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Subida de las pensiones en 2027: así se calculará cuánto cobrarán los jubilados

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Cuánto suben las pensiones
- EUROPA PRESS - Archivo

La cuantía definitiva se conocerá cuando termine de calcularse el IPC medio de los doce meses previos a diciembre y las pensiones se actualizarán desde el 1 de enero de 2027

Las pensiones volverán a subir en España en 2027, pero la cuantía exacta del incremento todavía no está confirmada. La ley establece que las pensiones contributivas se revalorizarán cada año en función de la media de las tasas de inflación de los doce meses anteriores a diciembre del año previo.

Por tanto, para conocer la subida que se aplicará desde el 1 de enero de 2027 habrá que esperar a disponer de todos los datos del IPC correspondientes al periodo que determina la normativa. En estos momentos ya se conocen los datos hasta agosto, pero todavía faltan septiembre, octubre y noviembre.

¿Cuánto subirán las pensiones en 2027?

A día de hoy no existe una cifra oficial definitiva para la subida de las pensiones de 2027.

El dato conocido más reciente es el IPC de agosto de 2026, que se situó en el 4,3% interanual, siete décimas más que en julio.

Con los datos disponibles entre diciembre de 2025 y agosto de 2026, la media de las tasas interanuales conocidas se sitúa aproximadamente en el 3,16%. Sin embargo, esta cifra no es todavía la subida de las pensiones de 2027, ya que faltan tres meses para completar el periodo de cálculo.

Por este motivo, cualquier porcentaje que se publique ahora debe considerarse una estimación, no una cuantía confirmada por el Gobierno.

Así se calcula la subida de las pensiones

El artículo 58 de la Ley General de la Seguridad Social establece que las pensiones contributivas se actualizan al comienzo de cada año tomando como referencia la media de las tasas de variación interanual del IPC de los doce meses previos a diciembre del año anterior.

El mecanismo se aplica a las pensiones contributivas y garantiza que, si el resultado de la media fuese negativo, las pensiones no se reducirían por este motivo.

De esta forma, el porcentaje definitivo de 2027 dependerá de cómo evolucionen los precios durante los próximos meses.

El IPC de agosto ya supera el 4%

El último dato oficial disponible muestra una aceleración de la inflación.

El INE situó el IPC de agosto de 2026 en el 4,3%, frente al 3,6% registrado en julio. La inflación subyacente se situó en el 2,9%.

Esta evolución influirá en el cálculo definitivo de la revalorización, aunque todavía no permite determinar cuánto subirán exactamente las pensiones.

Evolución del IPC conocido para calcular la subida de 2027

Mes IPC interanual
Diciembre 2025 2,9%
Enero 2026 2,3%
Febrero 2026 2,3%
Marzo 2026 3,4%
Abril 2026 3,2%
Mayo 2026 3,2%
Junio 2026 3,2%
Julio 2026 3,6%
Agosto 2026 4,3%

Los datos de septiembre, octubre y noviembre de 2026 serán necesarios para completar el periodo de referencia.

¿Y las pensiones mínimas y la pensión máxima?

La situación es diferente según el tipo de prestación.

Las pensiones contributivas se revalorizan conforme al mecanismo establecido en la Seguridad Social. En cambio, las cuantías de las pensiones mínimas y otros complementos están sujetas a las reglas específicas establecidas para cada ejercicio.

Por ello, todavía no se puede ofrecer una tabla definitiva con las cantidades que cobrarán en 2027 los pensionistas con la pensión mínima, máxima o de viudedad.

La cifra de la pensión máxima de 2027 tampoco puede darse por cerrada en septiembre de 2026. Será necesario esperar a la normativa que establezca las cuantías correspondientes al próximo ejercicio.

¿Cuándo se conocerá la subida de las pensiones de 2027?

La cifra podrá determinarse una vez que se conozcan todos los datos de inflación necesarios para aplicar la fórmula legal.

En 2026, las pensiones contributivas se revalorizaron un 2,7%, porcentaje equivalente a la media de las tasas de inflación de los doce meses previos a diciembre de 2025. Así lo recoge la normativa aplicada para este ejercicio.

Para 2027 habrá que repetir el mismo procedimiento con los datos correspondientes a 2026.

