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Así quedará el nuevo asfaltado de la Plaza del Ayuntamiento de València

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La vicealcaldesa y concejala de Desarrollo y Renovación Urbana, Sandra Gómez, ha adelantado que la Junta de Gobierno Local tiene previsto aprobar mañana el proyecto de asfaltado rojizo de la plaza del Ayuntamiento, en el marco de la peatonalización provisional de este espacio. Según ha explicado Gómez, está previsto que los trabajos den comienzo a finales de este mes y tengan un plazo de ejecución de seis semanas.

AJUNTAMENT DE VALÈNCIA

La vicealcaldesa ha destacado que con esta intervención se quiere visibilizar que la plaza es peatonal porque, ha advertido, todavía los viandantes siguen caminando preferentemente por las aceras. “El objetivo principal es adaptar la plaza a la nueva situación en la que ya no pasan vehículos y retirar tanto el asfaltado negro como las marcas viales características de las zonas de circulación”, ha resaltado. Para ello, ha explicado que se llevará a cabo la pavimentación de las zonas peatonales con un material decorativo de asfalto pulido de 6 cm, con árido color rojo. “Una tonalidad que irá en consonancia con las actuales aceras”, ha precisado.

Los trabajos previos consistirán en demolición de isletas, fresado del pavimento asfáltico de 6 cm en toda la superficie de actuación, y en la zona para ubicación de la falla (conexión entre zonas peatonales junto a la fuente) se procederá a la demolición del pavimento hasta el descubrimiento del antiguo adoquinado de la plaza para su limpieza y recuperación. “Vamos a aprovechar esta intervención para recuperar este adoquín y hacerlo visible en la zona donde se ubicará la plaza ya que es mucho más resistente al fuego”, ha explicado Sandra Gómez.

En líneas generales, el proyecto prevé la reparación y saneo para zonas con mal estado estructural del firme mediante la excavación y retirada del relleno hasta una profundidad de 0,80 cm y posterior reposición con machaca y zahorra con posterior base de hormigón en masa para recibir el aglomerado. Una vez realizadas las correspondientes demoliciones y fresado del pavimento existente se procederá a la conformación de la zona peatonal según tres zonas diferenciadas.

La primera de asfalto pulido, como pavimento peatonal entre acera existente y la nueva calzada (peatonalización lado oeste de la plaza). Con la superficie fresada se encintará la delimitación de la zona peatonal mediante la colocación de una línea de rigola de hormigón prefabricado de dimensiones 50x20x8 cm. La segunda sección será de adoquín en zona de ubicación de la falla municipal, en la cual se recuperará y se rehabilitará el antiguo y original adoquinado. Finalmente, habrá una sección de asfalto pulido que completará las aceras existentes, peatonalizando especialmente el lado este de la plaza.

De esta forma, una vez aprobado el nuevo reasfaltado, el plazo de ejecución será de seis semanas a contar a partir del acta de comprobación del replanteo. Estas actuaciones reasfaltarán los 7.600 metros cuadrados de las nuevas zonas peatonales de la plaza del Ayuntamiento, cuya inversión prevista son 564.940,35 euros.

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¿Qué son los festivos recuperables?

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¿Qué son los festivos recuperables?
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Los festivos recuperables son distintos a los días festivos que siempre los trabajadores esperan con ganas. Por ejemplo, el pasado 24 de junio, San Juan, estaba marcado en rojo en el calendario laboral de la Comunidad Valenciana. Sin embargo, muchas personas se encontraron con que, si querían disfrutar de este día libre, tenían la obligación de recuperarlo.

¿Qué quiere decir esto? Que no estamos ante un día festivo convencional, sino ante un día festivo recuperable, algo que ha generado muchas preguntas.

Desde GLM responden a todas las dudas.

¿Qué son los festivos recuperables?

Los días festivos recuperables son aquellos que tienen la condición de días laborables pero en los que la prestación de servicios correspondiente al mismo no se realiza ese día, sino que se reparte en el resto de días laborables del año.

Desde el punto de vista legislativo, esta figura está regulada en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.2) y deja a empresas y trabajadores la negociación de cómo aplicarlo.

¿Cuál es la diferencia entre días festivos «normales» y días festivos recuperables?

Según esta definición, la diferencia es bastante clara: en los días festivos normales o estipulados no se trabaja, mientras que en los días festivos recuperables los trabajadores no están obligados a ir a trabajar, pero tendrán que recuperar esas horas si no lo hacen.

¿Por qué existen estos días? ¿Qué dice la ley sobre ellos?

En España, cada año natural deben reconocerse un total de 14 días festivos.

Algunos de ellos vienen determinados por el estado. Se trata de «festivos nacionales» como Año Nuevo (1 de enero), Viernes Santo, Día del Trabajo (1 de mayo), Festividad de Asunción de la Virgen (15 de agosto), Fiesta de la Hispanidad (12 de octubre), Día de Todos los Santos (1 de noviembre), Día de la Constitución Española (6 de diciembre), Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Día de Navidad (25 de diciembre).

Además, los gobiernos regionales pueden respetar o mover algunas festividades tradicionales como el Día de la Epifanía (6 de enero) y Jueves Santo, además de sustituir estas por otras como el Día de San José (19 de marzo) o el Día de Santiago (25 de julio).

Con el fin de cubrir el total de 14 festivos se permite que cada ayuntamiento elija, normalmente cuadrando con sus fiestas locales tradicionales, otros dos días de fiesta.

Una vez se ha pactado el calendario y en caso de que algún día festivo sea domingo, las comunidades autónomas pueden mover ese día no laboral al lunes más próximo, algo que es bastante habitual.

¿Ir o no ir a trabajar? Esa es la cuestión

Ambas decisiones tienen sus consecuencias y conviene conocerlas.

  • Si vas a trabajar:

En este caso, estarás acudiendo a tu puesto de trabajo durante un día festivo, por lo que es posible que tu convenio establezca alguna forma para compensar esas horas.

Aun así, es importante matizar que al trabajar en un festivo recuperable no se aplica el incremento por horas extras, ya que las horas de ese día no excederán la jornada anual pactada.

  • Si no vas a trabajar:

En este caso, tendrás que devolver las horas de ese día para cumplir con la jornada anual marcada por el convenio colectivo, y deberás pactar con tu empresa o con el representante de los trabajadores cómo y cuándo, teniendo en cuenta que:

  • Las horas deben devolverse dentro del mismo año natural.
  • El día de festivo no puede sustituirse por otro festivo o por un día de vacaciones. Esto quiere decir que debes recuperar las horas añadiendo tiempo de trabajo a tus días laborales normales, respetando siempre el límite de 9 horas diarias y las 12 horas de descanso entre jornadas.

 

Ir a trabajar en días festivos

¿Qué pasa si el día festivo recuperable estoy de vacaciones o es mi día libre? ¿La empresa debe darme un día extra de fiesta?

No. Si un día festivo recuperable coincide con tu día de descanso, con tus vacaciones o con un día de inactividad por cualquier otro motivo (por ejemplo, por estar de baja por enfermedad, por permiso de maternidad/paternidad, permiso por matrimonio, etc.) la empresa no está obligada en ningún caso a darte un día festivo adicional y, por tanto, tú tampoco deberás recuperar nada.

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