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Sucesos

Absuelto un padastro acusado de agredir sexualmente y pegar con un hierro a la hija de su pareja

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crimen de alcoi

ALICANTE, 13 Nov.- La Sección Primera de la Audiencia provincial de Alicante ha absuelto a un padrastro acusado de agredir sexualmente y maltratar a la hija de su pareja, entre 2010 y 2016 y desde que la menor tenía siete años, al considerar que no han quedado suficientemente acreditados los hechos por los que la Fiscalía solicitaba hasta 18 años de cárcel.

La sentencia cuenta con el voto particular de una de las magistrada del tribunal que considera que la declaración de la menor está corroborada periféricamente por otros testimonios, que avalan la existencia de una anómala situación familiar, al menos desde 2011, de abandono y aislamiento, que es sospechosa de maltrato, por lo que considera que debe imponerse al acusado 14 años de prisión.

Fiscalía atribuía al padrastro un delito continuado de agresión sexual y otro de maltrato habitual por unos hechos consistentes en un intento de penetración vaginal cuando la niña tenía siete años; otras agresiones y tocamientos, y en golpearla de manera continuada con las manos, puños, palos y barras de hierro así como con un martillo en la cabeza.

Los hechos se remontan a abril de 2017 cuando la niña denunció por malos tratos a su padrastro después que se activara el protocolo de los servicios sociales al conocerse en el IES, a través de su versión, que ese fin de semana había sido castigada a estar encerrada en casa y a dormir en el suelo. Además, la menor afirmó que solo había comido un bocadillo en esos días.

Sin embargo, una y un magistrado de la sala creen que los hechos no han quedado acreditados porque la única prueba potencial de cargo ha consistido en la declaración de la denunciante, menor de edad, mientras que la madre la desmiente y asegura ser testigo de lesiones por causas fortuitas y accidentales, al igual que el acusado, y señala que en su día el padre biológico tampoco le dio crédito.

Por tanto, según la sala, «no se da ninguna corroboración periférica» que ofrezca «datos objetivos» que permitan enervar la presunción de inocencia. Además, indica que en la exploración judicial, la menor declaró sobre el maltrato pero no sobre los abusos.

El tribunal señala que la absolución «no quiere decir que la testigo haya faltado a la verdad, sino que con su declaración» en el juicio, junto con el resto de pruebas valoradas, «no es suficiente» para condenar al acusado.

Por contra, una de las dos magistradas de la sala ha emitido un voto particular en el que apunta que no comparte la decisión mayoritaria ni en el contenido ni en los hechos ni en los fundamentos de derecho.

«DOMINACIÓN» IMPUESTA
La magistrada sostiene que se produjeron todos los hechos ante una situación de «dominación» impuesta sobre la niña a través de malos tratos habituales y señala que la existencia de numerosas marcas, señales, cicatrices y heridas en el cuerpo fueron observadas por profesores de distintos colegios y por la declaración de una orientadora y de la coordinadora de servicios sociales del ayuntamiento.

La orientadora del IES refirió que la niña estaba en situación de «desprotección parental», que usaba una vestimenta que la avergonzaba; con pantalón y manga larga aunque hiciera calor y que le cortaron el pleno a trasquilones y muy corto –que los padres achacaron a la presencia de piojos– .

Asimismo, la magistrada considera que el relato de la menor es coherente, adecuado a la edad y al recuerdo y reúne los criterios que, según los peritos, hacen que resulte creíble, al tiempo que rechazaron motivaciones espurias.

Fuente: (EUROPA PRESS)

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Sucesos

Condenado un menor por matar a su padre para defender a su madre durante una pelea

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Menor mata a su padre para defender a su madre

El Juzgado de Menores número 1 de Murcia ha dictado una sentencia firme contra un menor de 14 años, que ha sido condenado como autor de un delito de homicidio por apuñalar a su padre en defensa de su madre durante una fuerte discusión familiar en Totana, en junio de 2024.

Según ha confirmado el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU), el menor asestó cinco puñaladas a su progenitor, una de ellas mortal, provocándole heridas graves en el hígado, diafragma y pulmón derecho. La víctima fue trasladada con urgencia al hospital, donde falleció posteriormente.

El joven reconoció los hechos en la vista oral celebrada en la Ciudad de la Justicia, aceptando las medidas propuestas por el Ministerio Fiscal. Ante su confesión y la aceptación de todas las partes, el juez dictó sentencia ‘in voce’, imponiendo 24 meses de internamiento en régimen cerrado, sustituibles por una medida de libertad vigilada bajo estrictas condiciones.

⚖️ Medidas impuestas al menor:

La sentencia establece un control integral del menor, incluyendo:

  • Escolarización adaptada a su situación personal

  • Seguimiento psicológico continuo

  • Controles periódicos de consumo de sustancias

  • Asistencia obligatoria a programas de educación en valores

  • Participación en actividades deportivas y de integración social

  • Restricción de movimientos nocturnos

  • Prohibición de contacto con entornos delictivos

  • Supervisión constante del equipo educativo y sanitario

El menor deberá asistir a todas las citas programadas y mostrar una actitud de responsabilidad frente a las normas impuestas. El fallo es firme y no recurrible.

Las consecuencias de este caso, tanto jurídicas como sociales y psicológicas, son amplias y delicadas debido a la gravedad de los hechos, la edad del autor y el contexto de violencia familiar. Aquí te detallo las principales posibles consecuencias:


⚖️ 1. Consecuencias jurídicas para el menor

Aunque se trata de un menor de 14 años —la edad mínima de responsabilidad penal en España— ha sido condenado conforme a la Ley Orgánica 5/2000 reguladora de la responsabilidad penal de los menores (LORPM). Las consecuencias legales incluyen:

  • Libertad vigilada con estrictas condiciones durante 24 meses.

  • Restricción de derechos y movimientos: limitación de horarios, prohibición de contacto con ciertos entornos y obligación de asistencia a programas.

  • Registro de antecedentes (aunque de tipo reservado y con posible cancelación futura).

  • Supervisión judicial constante: si incumple las normas, podría pasar a régimen cerrado.

👉 En caso de reincidencia o incumplimiento, el juez podría revisar la medida y endurecerla, incluso decretar internamiento en un centro cerrado de menores.


🧠 2. Consecuencias psicológicas para el menor

El hecho de haber matado a su propio padre —aunque haya sido en un contexto de defensa de su madre— puede generar en el menor:

  • Trastornos emocionales como estrés postraumático, culpa o ansiedad.

  • Riesgo de estigmatización en su entorno escolar o social.

  • Necesidad de atención psicológica continuada para evitar conductas futuras de riesgo o retraimiento.

  • Impacto en su desarrollo emocional y relaciones futuras.


👪 3. Consecuencias familiares

  • Desestructuración familiar total: pérdida del padre y posible distanciamiento con otros familiares.

  • Carga emocional y legal para la madre: puede verse afectada por la culpa o presión social.

  • Implicaciones en custodia o tutela, si el menor no puede seguir viviendo con su madre.


📰 4. Consecuencias sociales y mediáticas

  • Estigmatización en el entorno: especialmente en un municipio pequeño como Totana.

  • Debate público sobre violencia familiar, defensa propia y justicia juvenil.

  • Revisión del sistema de protección a menores en contextos de violencia doméstica.


🛡️ 5. Implicaciones para el sistema judicial y de protección

Este caso puede tener repercusiones más amplias, como:

  • Mayor atención a los menores que viven en entornos de violencia familiar.

  • Revisión de políticas de intervención temprana y protocolos escolares.

  • Debate sobre la edad penal mínima y el tipo de medidas aplicadas en casos extremos.

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