Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

VÍDEO| 79 detenidos en una de las operaciones más importantes contra la pornografía infantil en España

Publicado

en

Detenido un agresor sexual por abusar de su nieto de 13 meses

MADRID/VALÈNICA, 24 Nov. (EUROPA PRESS) –

Agentes de la Policía Nacional han detenido a 79 personas en una macro operación contra la producción y distribución de material pedófilo en Internet, según ha informado el Ministerio del Interior.

Las detenciones de los 79 pedófilos se han producido en trece comunidades autónomas: Galicia, Asturias, Cantabria, País Vasco, Aragón, Cataluña, Baleares, Comunitat Valenciana, Murcia, Andalucía, Castilla-La Mancha, Madrid y Canarias.

La operación, que se inició en enero de 2016, ha sido «una de las más importantes» contra la pornografía infantil realizadas hasta la fecha en España, tanto por el elevado número de detenidos (78 hombres y una mujer) como por la identificación de las víctimas y la enorme cantidad de material intervenido.

Gracias a la investigación se ha detenido en Madrid a un joven de 27 años que trabajaba con menores por distribuir videos de contenido pedófilo y se ha localizado e identificado en Perú a una mujer que abusó de su hija y de su sobrina.

En los 80 registros domiciliarios realizados en trece comunidades autónomas se han intervenido un total de 45 ordenadores portátiles, 113 discos duros, 25 teléfonos móviles, 38 memorias USB, más de 300 DVD y otros materiales informáticos en los que se almacenaban gigas de contenido pornográfico de extrema dureza protagonizados por menores de edad.

Uno de los arrestados, de 57 años de edad, fue detenido por delito continuado de agresión sexual a una menor de tres años y por la producción de material pedófilo desde el año 2010 hasta el 2013. Para cometer el delito de agresión sexual se aprovechaba de la relación de confianza con los padres de la menor.

Entre el material que se le intervino, se localizaron cientos de imágenes que mostraban los continuados abusos sexuales a los que una mujer sometía a dos niñas, de once y cuatro años. Tras diversas gestiones, los agentes lograron la plena identificación de la abusadora sexual, de nacionalidad peruana, así como de las víctimas, que resultaron ser la hija y la sobrina de la mujer.

La detenida era la responsable de la producción del material pedófilo desde su país de origen y los contenidos eran dirigidos al detenido anteriormente referenciado. Los agentes pudieron corroborar que entre ambos, se detectaron transferencias monetarias a través de una empresa de envío de dinero y que los cargos coincidían en el tiempo con la producción de las imágenes.

Al tener conocimiento de estos hechos, los investigadores trasladaron toda la información a la División de Investigación de Delitos de Alta Tecnología de Perú, a efectos de que continuasen con la investigación policial.

En el marco de la presente investigación también resultó detenida una mujer residente en San Sebastián, a la que los agentes le intervinieron seis ordenadores portátiles y 22 DVD, en los que almacenaba una ingente cantidad de material pornográfico infantil, que distribuía a otros usuarios de Internet.

Por otro lado, en Madrid se detuvo a un hombre de 27 años que trabajaba con menores el cual distribuía vídeos de contenido pedófilo, al que se le intervinieron más de 2.000 imágenes de menores, las cuales fueron tomadas al descuido. El detenido utilizaba su profesión para entablar relación con niñas menores de edad, de las que guardaba imágenes, aunque no se ha podido constatar que llegase a abusar sexualmente de ninguna.

Además, gracias al análisis del material intervenido a otro de los arrestados residente en Barcelona, de nacionalidad peruana y de 49 años de edad, los agentes hallaron fotografías de contenido pornográfico infantil y determinaron que fueron producidas desde su teléfono móvil cuando se encontraba de vacaciones en Lima (Perú). La Policía logró la identificación de la menor y trasladaron los hechos a las autoridades policiales peruanas.

Como resultado de este operativo, no sólo se corroboraron delitos de abuso sexual infantil, producción, distribución y posesión de material pedófilo, sino que durante uno de los registros realizados en la ciudad de Madrid, además de acreditarse los hechos que motivaron el inicio de la investigación, se intervinieron 97 bellotas de hachís, 120 gramos de MDMA, 100 gramos de drogas de diseño, un revólver, grandes cantidades de munición de distintos calibres, botes de humo de uso militar, dos cuchillos de grandes dimensiones y un silenciador.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

¿Qué son los festivos recuperables?

