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El aborto farmacológico llegará a los centros de salud: así será el nuevo método

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El Ministerio de Sanidad prepara un cambio en el acceso al aborto farmacológico en España para que las mujeres puedan realizar este procedimiento en los centros de salud de Atención Primaria cuando sea adecuado para su situación.

La ministra de Sanidad, Mónica García, ha anunciado este lunes que su departamento impulsará los cambios necesarios para incorporar el aborto farmacológico a la cartera común de servicios de Atención Primaria del Sistema Nacional de Salud. El objetivo es que las pacientes puedan recibir información, atención y seguimiento desde su centro de salud, sin que el proceso tenga que desarrollarse exclusivamente en un hospital.

La medida todavía no está en vigor. Para ponerla en marcha será necesario modificar la normativa que regula la autorización de los centros sanitarios y actualizar la cartera común de servicios del SNS. Sanidad también iniciará los trámites para modificar la ficha técnica de la mifepristona, uno de los medicamentos empleados en el aborto farmacológico, con el objetivo de permitir su utilización fuera del ámbito exclusivamente hospitalario.

¿En qué consiste el nuevo método de aborto?

El aborto farmacológico es una interrupción voluntaria del embarazo mediante medicamentos, sin necesidad de recurrir a una intervención quirúrgica.

La guía común del Sistema Nacional de Salud contempla actualmente diferentes métodos de interrupción voluntaria del embarazo, entre ellos el farmacológico, el instrumental y el quirúrgico. La elección depende de factores como la edad gestacional, las circunstancias sanitarias y las preferencias de la paciente.

La novedad anunciada este lunes no es, por tanto, la creación de una nueva píldora abortiva, sino un cambio en el lugar y la forma en que se presta este servicio sanitario.

La mifepristona, uno de los medicamentos utilizados

Uno de los cambios previstos afecta a la mifepristona, medicamento utilizado junto con otros fármacos en el aborto farmacológico.

Sanidad pretende iniciar los trámites para modificar su ficha técnica y eliminar la limitación que actualmente condiciona su utilización al ámbito hospitalario. De esta forma, el tratamiento podría integrarse en la atención sanitaria desde los centros de salud cuando esté indicado.

El Ministerio plantea que las mujeres puedan contar con profesionales sanitarios que les proporcionen información y acompañamiento antes, durante y después del proceso.

¿Cuándo se podrá hacer en el centro de salud?

Por el momento no existe una fecha concreta de entrada en funcionamiento.

El Ministerio debe modificar el real decreto que regula la autorización de los centros sanitarios, tramitar el cambio de la ficha técnica de la mifepristona y actualizar la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud.

Además, serán las comunidades autónomas las encargadas de organizar la prestación dentro de su red de Atención Primaria.

Sanidad quiere reducir las diferencias entre comunidades

El anuncio se produce en un contexto de diferencias importantes entre territorios en el acceso al aborto dentro de la sanidad pública.

Según el Ministerio de Sanidad, en 2024 casi ocho de cada diez interrupciones voluntarias del embarazo se realizaron en centros privados.

La intención del Gobierno es ampliar la participación de la red pública y facilitar que las mujeres puedan acceder al aborto farmacológico cerca de su lugar de residencia.

El Ministerio sostiene que llevar esta prestación a Atención Primaria permitirá reducir desplazamientos y facilitar el acompañamiento sanitario durante todo el proceso.

El aborto farmacológico ya está contemplado en el SNS

La medida anunciada no supone incorporar por primera vez el aborto farmacológico al sistema sanitario español. Este método ya forma parte de la cartera de servicios y está recogido en la guía común del Sistema Nacional de Salud.

El cambio planteado ahora consiste en extender su prestación a los centros de Atención Primaria, siempre que resulte adecuado para cada caso y una vez completada la correspondiente tramitación normativa.

Por tanto, la principal novedad anunciada este 28 de septiembre es el traslado de parte de la atención del aborto farmacológico desde el ámbito hospitalario hacia los centros de salud.

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Decreto de vivienda 2026: qué está vigente y qué puede cambiar en los alquileres

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ley del alquiler
Vivienda en alquiler ARCHIVO OFFICIAL PRESS

El mercado de la vivienda en España afronta una nueva reforma que puede modificar algunas de las reglas actuales del alquiler. El Gobierno trabaja contrarreloj para aprobar un nuevo decreto de vivienda en el Consejo de Ministros de este martes 29 de septiembre, aunque el texto todavía está sujeto a negociación y necesita posteriormente el respaldo del Congreso.

La futura norma llega después de que el Ejecutivo aplazara su aprobación en julio por falta de apoyos parlamentarios y en plena polémica por el desahucio de Maricarmen, una mujer de 87 años que ha reactivado el debate sobre la protección de los inquilinos vulnerables.

Pero, ¿qué ley está vigente ahora mismo y qué puede cambiar si finalmente se aprueba el nuevo decreto?

Qué norma regula actualmente la vivienda en España

El principal marco estatal es la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, que introdujo, entre otras medidas, las zonas de mercado residencial tensionado, nuevas reglas para los grandes tenedores y determinadas garantías para los hogares vulnerables.

En las zonas declaradas tensionadas se pueden aplicar mecanismos específicos de regulación de los alquileres. La ley también establece que los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato corresponden al propietario.

A este marco se suman las medidas extraordinarias aprobadas durante 2026 para proteger a los inquilinos.

Qué pueden hacer ahora los inquilinos con su contrato

El Real Decreto-ley 8/2026, de 20 de marzo, estableció una prórroga extraordinaria de hasta dos años para determinados contratos de vivienda habitual cuya finalización estuviera prevista antes del 31 de diciembre de 2027.

