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Una exdirectora del IVAM pide que suspendan su declaración tras salir a la luz el informe de la UDEF

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(EUROPA PRESS)-La declaración de la exdirectora del área técnico-artística del Institut Valencià d’Art Modern (IVAM) Raquel Gutiérrez, prevista para este viernes, ha sido suspendida tras pedirlo ella al juez ante el último informe de la UDEF, que recoge correos electrónicos entre ella y el ex director económico de la institución Juan Carlos Lledó sobre las presuntas irregularidades en contrataciones del museo.

Gutiérrez estaba citada a declarar hoy, en calidad de investigada, en el Juzgado de Instrucción número 21 de València, que investiga irregularidades en la gestión del IVAM en la época en la que estaba dirigido por Consuelo Ciscar.

Sin embargo, su testimonio ha quedado suspendido después de que ella misma lo solicitara ante el último informe policial incorporado a la causa que recoge esquemas de Lledó con las irregularidades en los contratos del museo y que describió como ‘Los horrores del IVAM’. Estos esquemas se los remitió en 2008 por correo electrónico a Gutiérrez.

En concreto, Lledó le mandó un correo a Gutiérrez con el siguiente mensaje: «Para que te diviertas en tu periodo de lactancia, entre teta y teta, te mando los ‘horrores del IVAM’. Ya conoces el 1. Vamos coleccionándolos».

En este correo electrónico Lledó adjuntó tres tablas en Word tituladas ‘el ivam y otros animales.doc’ divididas con columnas y con especificaciones sobre las irregularidades cometidas en diferentes contrataciones.

En estas tablas se hace referencia, entre otras cuestiones, a una contratación por un evento de jazz en el que se dice textualmente: «Se tira todo para atrás, se vuelve a hacer falsificado y se adjudica cuando ya ha acabado el jazz». En otra relativa a ‘Peanas de Julio González’ se indica: «Se hace todo ‘a posteriori’ cambiando las fechas del expediente y de las Propuestas de Gasto (PG) y dejando como ofertas económicas los otros presupuestos solicitados en febrero». Y en relación a ‘Peanas Alquimia de los Herreros’ se lee claramente: «PG por 11.995,56 euros, evitando por 20 euros el procedimiento negociado sin publicidad y tramitándose como un menor».

Con estos documentos, la Policía estima que tanto Lledó como Gutiérrez «eran conocedores» de que se cometieron dolosamente irregularidades en al menos 27 contrataciones de servicios o proveedores realizados por el IVAM durante varios años.

LA CAUSA

En este procedimiento hay 13 investigados: Ciscar; su hijo, Rafael Blasco, conocido como ‘Rablaci’; Gutiérrez; Lledó; el exresponsable de Gestión Interna, Juan Bría; de Publicaciones, Norberto Martínez; Pilar Mundina, que ejercía como su asistenta personal en viajes; Jorge García Vallés, quien desempeñaba el cargo de técnico de acción exterior; María Ángeles Valiente, jefa de Departamento de Desarrollo en el IVAM; y el administrador de Valsatrans y Logística del Arte, Enrique Martínez.

Así mismo, figuran como investigados en la causa una extrabajadora de la SGAE en China y representante de la Shangai International Culture Association (SICA) y su marido, así como un fotógrafo, todos ellos por supuestamente utilizar recursos del museo para promocionar la carrera artística de ‘Rablaci’.

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¿Qué pasa si Sánchez dimite? ¿Quién sería el presidente? ¿Habría nuevas elecciones?

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¿Qué pasa si Sánchez dimite?
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez- Foto: CONGRESO
¿Qué pasa si Sánchez dimite? La posibilidad de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, renuncie al cargo abre un escenario incierto con muchas incógnitas pero que en su mayoría tienen respuesta en la Constitución y la ley electoral.

¿Qué pasa si Pedro Sánchez dimite?

El artículo 101 de la Constitución Española tiene previsto el escenario de una dimisión o fallecimiento del presidente del Gobierno o de una pérdida de confianza parlamentaria, como podría ser una moción censura.

“El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente”, reza la Carta Magna.

En este caso, la dimisión del jefe del Ejecutivo conllevaría que todo el Gabinete continuaría en funciones hasta que se nombre un nuevo presidente del Gobierno.

Ello significa que el Gobierno estaría limitado en sus atribuciones, sin capacidad para legislar, al igual que sucede pasadas las elecciones generales y antes de elegir al nuevo Gobierno.

¿Quien nombraría al nuevo presidente?

El Congreso sería el encargado de elegir a un nuevo presidente en un proceso idéntico al de las investiduras que se celebran tras unas elecciones generales.

El rey haría una ronda de consultas con los portavoces de los partidos con representación en la Cámara Baja y tras escuchar sus opiniones designaría un candidato.

Fue lo que ocurrió en 1981 cuando dimitió Adolfo Suárez. Su partido, UCD, propuso a Leopoldo Calvo-Sotelo como su sucesor, y tras un debate de investidura, interrumpido en su votación por el intento de golpe de Estado del 23F, fue elegido presidente por el Congreso.

En esta hipótesis, el candidato designado por el rey para suceder a Pedro Sánchez se sometería a un debate de investidura y para ser elegido debería recibir el apoyo de la mayoría absoluta del Congreso en primera votación o más síes que noes en segunda.

Si el candidato no lograra ser investido, arrancaría un plazo de dos meses en el que nuevos candidatos propuestos por el rey pueden optar a la Presidencia. Si tras estos dos meses ningún candidato consigue la confianza del Congreso las Cortes se disuelven de forma automática y se convocan nuevas elecciones generales.

¿Puede Pedro Sánchez convocar elecciones?

La respuesta es no, de momento. En el caso de que Pedro Sánchez no decida renunciar este lunes, fecha que ha fijado para anunciar su decisión, debería esperar, como pronto hasta el próximo 31 de mayo, para convocar elecciones generales.

La ley impide que el presidente disuelva las Cortes antes de que pase un año de la anterior disolución. Solo desde entonces podría aprobar el decreto de disolución y convocatoria de elecciones, que se celebrarían pasados 54 días.

Ello llevaría las elecciones a las últimas semanas del mes de julio. La ley no establece que tengan que celebrarse en domingo, pero si así fuera, lo más probable es que se fueran al 28 de julio.

¿Y si Sánchez decide someterse a una cuestión de confianza?

Otra posibilidad es que Pedro Sánchez no renuncie a su cargo, pero decida por contra presentar una cuestión de confianza.

Se trata de un instrumento político del que dispone el presidente del Gobierno para afrontar una situación de debilidad frente al Parlamento que le ha elegido y mediante el cual el Gobierno pide al Congreso el respaldo a su política.

La Constitución, en su artículo 112, establece que el presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.

Según establece el Reglamento del Congreso, el debate se desarrolla con el mismo formato que las sesiones de investidura. La confianza se entiende otorgada cuando obtenga el voto de la mayoría simple de los Diputados.

Si Sánchez no obtuviera la confianza del Congreso, ocurriría igual que si hubiera dimitido y se iniciaría el proceso para investir a un nuevo presidente, con consultas del rey y un nuevo debate de investidura.

De nuevo, y como en el caso de las investiduras fallidas tras unos comicios generales, el artículo 172 del Reglamento del Congreso fija que si transcurren dos meses y ningún candidato consigue la confianza del Congreso, el presidente de la Cámara someterá a la firma del Rey el decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones.

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