Publicado

en

¿Qué son los festivos recuperables?
FREEPIK

Los festivos recuperables son distintos a los días festivos que siempre los trabajadores esperan con ganas. Por ejemplo, el pasado 24 de junio, San Juan, estaba marcado en rojo en el calendario laboral de la Comunidad Valenciana. Sin embargo, muchas personas se encontraron con que, si querían disfrutar de este día libre, tenían la obligación de recuperarlo.

¿Qué quiere decir esto? Que no estamos ante un día festivo convencional, sino ante un día festivo recuperable, algo que ha generado muchas preguntas.

Desde GLM responden a todas las dudas.

¿Qué son los festivos recuperables?

Los días festivos recuperables son aquellos que tienen la condición de días laborables pero en los que la prestación de servicios correspondiente al mismo no se realiza ese día, sino que se reparte en el resto de días laborables del año.

Desde el punto de vista legislativo, esta figura está regulada en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.2) y deja a empresas y trabajadores la negociación de cómo aplicarlo.

¿Cuál es la diferencia entre días festivos «normales» y días festivos recuperables?

Según esta definición, la diferencia es bastante clara: en los días festivos normales o estipulados no se trabaja, mientras que en los días festivos recuperables los trabajadores no están obligados a ir a trabajar, pero tendrán que recuperar esas horas si no lo hacen.

¿Por qué existen estos días? ¿Qué dice la ley sobre ellos?

En España, cada año natural deben reconocerse un total de 14 días festivos.

Algunos de ellos vienen determinados por el estado. Se trata de «festivos nacionales» como Año Nuevo (1 de enero), Viernes Santo, Día del Trabajo (1 de mayo), Festividad de Asunción de la Virgen (15 de agosto), Fiesta de la Hispanidad (12 de octubre), Día de Todos los Santos (1 de noviembre), Día de la Constitución Española (6 de diciembre), Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Día de Navidad (25 de diciembre).

Además, los gobiernos regionales pueden respetar o mover algunas festividades tradicionales como el Día de la Epifanía (6 de enero) y Jueves Santo, además de sustituir estas por otras como el Día de San José (19 de marzo) o el Día de Santiago (25 de julio).

Con el fin de cubrir el total de 14 festivos se permite que cada ayuntamiento elija, normalmente cuadrando con sus fiestas locales tradicionales, otros dos días de fiesta.

Una vez se ha pactado el calendario y en caso de que algún día festivo sea domingo, las comunidades autónomas pueden mover ese día no laboral al lunes más próximo, algo que es bastante habitual.

¿Ir o no ir a trabajar? Esa es la cuestión

Ambas decisiones tienen sus consecuencias y conviene conocerlas.

  • Si vas a trabajar:

En este caso, estarás acudiendo a tu puesto de trabajo durante un día festivo, por lo que es posible que tu convenio establezca alguna forma para compensar esas horas.

Aun así, es importante matizar que al trabajar en un festivo recuperable no se aplica el incremento por horas extras, ya que las horas de ese día no excederán la jornada anual pactada.

  • Si no vas a trabajar:

En este caso, tendrás que devolver las horas de ese día para cumplir con la jornada anual marcada por el convenio colectivo, y deberás pactar con tu empresa o con el representante de los trabajadores cómo y cuándo, teniendo en cuenta que:

  • Las horas deben devolverse dentro del mismo año natural.
  • El día de festivo no puede sustituirse por otro festivo o por un día de vacaciones. Esto quiere decir que debes recuperar las horas añadiendo tiempo de trabajo a tus días laborales normales, respetando siempre el límite de 9 horas diarias y las 12 horas de descanso entre jornadas.

 

Ir a trabajar en días festivos

¿Qué pasa si el día festivo recuperable estoy de vacaciones o es mi día libre? ¿La empresa debe darme un día extra de fiesta?

No. Si un día festivo recuperable coincide con tu día de descanso, con tus vacaciones o con un día de inactividad por cualquier otro motivo (por ejemplo, por estar de baja por enfermedad, por permiso de maternidad/paternidad, permiso por matrimonio, etc.) la empresa no está obligada en ningún caso a darte un día festivo adicional y, por tanto, tú tampoco deberás recuperar nada.

Continuar leyendo