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Trump asegura haber matado a once “terroristas” en un ataque contra una embarcación con drogas procedente de Venezuela

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Trump España

El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, ha anunciado que las fuerzas armadas del país eliminaron a once supuestos integrantes del Tren de Aragua tras atacar una embarcación con drogas en aguas internacionales del Caribe.

El ataque en el Caribe

Trump explicó que la operación militar se produjo contra un barco que transportaba droga desde Venezuela hacia Estados Unidos:

“Acabamos de disparar a un barco que transportaba drogas. Que esto sirva de aviso a cualquiera que esté considerando traer drogas a Estados Unidos”, declaró desde el Despacho Oval.

El mandatario publicó además en su red social Truth Social un vídeo del bombardeo y recalcó que ningún militar estadounidense resultó herido durante la operación.

Según Washington, el objetivo eran narcoterroristas del Tren de Aragua, organización venezolana catalogada como grupo terrorista extranjero por Estados Unidos.

Quiénes son el Tren de Aragua

El Tren de Aragua es una banda criminal originaria de Venezuela a la que EE. UU. responsabiliza de:

  • Asesinatos en masa

  • Tráfico de drogas

  • Trata de personas y explotación sexual

  • Actos de violencia y terrorismo en distintos países del hemisferio occidental

El gobierno norteamericano sostiene que esta organización opera bajo el amparo del régimen de Nicolás Maduro.

Despliegue militar de Estados Unidos

Para reforzar el control de las rutas marítimas, Estados Unidos ha desplegado en el Caribe ocho buques militares con misiles y un submarino nuclear, con el fin de frenar el tráfico de drogas procedente de Venezuela.

El secretario de Estado, Marco Rubio, confirmó la acción y aseguró que la embarcación atacada era operada por una organización narcoterrorista sancionada por Washington.

Maduro denuncia el ataque

El presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, denunció el ataque calificándolo de agresión imperialista.

“Venezuela no es una amenaza. El imperialismo nos ataca porque quieren el petróleo venezolano gratis”, afirmó.

Maduro también advirtió que el país sudamericano se enfrenta a la “más grande amenaza en cien años” y que su pueblo “se declarará en armas” si Venezuela es agredida.

El líder venezolano aseguró que Estados Unidos busca no solo el petróleo y el gas del país, sino también frenar el Proyecto Revolucionario del Socialismo del siglo XXI, inspirado en Simón Bolívar.


El ataque militar anunciado por Trump marca un nuevo capítulo en la tensión entre Washington y Caracas. Mientras Estados Unidos defiende su operación como un golpe al narcotráfico y al terrorismo internacional, Maduro lo denuncia como una maniobra geopolítica para quedarse con los recursos energéticos de Venezuela.

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Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda a sus hijos sin pagar IRPF, pero Hacienda advierte de un impuesto

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en

avales jóvenes vivienda Consell

La ley permite transmitir la vivienda habitual mediante una donación sin tributar por la ganancia patrimonial en el IRPF cuando el propietario supera los 65 años. Sin embargo, los hijos que reciben el inmueble sí deben hacer frente al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y pueden tener otros gastos.

Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda habitual a sus hijos sin tener que pagar IRPF por la ganancia patrimonial que genere la operación. Se trata de una ventaja fiscal contemplada en la legislación española que puede facilitar la transmisión de inmuebles dentro de una familia, especialmente en un momento en el que el acceso a la vivienda continúa siendo uno de los principales problemas para los jóvenes.

Sin embargo, esta posibilidad tiene una advertencia importante: que el progenitor esté exento de pagar IRPF no significa que la donación esté libre de impuestos. El hijo que recibe la vivienda debe liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), además de tener en cuenta otros posibles gastos derivados de la operación.

La exención está recogida en el artículo 33.4.b de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que establece que están exentas las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de la vivienda habitual por personas mayores de 65 años. El beneficio también se aplica a personas en situación de dependencia severa o gran dependencia.

La donación de una vivienda a los hijos también puede estar exenta de IRPF

Aunque la normativa habla de transmisión de la vivienda habitual, la exención no se limita exclusivamente a las compraventas. También puede aplicarse cuando el propietario decide donar el inmueble a sus hijos.

Así lo confirmó la Dirección General de Tributos en su consulta vinculante V2102-24, de 27 de septiembre de 2024, en la que analizó el caso de una persona mayor de 65 años que pretendía donar su vivienda a su hija.

Hacienda determinó que la donación del inmueble genera, con carácter general, una ganancia o pérdida patrimonial para el propietario. No obstante, si se cumplen los requisitos legales para considerar el inmueble como vivienda habitual y el donante tiene más de 65 años, puede aplicarse la exención del IRPF.

Esto significa que el progenitor no tendrá que tributar por la diferencia entre el valor de adquisición de la vivienda y el valor correspondiente a la transmisión, siempre que la operación cumpla las condiciones establecidas.

Los requisitos para donar la vivienda sin pagar IRPF

No basta con haber cumplido los 65 años para beneficiarse de esta ventaja fiscal. El inmueble debe tener la consideración de vivienda habitual conforme a la normativa tributaria.

El artículo 41 bis del Reglamento del IRPF establece, con carácter general, que la vivienda debe haber constituido la residencia habitual del contribuyente durante un periodo continuado de al menos tres años.

Además, existe una circunstancia que conviene conocer: no es imprescindible que el propietario siga viviendo en el inmueble el día de la donación.

La normativa permite aplicar la exención cuando la vivienda haya tenido la consideración de habitual hasta cualquier día de los dos años anteriores a la transmisión. Por tanto, una persona que se haya trasladado a otra residencia también puede beneficiarse de esta ventaja si realiza la donación dentro de ese plazo y cumple el resto de condiciones.

El hijo tendrá que pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

La principal advertencia fiscal afecta a quien recibe la vivienda. Aunque el progenitor esté exento de IRPF, el hijo que recibe el inmueble debe tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ya que se trata de una adquisición gratuita.

La cantidad que tendrá que pagar dependerá de la comunidad autónoma donde corresponda liquidar el impuesto, así como del valor del inmueble, el parentesco y las circunstancias concretas de la operación.

Por este motivo, las diferencias fiscales pueden ser importantes dependiendo del territorio en el que se realice la donación. Las comunidades autónomas cuentan con sus propias bonificaciones y reducciones para las transmisiones entre padres e hijos.

Otros gastos que hay que tener en cuenta antes de donar una vivienda

La exención del IRPF para los mayores de 65 años tampoco elimina automáticamente todos los gastos asociados a la transmisión.

Entre ellos puede encontrarse la plusvalía municipal, cuando proceda, cuyo pago corresponde generalmente al donatario en las transmisiones gratuitas. También hay que contemplar los gastos de notaría y registro de la propiedad.

Por tanto, antes de donar una vivienda habitual a un hijo conviene calcular el coste fiscal completo de la operación y comprobar las bonificaciones autonómicas disponibles.

La posibilidad de transmitir una vivienda sin pagar IRPF puede representar un ahorro importante para los propietarios mayores de 65 años, pero la operación requiere estudiar tanto la situación del donante como la del beneficiario para evitar sorpresas fiscales.

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