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Formación bonificada ¿sabes como optar a cursos de formación para tus trabajadores?

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Formación bonificada ¿sabes como optar a cursos de formación para tus trabajadores?

En muchos casos, las empresas de nuestro país no conocen que, si cotizan la contingencia profesional, disponen de ciertas bonificaciones para la formación de su plantilla. El total de dichas bonificaciones dependerá de lo que la propia empresa haya ingresado durante la anualidad anterior a cuenta de formación profesional.

Este porcentaje se establece según lo indicado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y, entre otros aspectos, varía en función del tipo de empresa de la que se trate y su tamaño.

¿Cuánto puede recibir una empresa valenciana para formación?

El crédito disponible para los cursos de formación bonificada en Valencia, como hemos mencionado, dependerá fundamentalmente del número de trabajadores que tenga.

Por ejemplo, las compañías con menos de cinco trabajadores recibirían unos 420€ al año en la actualidad. Aquellas que empleen entre 6 y 9 personas tendrán una bonificación del 100% de lo aportado por la empresa el año anterior para formación, y a partir de ahí el tanto por ciento irá reduciéndose paulatinamente, hasta llegar a un 50% para empresas de más de 250 trabajadores.

¿Cuáles son los requisitos?

En primer lugar, para que la empresa pueda bonificar la formación debe dar información de los cursos disponibles a la representación legal de los trabajadores, si la hubiera. Además de eso, se debe comunicar cuando será inicio de la formación, las fechas de realización de la formación y comunicarlo también una vez ésta finalice.

Como detalle importante es necesario recalcar que, para beneficiarse de las bonificaciones, las empresas tienen que estar al corriente de pago de sus obligaciones fiscales frente a la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. También deberán abonar las facturas relativas a la acción formativa desarrollada como requisito previo antes de poder aplicar la bonificación.

Normativa y documentación que es necesario tramitar y conservar

Las empresas deberán guardar durante un mínimo de 4 años la documentación justificativa de la formación. Si se trata de pymes, al tratarse de acciones formativas cofinanciada con fondos comunitarios (FSE), las empresas también tendrán que mantenerse a disposición de los órganos de control.

Se deberá, por otro lado, facilitar a los organizadores la documentación y los datos que son necesarios para realizar las gestiones ante la Fundación Tripartita. Estas bonificaciones permiten a las pymes invertir más valor al factor humano que las compone. El personal necesita una formación continua para reorientar sus conocimientos y conseguir un buen desarrollo del negocio.

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Abierta la Convocatoria ‘Emprende y Consolida 2024’: Subvenciones para Impulsar Empresas

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emprende y consolida subvenciones empresas Valencia

El Ayuntamiento de València destina 790.000 euros al  fomento de la consolidación empresarial en la ciudad      

  El Ayuntamiento de València impulsa la consolidación empresarial en la ciudad a través de la convocatoria de subvenciones “Emprende y Consolida 2024”, dotadas con un importe total de 790.000 euros. 

 Estas subvenciones buscan apoyar la continuidad de las empresas, en especial en los primeros años de existencia, para que puedan afrontar nuevos retos de expansión, buscar nuevos nichos de mercado o mejorar su competitividad. 

 Según ha explicado la delegada de Emprendimiento, Cecilia Herrero,la mayoría de los grandes retos a los que se enfrentan las personas emprendedoras están dirigidos a la consolidación de su empresa, su expansión y a buscar nuevos mercados o mejorar su competitividad”.  

 En este sentido, Herrero ha destacado el papel de las administraciones públicas en este sector y, por ello, “desde el Ayuntamiento al considerar necesario apoyar la continuidad de las empresas y fortalecer su consolidación, hemos contemplado una cuantía adicional máxima de hasta 500.000 euros a esta ayuda y cuya aplicación no requerirá una nueva convocatoria”. 

 De este modo, las empresas podrán obtener hasta 3.000 euros, siempre que cumplan los requisitos de la convocatoria, por orden de presentación y hasta agotar el crédito. Se subvencionará el 100 % del total de los gastos justificados, hasta el importe máximo indicado, excluidos los impuestos susceptibles de recuperación.   

 Asimismo, la delegada de Emprendimiento ha explicado que esta cuantía máxima “se podrá incrementar hasta en 1.000 euros más cuando se acredite estar afectado por el incendio producido en el barrio de Campanar, para lo que el local de desarrollo de la actividad económica debe encontrarse en los bloques afectados ubicados en la calle Poeta Rafael Alberti, nº2 de València o que tenga en dicho inmueble el domicilio fiscal o social”. 

 La edil ha manifestado que “desde el año 2019 no se dan ayudas a la consolidación empresarial y nosotros apostamos por este tipo de acompañamiento económico para fortalecer el tejido empresarial y emprendedor en la ciudad”. 

 Por otro lado, si el número de solicitudes satisfechas agota el crédito destinado a esta convocatoria, el importe de la última ayuda concedida podrá ser inferior a la cuantía establecida, pero en ningún caso inferior a 500 euros. 

 

 

Presentación de solicitudes y destinatarios 

 Podrán solicitar estas subvenciones los autónomos o personas jurídicas, comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, que cumplan determinados requisitos. Entre ellos se encuentran: haber iniciado la actividad entre el 1 de enero de 2022 y el 11 de abril de 2023 sin cesarla desde dicho comienzo; que el local de desarrollo de la actividad se encuentre en el término municipal de València; y que la plantilla media sea inferior a 10 trabajadores, entre otras. 

 En caso de comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica se deberá nombrar un representante apoderado. Asimismo, quedan excluidas las administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, así como las asociaciones, fundaciones y, en general, entidades sin ánimo de lucro. También queda excluido el autónomo colaborador. 

 Las solicitudes, cuyo plazo de presentación finaliza el próximo 29 de abril, se presentarán mediante la realización de dos trámites. El primero consiste en rellenar un formulario de preinscripción que se podrá obtener en la web municipal. Con él se generará un archivo pdf y se aportará como documento en el trámite de solicitud de la subvención. El formulario tiene un número de localizador que se pedirá al realizar la solicitud por la sede electrónica. 

 El segundo se basa en la presentación de la solicitud únicamente por vía telemática a través del trámite ubicado en la sede electrónica. La persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada con un certificado reconocido para la ciudadanía admitido por la sede electrónica del Ayuntamiento de València.    

 Entre los gastos subvencionables se encuentran los de personal; arrendamiento de locales y equipos necesarios para el desarrollo de la actividad; formación no reglada; análisis e investigación de mercados; desarrollo de herramientas de comunicación comercial incluyendo la adaptación a mercados exteriores; consultoría y asesoramiento para planes de marketing; identidad corporativa; planes estratégicos; implantación de sistemas de calidad; y publicidad. 

 

 

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