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Salvador Illa descarta por el momento adelantar el toque de queda pero lo estudiará

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EFE/Jesús Morón/Junta de Andalucía

Madrid/Sevilla, 20 ene (EFE).- El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha descartado este miércoles adelantar, por el momento, el toque de queda nocturno como le han pedido varias comunidades autónomas si bien ha asegurado que va a estudiar la propuesta.

De esta forma se ha expresado el ministro en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (SNS), en la que varias comunidades le han planteado ampliar las medidas de actuación frente al coronavirus más allá de las que ya están disponibles.

Entre esas medidas solicitadas por las comunidades se encuentra la de adelantar la restricción de movilidad nocturna, una propuesta que el Ministerio no ha aceptado por el momento pero sí la va a estudiar, según ha dicho Illa.

«Lo vamos a valorar en este ejercicio de escucha permanente que tenemos», ha insistido en la rueda de prensa en la que ha estado acompañado por la titular de Función Pública, Carolina Darias, y el consejero de Salud de Andalucía, Jesús Aguirre.

El ministro ha señalado que si se accede a esta petición, tal vez se concentre la movilidad en unas franjas horarias, por tanto, ha dicho, la medida puede tener «sus pros y sus contras».

Y es que se ha mostrado convencido de que con las medidas de las que disponen las comunidades con la estrategia nacional contra la covid y las recogidas en el estado de alarma se puede doblegar esta tercera curva.

«Todos sabemos que si se adoptan medidas hoy no veremos el resultado, por mucho que nos empeñemos, mañana, no se trata tanto de añadir muchas más medidas de golpe sino de aplicar bien las que hemos adoptado y esperar los días necesarios para evaluar los resultados de las mismas», ha destacado Illa.

En este sentido, ha abundado en que «ya sabemos» que las medidas actuales «dan resultados»: «no porque lo hemos leído en ningún libro sino porque lo hemos experimentado en la segunda ola», cuando, ha añadido, se consiguió doblegar la segunda curva.

Ha hecho hincapié en que vienen «días duros» pero ha recalcado que con lo que se está ya haciendo y si «cumplimos todos» se vencerá esta tercera ola.

«La cogobernanza funcionó en la primera ola, en la segunda y va a funcionar en la tercera», ha augurado el ministro.

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El Tribunal Constitucional rechaza el recurso del Defensor del Pueblo contra la suspensión de voto a la ‘ley de nietos’

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Elecciones Europeas Valencia voto correo

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por una amplia mayoría el recurso presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra la suspensión cautelar del derecho al voto de los españoles nacionalizados mediante la conocida como ley de nietos que no acrediten ser descendientes de exiliados.

El Pleno ha decidido no admitir a trámite el recurso de amparo, al considerar que la cuestión todavía puede resolverse en el Tribunal Supremo, donde el procedimiento continúa abierto. La decisión mantiene, por el momento, la suspensión del voto para los afectados que residen en el extranjero.

¿Por qué el Constitucional rechaza el recurso?

El Defensor del Pueblo había solicitado que se anularan de forma urgente las resoluciones del Tribunal Supremo y que se permitiera votar en las próximas elecciones generales a los ciudadanos afectados.

Ángel Gabilondo argumentó que la suspensión podía vulnerar derechos fundamentales, entre ellos la igualdad, la participación en los asuntos públicos y la tutela judicial efectiva. También advirtió de que los plazos electorales hacían urgente una respuesta para evitar que los ciudadanos afectados se quedaran sin poder ejercer su derecho al sufragio.

Sin embargo, el Constitucional considera que el recurso es prematuro porque el procedimiento sigue abierto en el Supremo. Los afectados todavía pueden personarse en esa causa y presentar alegaciones para solicitar que se revise la medida cautelar.

¿A quién afecta la suspensión del voto de la ley de nietos?

La medida afecta a ciudadanos españoles residentes en el extranjero que obtuvieron la nacionalidad al amparo de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como ley de nietos, y cuyo acceso a la nacionalidad se habría apoyado en una instrucción administrativa que presumía la condición de exiliados de determinados emigrantes.

El Tribunal Supremo suspendió cautelarmente el ejercicio del voto de este grupo al considerar que debía garantizarse la legalidad del censo electoral. La controversia gira en torno a la acreditación de los requisitos exigidos para acogerse a la normativa.

La decisión del Constitucional no resuelve definitivamente el fondo del conflicto. El Tribunal Supremo deberá continuar con el procedimiento y podrá revisar la medida cautelar después de estudiar las alegaciones de los afectados.

Las elecciones generales del 29 de noviembre

La resolución llega a poco más de un mes de las elecciones generales previstas para el 29 de noviembre. El Defensor del Pueblo había alertado de que la proximidad de la cita electoral podía dificultar que los ciudadanos afectados recuperasen a tiempo su derecho al voto.

Por ahora, el rechazo del recurso deja vigente la suspensión cautelar para los españoles residentes en el extranjero incluidos en la medida. La situación definitiva dependerá de los próximos pasos judiciales y de la resolución que adopte el Tribunal Supremo.

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