Síguenos

Valencia

Hasta 10.800 € por comprar una casa en pueblos de Valencia: nuevas ayudas para jóvenes en 2025

Publicado

en

Ayuda vivienda en pequeños pueblos de Valencia

La Generalitat Valenciana ha lanzado una nueva convocatoria de ayudas a la compra de vivienda para jóvenes menores de 35 años, ofreciendo hasta 10.800 euros para adquirir una casa en municipios pequeños de la provincia de Valencia.

Estas subvenciones buscan frenar la despoblación rural y facilitar el acceso a la vivienda para los más jóvenes en localidades con menos de 10.000 habitantes.


¿Cuáles son los requisitos para solicitar esta ayuda?

Los principales requisitos para optar a estas ayudas son:

  • Tener menos de 35 años

  • Ingresos anuales iguales o inferiores a tres veces el IPREM (unos 21.600 € en 12 pagas)

  • No ser propietario de otra vivienda

  • La vivienda debe costar menos de 120.000 €

  • Debe estar ubicada en un municipio de menos de 10.000 habitantes

  • Usarse como residencia habitual y permanente

Las ayudas cubren solo el precio de compra, sin incluir tributos ni gastos notariales o de registro.


¿Qué tipo de viviendas pueden acogerse a la ayuda?

La vivienda debe estar:

  • En un municipio pequeño de la Comunitat Valenciana

  • Destinada a uso habitual

  • Comprada entre el 4 de octubre de 2024 y la fecha de cierre de la convocatoria (aún por anunciar)

También podrán acceder quienes hayan formalizado un compromiso de compra o precontrato, incluso en caso de obra nueva, siempre que se escriture antes del plazo.


Compatibilidad con otras ayudas

Estas ayudas para la compra de vivienda joven pueden combinarse con otras subvenciones públicas, siempre que la suma total no supere el valor de la vivienda.

También son compatibles con las ayudas de emergencia al alquiler contempladas en el Decreto 167/2024, relacionadas con los daños provocados por la DANA.


Municipios de Valencia donde puedes beneficiarte de la ayuda

Según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística, en la provincia de Valencia hay 211 municipios por debajo de la barrera de los 10.000 habitantes:

Sempere
Puebla de San Miguel
Carrícola
Estubeny
Llocnou de la Corona
Vallanca
Casas Altas
Castellonet de la Conquesta
Pinet
Vallés
Torrella
Bufali
Aielo de Rugat
Casas Bajas
Segart
Benagéber
Rugat
Benissuera
Beniatjar
Yesa, La
Almiserà
Castielfabib
Terrateig
Granja de la Costera, la
Bellús
Cotes
Andilla
Millares
Dos Aguas
Cerdà
Sellent
Zarra
Torrebaja
Aras de los Olmos
Salem
Gátova
Sot de Chera
Otos
Calles
Ráfol de Salem
Guadasséquies
Benissoda
Alfauir
Chera
Titaguas
Beniflá
Losa del Obispo
Sant Joanet
Higueruelas
Algar de Palància
Bicorp
Gestalgar
Montitxelvo/Montichelvo
Llocnou de Sant Jeroni
Villargordo del Cabriel
Palomar, el
Benicolet
Teresa de Cofrentes
Guardamar de la Safor
Alfara de la Baronia
Bèlgida
Beneixida
Benavites
Benimuslem
Quesa
Chulilla
Alcublas
Domeño
Emperador
Fuenterrobles
Alpuente
Caudete de las Fuentes
Torres Torres
Jarafuel
Cortes de Pallás
Bugarra
Jalance
Novetlè
Énova, l’
Llocnou d’En Fenollet
Fontanars dels Alforins
Ademuz
Fortaleny
Palmera
Gavarda
Quart de les Valls
Sumacàrcer
Llanera de Ranes
Algímia d’Alfara
Potries
Antella
Cofrentes
Senyera
Montesa
Petrés
Benicull de Xúquer
Sinarcas
Rotglà i Corberà
Venta del Moro
Atzeneta d’Albaida
Alfarrasí
Camporrobles
Tuéjar
Llaurí
Ròtova
Siete Aguas
Bolbaite
Tous
Rafelcofer
Alcàntera de Xúquer
Alborache
Macastre
Barx
Albalat dels Tarongers
Alqueria de la Comtessa, l’
Benifairó de la Valldigna
Benirredrà
Barxeta
Montaverner
Estivella
Quartell
Alfarb
Chelva
Ador
Riola
Càrcer
Massalavés
Palma de Gandía
Beniarjó
Marines
Font de la Figuera, la
Beniparrell
Loriguilla
Quatretonda
Yátova
Benimodo
Benifairó de les Valls
Llutxent
Xeresa
Rafelguaraf
Castelló de Rugat
Agullent
Olocau
Benissanó
Real
Chella
Pobla del Duc, la
Manuel
Polinyà de Xúquer
Anna
Almoines
Massalfassar
Real de Gandia, el
Favara
Llombai
Genovés, el
Catadau
Miramar
Navarrés
Vallada
Casinos
Pedralba
Corbera
Piles
Simat de la Valldigna
Daimús
Albalat de la Ribera
Montroi/Montroy
Vinalesa
Alfara del Patriarca
Faura
Serra
Llosa de Ranes, la
Villar del Arzobispo
Gilet
Font d’en Carròs, la
Bonrepòs i Mirambell
Bocairent
Godelleta
Albalat dels Sorells
Moixent/Mogente
Albuixech
Pobla Llarga, la
Aielo de Malferit
Vilallonga/Villalonga
Enguera
Bellreguard
Sollana
Ayora
Alcúdia de Crespins, l’
Benigànim
Guadassuar
Xeraco
Albaida
Museros
Castelló
Turís
Almàssera
Rocafort
Foios
Canet d’En Berenguer
Nàquera/Náquera
Olleria, l’
Cheste
Almussafes
Pobla de Farnals, la
Puig de Santa Maria, el
Tavernes Blanques
Montserrat
Rafelbunyol
Buñol

 

Consulta el listado completo en el DOGV o en la web de la Conselleria de Vivienda una vez se abra oficialmente la convocatoria.


¿Dónde se publicarán las bases y cómo solicitar la ayuda?

Las bases ya están publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). La convocatoria oficial se abrirá próximamente en el portal de la Conselleria de Vivienda, donde se podrán presentar las solicitudes electrónicamente.

 


Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

Publicado

en

18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo
OFFICIAL PRESS
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.