontificado de doce años marcado por su espíritu reformista, su cercanía a los más vulnerables y su defensa de una Iglesia más humilde y comprometida con los desafíos sociales.

Tras su fallecimiento, el Vaticano activa oficialmente el protocolo de la ‘Sede Vacante’, que contempla una serie de pasos institucionales y litúrgicos hasta la elección de un nuevo papa.

El cónclave: así se elige al nuevo papa

El proceso de elección del nuevo pontífice se celebra en el interior de la Capilla Sixtina, a puerta cerrada, y está reservado a los cardenales menores de 80 años. En esta ocasión, participarán 138 cardenales, quienes deben alcanzar una mayoría de dos tercios para proclamar al nuevo papa.

Durante la ‘Sede Vacante’, los cardenales vestirán sotana negra con botones y fajín rojos, según marca el protocolo. Las votaciones comienzan tras las congregaciones generales, y con cada jornada se suceden las fumatas: negra si no hay acuerdo y blanca si se ha elegido papa.

Entre los nombres que suenan como favoritos destacan los italianos Mauro Piacenza, Pietro Parolin y Matteo Zuppi, así como el húngaro Péter Erdö. España contará con siete cardenales electores, seis de ellos nombrados por el propio Francisco, aunque ninguno figura entre los principales candidatos, según los vaticanistas.

Cambios en los funerales: el legado de Francisco también en la liturgia

Durante su pontificado, el papa Francisco introdujo reformas en los rituales funerarios para adaptarlos a una visión más sencilla y evangélica. Así quedó reflejado en el ‘Ordo Exsequiarum Romani Pontificis’, aprobado el 29 de abril de 2024.

Entre los cambios más significativos se encuentra la eliminación del triple féretro (ciprés, plomo y roble), la exposición del cuerpo sin catafalco y la simplificación de los títulos utilizados durante la ceremonia, priorizando los términos «papa», «obispo de Roma» y «pastor» frente a «Romano Pontífice».

Además, se prevé la posibilidad de que el papa sea enterrado fuera de la basílica vaticana. Francisco ya había manifestado su deseo de ser sepultado en la basílica de Santa María la Mayor en Roma.

Las tres estaciones tras la muerte del pontífice

El protocolo contempla tres momentos clave:

  1. Primera estación: La constatación de la muerte se realiza en su capilla privada. Inmediatamente se deposita el cuerpo en un ataúd de madera con interior de zinc.
  2. Segunda estación: El féretro se cierra la víspera de la misa exequial. En la basílica Vaticana, el cuerpo se expone en el ataúd abierto, pero ya no sobre un catafalco.
  3. Tercera estación: Se traslada el féretro al lugar de entierro y se celebra el sepelio, ya sin los tres ataúdes tradicionales.

Con estos cambios, Francisco quiso que el funeral del papa no reflejara poder, sino la sencillez y la entrega de un discípulo de Cristo.

El mundo aguarda ahora la fumata blanca que anuncie al nuevo líder de la Iglesia católica. Mientras tanto, el recuerdo del papa Francisco quedará grabado por su profunda humanidad, su cercanía con los fieles y su voluntad incansable de reformar la Iglesia desde dentro.

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Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda a sus hijos sin pagar IRPF, pero Hacienda advierte de un impuesto

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avales jóvenes vivienda Consell

La ley permite transmitir la vivienda habitual mediante una donación sin tributar por la ganancia patrimonial en el IRPF cuando el propietario supera los 65 años. Sin embargo, los hijos que reciben el inmueble sí deben hacer frente al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y pueden tener otros gastos.

Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda habitual a sus hijos sin tener que pagar IRPF por la ganancia patrimonial que genere la operación. Se trata de una ventaja fiscal contemplada en la legislación española que puede facilitar la transmisión de inmuebles dentro de una familia, especialmente en un momento en el que el acceso a la vivienda continúa siendo uno de los principales problemas para los jóvenes.

Sin embargo, esta posibilidad tiene una advertencia importante: que el progenitor esté exento de pagar IRPF no significa que la donación esté libre de impuestos. El hijo que recibe la vivienda debe liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), además de tener en cuenta otros posibles gastos derivados de la operación.

La exención está recogida en el artículo 33.4.b de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que establece que están exentas las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de la vivienda habitual por personas mayores de 65 años. El beneficio también se aplica a personas en situación de dependencia severa o gran dependencia.

La donación de una vivienda a los hijos también puede estar exenta de IRPF

Aunque la normativa habla de transmisión de la vivienda habitual, la exención no se limita exclusivamente a las compraventas. También puede aplicarse cuando el propietario decide donar el inmueble a sus hijos.

Así lo confirmó la Dirección General de Tributos en su consulta vinculante V2102-24, de 27 de septiembre de 2024, en la que analizó el caso de una persona mayor de 65 años que pretendía donar su vivienda a su hija.

Hacienda determinó que la donación del inmueble genera, con carácter general, una ganancia o pérdida patrimonial para el propietario. No obstante, si se cumplen los requisitos legales para considerar el inmueble como vivienda habitual y el donante tiene más de 65 años, puede aplicarse la exención del IRPF.

Esto significa que el progenitor no tendrá que tributar por la diferencia entre el valor de adquisición de la vivienda y el valor correspondiente a la transmisión, siempre que la operación cumpla las condiciones establecidas.

Los requisitos para donar la vivienda sin pagar IRPF

No basta con haber cumplido los 65 años para beneficiarse de esta ventaja fiscal. El inmueble debe tener la consideración de vivienda habitual conforme a la normativa tributaria.

El artículo 41 bis del Reglamento del IRPF establece, con carácter general, que la vivienda debe haber constituido la residencia habitual del contribuyente durante un periodo continuado de al menos tres años.

Además, existe una circunstancia que conviene conocer: no es imprescindible que el propietario siga viviendo en el inmueble el día de la donación.

La normativa permite aplicar la exención cuando la vivienda haya tenido la consideración de habitual hasta cualquier día de los dos años anteriores a la transmisión. Por tanto, una persona que se haya trasladado a otra residencia también puede beneficiarse de esta ventaja si realiza la donación dentro de ese plazo y cumple el resto de condiciones.

El hijo tendrá que pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

La principal advertencia fiscal afecta a quien recibe la vivienda. Aunque el progenitor esté exento de IRPF, el hijo que recibe el inmueble debe tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ya que se trata de una adquisición gratuita.

La cantidad que tendrá que pagar dependerá de la comunidad autónoma donde corresponda liquidar el impuesto, así como del valor del inmueble, el parentesco y las circunstancias concretas de la operación.

Por este motivo, las diferencias fiscales pueden ser importantes dependiendo del territorio en el que se realice la donación. Las comunidades autónomas cuentan con sus propias bonificaciones y reducciones para las transmisiones entre padres e hijos.

Otros gastos que hay que tener en cuenta antes de donar una vivienda

La exención del IRPF para los mayores de 65 años tampoco elimina automáticamente todos los gastos asociados a la transmisión.

Entre ellos puede encontrarse la plusvalía municipal, cuando proceda, cuyo pago corresponde generalmente al donatario en las transmisiones gratuitas. También hay que contemplar los gastos de notaría y registro de la propiedad.

Por tanto, antes de donar una vivienda habitual a un hijo conviene calcular el coste fiscal completo de la operación y comprobar las bonificaciones autonómicas disponibles.

La posibilidad de transmitir una vivienda sin pagar IRPF puede representar un ahorro importante para los propietarios mayores de 65 años, pero la operación requiere estudiar tanto la situación del donante como la del beneficiario para evitar sorpresas fiscales.

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