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Valencia

Estas son las enfermedades más buscadas por los valencianos

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Estas son las principales causas de muerte en la Comunitat

La ansiedad, el reflujo gástrico y el Helicobacter pylori se encuentran entre las patologías que más interés despiertan en la Comunitat Valenciana

¿Qué enfermedades preocupan más a los valencianos? Las búsquedas y consultas realizadas a través de plataformas sanitarias permiten conocer qué patologías generan más dudas entre la población. Y los datos dejan una conclusión clara: los problemas de salud mental han ganado un protagonismo importante, aunque también aparecen entre las enfermedades más consultadas trastornos digestivos, dermatológicos y otras patologías.

Uno de los rankings publicados por Doctoralia para la Comunitat Valenciana situó al trastorno de ansiedad como la enfermedad más consultada, seguido del reflujo gástrico y la infección por Helicobacter pylori. En aquella clasificación también aparecían la gilosis, la esofagitis, el comportamiento suicida, las hemorroides, las adenopatías, la alopecia y el síndrome del intestino irritable.

La ansiedad, una de las grandes preocupaciones

La ansiedad ocupa un lugar destacado entre las enfermedades y trastornos sobre los que los valencianos buscan información. El interés por la salud mental ha ido adquiriendo mayor peso en las consultas sanitarias, especialmente desde los años de la pandemia.

El ranking de Doctoralia reflejó precisamente esta tendencia: además del trastorno de ansiedad, el comportamiento suicida aparecía entre las diez patologías más consultadas en la Comunitat Valenciana.

Estos datos no significan que las búsquedas equivalgan a diagnósticos. Una persona puede buscar información por preocupación ante determinados síntomas, por el diagnóstico de un familiar o simplemente para conocer una enfermedad.

Los problemas digestivos también preocupan

Después de la ansiedad, los problemas relacionados con el aparato digestivo ocupan una posición destacada.

El reflujo gástrico fue la segunda patología más consultada en aquel ranking, mientras que el Helicobacter pylori, una bacteria relacionada con diferentes problemas del aparato digestivo, ocupó la tercera posición.

También aparecieron entre las consultas más frecuentes la esofagitis y el síndrome del intestino irritable, dos problemas que pueden provocar síntomas digestivos persistentes y que generan numerosas dudas entre los pacientes.

Alopecia, hemorroides y ganglios: otras búsquedas frecuentes

El listado también muestra que las preocupaciones sanitarias de los valencianos son muy variadas.

La alopecia, las hemorroides y las adenopatías —alteraciones de los ganglios linfáticos— aparecen entre las diez patologías más consultadas.

Precisamente este tipo de búsquedas refleja una tendencia cada vez más habitual: acudir primero a internet para intentar comprender un síntoma antes de consultar con un profesional sanitario.

¿Qué enfermedades buscaban más los valencianos?

El ranking publicado por Doctoralia para la Comunitat Valenciana situaba estas diez patologías en los primeros puestos:

  1. Trastorno de ansiedad
  2. Reflujo gástrico
  3. Helicobacter pylori
  4. Gilosis
  5. Esofagitis
  6. Comportamiento suicida
  7. Hemorroides
  8. Adenopatías
  9. Alopecia
  10. Síndrome del intestino irritable

Un ranking que también cambia con el tiempo

Los intereses sanitarios de la población no son estáticos. Un ejemplo es el ranking publicado anteriormente por Doctoralia en 2019, cuando la fibromialgia encabezaba las búsquedas de los valencianos, seguida del trastorno obsesivo-compulsivo y las adicciones. En aquella clasificación, cuatro de las diez enfermedades pertenecían al ámbito de la salud mental.

También destacaban entonces el virus del papiloma humano (VPH), la endometriosis, el TDAH, el acné y la disfunción de la articulación temporomandibular.

La comparación evidencia cómo las preocupaciones relacionadas con la salud pueden cambiar con el tiempo y cómo determinados acontecimientos sociales o sanitarios pueden provocar picos de interés por determinadas enfermedades.

Buscar información no sustituye al médico

Los profesionales sanitarios advierten de la importancia de interpretar con cautela la información encontrada en internet. Una búsqueda sobre síntomas o enfermedades puede ayudar a conocer mejor un problema, pero no permite establecer por sí sola un diagnóstico.

Además, síntomas similares pueden estar relacionados con enfermedades muy diferentes. Por ello, ante molestias persistentes, síntomas preocupantes o cambios importantes en el estado de salud, la recomendación es consultar con un profesional sanitario.

La propia plataforma Doctoralia ha advertido del riesgo de utilizar internet para realizar autodiagnósticos o recurrir a la automedicación basándose únicamente en información encontrada en la red.

En la Comunitat Valenciana, además, la Conselleria de Sanidad mantiene sistemas específicos de información y vigilancia epidemiológica para diferentes patologías, entre ellas las enfermedades raras.

Una radiografía de las preocupaciones sanitarias

Más allá del ranking concreto, las búsquedas ofrecen una fotografía interesante de las dudas que pueden surgir entre los ciudadanos: salud mental, problemas digestivos, síntomas físicos y enfermedades crónicas concentran buena parte del interés.

Eso sí, las búsquedas en internet no deben confundirse con la prevalencia real de una enfermedad. Una patología puede ser muy buscada porque genera incertidumbre o porque acaba de adquirir notoriedad, aunque no sea una de las enfermedades más frecuentes entre la población.

 

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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