La subida de 2027 todavía no está cerrada

Por tanto, no es correcto afirmar todavía que las pensiones subirán un 3,2% en 2027. Esa cifra puede utilizarse como referencia o estimación a partir de los datos conocidos, pero el porcentaje definitivo dependerá de la evolución del IPC durante septiembre, octubre y noviembre.

Los pensionistas conocerán así la cuantía definitiva de la revalorización una vez completado el cálculo establecido por la ley.

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El aborto farmacológico llegará a los centros de salud: así será el nuevo método

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El Ministerio de Sanidad prepara un cambio en el acceso al aborto farmacológico en España para que las mujeres puedan realizar este procedimiento en los centros de salud de Atención Primaria cuando sea adecuado para su situación.

La ministra de Sanidad, Mónica García, ha anunciado este lunes que su departamento impulsará los cambios necesarios para incorporar el aborto farmacológico a la cartera común de servicios de Atención Primaria del Sistema Nacional de Salud. El objetivo es que las pacientes puedan recibir información, atención y seguimiento desde su centro de salud, sin que el proceso tenga que desarrollarse exclusivamente en un hospital.

La medida todavía no está en vigor. Para ponerla en marcha será necesario modificar la normativa que regula la autorización de los centros sanitarios y actualizar la cartera común de servicios del SNS. Sanidad también iniciará los trámites para modificar la ficha técnica de la mifepristona, uno de los medicamentos empleados en el aborto farmacológico, con el objetivo de permitir su utilización fuera del ámbito exclusivamente hospitalario.

¿En qué consiste el nuevo método de aborto?

El aborto farmacológico es una interrupción voluntaria del embarazo mediante medicamentos, sin necesidad de recurrir a una intervención quirúrgica.

La guía común del Sistema Nacional de Salud contempla actualmente diferentes métodos de interrupción voluntaria del embarazo, entre ellos el farmacológico, el instrumental y el quirúrgico. La elección depende de factores como la edad gestacional, las circunstancias sanitarias y las preferencias de la paciente.

La novedad anunciada este lunes no es, por tanto, la creación de una nueva píldora abortiva, sino un cambio en el lugar y la forma en que se presta este servicio sanitario.

La mifepristona, uno de los medicamentos utilizados

Uno de los cambios previstos afecta a la mifepristona, medicamento utilizado junto con otros fármacos en el aborto farmacológico.

Sanidad pretende iniciar los trámites para modificar su ficha técnica y eliminar la limitación que actualmente condiciona su utilización al ámbito hospitalario. De esta forma, el tratamiento podría integrarse en la atención sanitaria desde los centros de salud cuando esté indicado.

El Ministerio plantea que las mujeres puedan contar con profesionales sanitarios que les proporcionen información y acompañamiento antes, durante y después del proceso.

¿Cuándo se podrá hacer en el centro de salud?

Por el momento no existe una fecha concreta de entrada en funcionamiento.

El Ministerio debe modificar el real decreto que regula la autorización de los centros sanitarios, tramitar el cambio de la ficha técnica de la mifepristona y actualizar la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud.

Además, serán las comunidades autónomas las encargadas de organizar la prestación dentro de su red de Atención Primaria.

Sanidad quiere reducir las diferencias entre comunidades

El anuncio se produce en un contexto de diferencias importantes entre territorios en el acceso al aborto dentro de la sanidad pública.

Según el Ministerio de Sanidad, en 2024 casi ocho de cada diez interrupciones voluntarias del embarazo se realizaron en centros privados.

La intención del Gobierno es ampliar la participación de la red pública y facilitar que las mujeres puedan acceder al aborto farmacológico cerca de su lugar de residencia.

El Ministerio sostiene que llevar esta prestación a Atención Primaria permitirá reducir desplazamientos y facilitar el acompañamiento sanitario durante todo el proceso.

El aborto farmacológico ya está contemplado en el SNS

La medida anunciada no supone incorporar por primera vez el aborto farmacológico al sistema sanitario español. Este método ya forma parte de la cartera de servicios y está recogido en la guía común del Sistema Nacional de Salud.

El cambio planteado ahora consiste en extender su prestación a los centros de Atención Primaria, siempre que resulte adecuado para cada caso y una vez completada la correspondiente tramitación normativa.

Por tanto, la principal novedad anunciada este 28 de septiembre es el traslado de parte de la atención del aborto farmacológico desde el ámbito hospitalario hacia los centros de salud.

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