Esta medida también fijó una limitación extraordinaria del 2% para la actualización anual de la renta, en defecto de acuerdo entre las partes. En el caso de los grandes tenedores, el límite del 2% se aplica aunque exista acuerdo.

Por tanto, estas son las reglas que deben tenerse en cuenta actualmente, mientras no entre en vigor una nueva modificación legal.

Qué quiere cambiar el nuevo decreto de vivienda

El nuevo paquete que prepara el Gobierno contempla modificaciones en distintos ámbitos del alquiler. El texto pactado inicialmente entre PSOE y Sumar incluye medidas para dar mayor estabilidad a los contratos, regular los alquileres temporales y por habitaciones y combatir determinadas fórmulas que, según el Ejecutivo, pueden utilizarse para esquivar la regulación del alquiler residencial.

Entre las principales medidas que se han planteado están las siguientes.

Prórroga de los contratos de alquiler hasta 2028

Una de las medidas centrales es establecer una prórroga extraordinaria de los contratos de alquiler que permita mantenerlos durante un periodo adicional, con el objetivo de dar mayor estabilidad a los inquilinos.

La propuesta que se ha venido negociando contempla extender determinados contratos hasta 2028. La medida, no obstante, forma parte del nuevo decreto y no debe confundirse con la normativa actualmente vigente.

Nuevas reglas para los alquileres de temporada

Otro de los grandes cambios sería la regulación específica de los alquileres de temporada.

El Gobierno pretende incorporar este tipo de arrendamientos a la regulación de la Ley de Arrendamientos Urbanos en determinadas circunstancias para evitar que contratos que funcionan en la práctica como alquileres de vivienda habitual queden fuera de las reglas aplicables al alquiler residencial.

Control de los alquileres por habitaciones

El decreto también plantea establecer reglas para los alquileres por habitaciones, una modalidad que ha aumentado en algunas ciudades debido al encarecimiento del alquiler tradicional.

La intención del Ejecutivo es establecer un marco que impida utilizar esta fórmula para eludir determinadas obligaciones de los arrendamientos de vivienda.

Cambios fiscales para propietarios e inquilinos

Otra de las medidas que se negocian son bonificaciones fiscales destinadas a incentivar que los propietarios saquen viviendas al mercado a precios considerados asequibles.

Las negociaciones también contemplan posibles incentivos para los inquilinos. El diseño definitivo de estas medidas puede cambiar antes de la aprobación del texto.

Más protección frente a los desahucios

La reforma también busca reforzar la protección de las personas y familias en situación de vulnerabilidad ante los procedimientos de desahucio.

Este apartado ha cobrado especial relevancia tras el caso de Maricarmen. La Ley de Vivienda vigente ya establece mecanismos de protección para determinados hogares vulnerables, pero su aplicación depende también de la intervención de las administraciones competentes y de las circunstancias concretas de cada procedimiento.

El nuevo decreto pretende modificar algunas de estas garantías para reforzar la protección de los hogares vulnerables.

¿Qué pasará con los pisos turísticos?

El Gobierno también ha planteado cambios fiscales para las viviendas de uso turístico. Entre las medidas anunciadas figura elevar al 21% el IVA de los pisos turísticos, dentro del paquete destinado a aumentar la oferta de vivienda residencial.

La medida se integra en un bloque más amplio de actuaciones destinado a movilizar vivienda asequible y aumentar la oferta disponible.

También se plantea modificar la Ley del Suelo

El futuro decreto podría incorporar además modificaciones relacionadas con la Ley del Suelo, con medidas destinadas a agilizar la promoción y construcción de vivienda.

El objetivo declarado es facilitar que exista más suelo disponible y reducir los tiempos administrativos necesarios para poner nuevos inmuebles en el mercado. Esta parte del texto es una de las cuestiones que se han negociado con los distintos grupos parlamentarios.

¿Está aprobado ya el nuevo decreto de vivienda?

No. A 28 de septiembre de 2026, el nuevo decreto todavía no está aprobado.

El Gobierno prevé llevarlo al Consejo de Ministros del martes 29 de septiembre, pero el texto continúa sujeto a negociación y su aprobación definitiva como norma requiere superar posteriormente el trámite parlamentario correspondiente.

Por eso, las medidas anunciadas deben distinguirse de las normas que ya están en vigor.

Así queda la situación de la vivienda en España

Medida Situación actual
Ley 12/2023 de Vivienda En vigor
Zonas de mercado residencial tensionado En vigor donde han sido declaradas
Límite extraordinario del 2% a determinadas actualizaciones En vigor según el RDL 8/2026
Prórrogas extraordinarias de determinados contratos En vigor según el RDL 8/2026
Nueva prórroga hasta 2028 Pendiente del nuevo decreto
Regulación de alquileres de temporada Propuesta pendiente
Regulación de alquileres por habitaciones Propuesta pendiente
Nuevos incentivos fiscales En negociación
IVA del 21% para pisos turísticos Propuesta pendiente
Cambios en la Ley del Suelo En negociación

La clave: qué deben saber ahora propietarios e inquilinos

Mientras el nuevo decreto no sea aprobado y entre en vigor, los contratos continúan sometidos a la normativa actualmente vigente. Las medidas que se están negociando no pueden aplicarse todavía por el mero hecho de haber sido anunciadas.

El Gobierno pretende cerrar el texto en los próximos días, pero algunas de sus medidas pueden sufrir modificaciones durante la negociación parlamentaria.

Por ello, propietarios e inquilinos deberán esperar al texto definitivo para conocer exactamente qué contratos podrán prorrogarse, durante cuánto tiempo, cómo quedarán los alquileres temporales y por habitaciones y qué nuevas obligaciones o incentivos entrarán finalmente en vigor.

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