Síguenos

Valencia

Estos son los cortes de tráfico por los actos del 9 de Octubre

Publicado

en

cortes tráfico 9 octubre

El Ayuntamiento de Valencia ha preparado un dispositivo especial de regulación con diferentes cortes del tráfico con motivo de los actos conmemorativos de la festividad del 9 de Octubre que se prolongará durante cuatro días y empezará este viernes, 6 de octubre, con restricciones de estacionamiento en determinados calles de la ciudad.

Las restricciones de tráfico por los actos del 9 de octubre empiezan desde este viernes, 6 de octubre a las 22:00 horas

En este sentido, estará prohibido estacionar desde las 22:00 horas del viernes 6 y hasta la 1:00h del lunes 9 en ambos sentidos y parte central del paseo de l’Albereda entre la plaza de Zaragoza y el puente de las Flores. Al vial del paseo de l’Albereda entre plaza de Zaragoza y del General Gil Dolz.

Además, desde las 6:00 horas del domingo 8 y hasta la 1:00h del lunes 9 no se podrá estacionar en la plaza de América (paralelo al antiguo lecho del río Turia), entre el puente de Aragón y el puente del Mar. También en la plaza de América (sentido opuesto) entre Sorní y Serrano Morales. 

También tienen restricciones de estacionamiento, desde las 15:00 horas del domingo 8 y hasta la 1:00h del lunes 9, las calles de Serrano Flores (banda izquierda) entre el paseo de l’Albereda y Finlandia y la calle d’Albentosa a ambas bandas (acceso al cuartel militar –zona reservada-).

Asimismo, el domingo 8 de octubre, se regulará el tráfico desde las 10:00 horas de la mañana con motivo del desfile y alardo de Moros y Cristianos hasta las 14:00 horas. En concreto afectará en la plaza del Mercat, la avenida de Maria Cristina y la plaza de L’Ajuntament.

La jornada del domingo finalizará a las 23:59 horas con el dispar del castillo de fuegos artificiales en el paseo de l’Albereda (entre la plaza de Zaragoza y el puente de las Flores). Los cortes al tráfico en los accesos a l’Albereda tienen previsto iniciarse a las 21:00 horas y se cerrará la estación de metro de l’Albereda a las 23:00 horas.

Procesión cívica del 9 de octubre 

Respecto a los actos del lunes 9 de Octubre, día grande de la fiesta, el tráfico se regulará de 12:15 a 14:00 horas con motivo de procesión cívica, que discurrirá por las calles siguientes: plaza de L’Ajuntament, Barcas, Poeta Querol, Marqués de Dos Aguas, calle de la Pau y plaza de la Reina. Al llegar a la Catedral, la entrada se hará por la Puerta de los Hierros y la salida por la plaza de l’Almoina para continuar por la calle del Palau, de les Avellanes, calle de la Mar, San Vicente Ferrer, Comedias, calle de la Pau, plaza de Alfonso el Magnánimo, Pintor Sorolla, Barcas y finalizar en la plaza de L’Ajuntament.

Además, 17:00 a 22:00 horas se celebrará la XIX Entrada Mora y Cristiana que afectará a las calles de la Pau, Marqués de Dos Aguas, Poeta Querol, Barcas, plaza de L’Ajuntament y Marqués de Sotelo.

 

En cuanto a las manifestaciones del 9 de Octubre, los itinerarios de las mismas son los siguientes: por un lado, la manifestación “Acción Cultural” discurrirá desde las 18:00 a 21:00 horas por la plaza de San Agustín, Xàtiva, Colón, Cerdà de Tallada y Alfonso el Magnánimo. Y de otro, la manifestación “Coordinadora Obrera Sindical”, que hará su recorrido desde las 18:00 hasta las 22:00 horas por la plaza de San Agustín, Xàtiva, Colón, Porta de la Mar, Navarro Reverter y plaza de América.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

Publicado

en

18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo
OFFICIAL PRESS
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.