Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

GALERÍA| Así luce ya la nueva plaza peatonal del Ayuntamiento de València

Publicado

en

La actuación de peatonalización de la plaza del Ayuntamiento de València ya está lista. Se ha reordenado la circulación, se han establecido las rutas para el tránsito rodado y se ha instalado un asfalto especial para las zonas peatonales, bajo la premisa de devolver este espacio central y emblemático a la ciudadanía. El alcalde de València, Joan Ribó, ha visitado esta mañana la finalización de las obras, acompañado por la vicealcaldesa y concejala de Desarrollo y Renovación Urbana, y ha reiterado la voluntad del Gobierno Municipal de «hacer una ciudad más amable, más sostenible y para las personas».

«Esta plaza acaba siendo lo que tenía que ser: una plaza para las personas, una plaza que rescatamos para la ciudadanía, para los hombres y mujeres que viven en esta ciudad». El alcalde Joan Ribó ha manifestado su satisfacción por la recuperación de la plaza del Ayuntamiento como zona de uso y disfrute para la ciudadanía, «de la misma manera que se ha hecho ya en otros puntos como la plaza del pintor Segrelles y se está haciendo también en otras como Sant Agustí», ha explicado.

De hecho, el alcalde ha manifestado la voluntad del Gobierno Municipal de continuar en la misma línea de actuaciones en determinadas plazas de la ciudad, pese a que haya «gente que se resiste», una actitud que Ribó ha calificado de «esperable y normal, porque hay gente a la que le cuesta asumir los cambios». No obstante, el alcalde ha defendido que la recuperación de las plazas como espacios de uso ciudadano y peatonal y la apuesta por las áreas sostenibles y saludables «son los mismos cambios que se están dando en el resto de Europa, que van en la misma dirección». «De hecho –ha añadido- València está siendo protagonistas en muchas de las iniciativas que van en esta dirección».

Por su parte, la vicealcaldesa Sandra Gómez ha recordado que la remodelación de la plaza del Ayuntamiento era «una necesidad manifiesta, como ya se vio en el respaldo de la ciudadanía a través de los Presupuestos Participativos», pero ha recordado que las obras concluidas hoy son una actuación provisional. «La peatonalización definitiva conlleva unos plazos de aproximadamente tres, cuatro o cinco años, dado que primero hay que convocar un concurso de ideas, que conlleva un proceso de desarrollo y de evaluación; convocatoria de un concurso, adjudicación… y después ejecutar la reurbanización en sí, que durará al menos 18 o 20 meses».

«Por lo tanto –ha añadido- estamos hablando de varios años. Por eso, desde el Equipo de Gobierno decidimos en su momento impulsar primera esta actuación, para adelantar la peatonalización y el disfrute de la plaza, con independencia de que al mismo tiempo ya se está desarrollando ese concurso de ideas que se prevé que entrará en contratación el próximo otoño, por lo que el año que viene ya podremos empezar a debatir sobre cómo será definitiva y finalmente la plaza del Ayuntamiento de València».

La actuación en la plaza del Ayuntamiento comenzó el pasado lunes 4 de mayo, con unas semanas de retraso sobre el plazo inicialmente previsto, a causa de la pandemia de COVID-19 y la declaración del estado de alarma, y una vez habilitadas las paradas y líneas de autobús urbano afectadas por la actuación. Con la calle Colón ya abierta de nuevo al tráfico, con el nuevo carril EMT-Taxi doble y la circulación reordenada, comenzaron los trabajos de renovación del asfalto y habilitación de la señalización y mobiliario urbano que delimitan los alrededor de 12.000 metros cuadrados recuperados como nuevo espacio peatonal.

El pase de diapositivas requiere JavaScript.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda a sus hijos sin pagar IRPF, pero Hacienda advierte de un impuesto

Publicado

en

avales jóvenes vivienda Consell

La ley permite transmitir la vivienda habitual mediante una donación sin tributar por la ganancia patrimonial en el IRPF cuando el propietario supera los 65 años. Sin embargo, los hijos que reciben el inmueble sí deben hacer frente al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y pueden tener otros gastos.

Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda habitual a sus hijos sin tener que pagar IRPF por la ganancia patrimonial que genere la operación. Se trata de una ventaja fiscal contemplada en la legislación española que puede facilitar la transmisión de inmuebles dentro de una familia, especialmente en un momento en el que el acceso a la vivienda continúa siendo uno de los principales problemas para los jóvenes.

Sin embargo, esta posibilidad tiene una advertencia importante: que el progenitor esté exento de pagar IRPF no significa que la donación esté libre de impuestos. El hijo que recibe la vivienda debe liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), además de tener en cuenta otros posibles gastos derivados de la operación.

La exención está recogida en el artículo 33.4.b de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que establece que están exentas las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de la vivienda habitual por personas mayores de 65 años. El beneficio también se aplica a personas en situación de dependencia severa o gran dependencia.

La donación de una vivienda a los hijos también puede estar exenta de IRPF

Aunque la normativa habla de transmisión de la vivienda habitual, la exención no se limita exclusivamente a las compraventas. También puede aplicarse cuando el propietario decide donar el inmueble a sus hijos.

Así lo confirmó la Dirección General de Tributos en su consulta vinculante V2102-24, de 27 de septiembre de 2024, en la que analizó el caso de una persona mayor de 65 años que pretendía donar su vivienda a su hija.

Hacienda determinó que la donación del inmueble genera, con carácter general, una ganancia o pérdida patrimonial para el propietario. No obstante, si se cumplen los requisitos legales para considerar el inmueble como vivienda habitual y el donante tiene más de 65 años, puede aplicarse la exención del IRPF.

Esto significa que el progenitor no tendrá que tributar por la diferencia entre el valor de adquisición de la vivienda y el valor correspondiente a la transmisión, siempre que la operación cumpla las condiciones establecidas.

Los requisitos para donar la vivienda sin pagar IRPF

No basta con haber cumplido los 65 años para beneficiarse de esta ventaja fiscal. El inmueble debe tener la consideración de vivienda habitual conforme a la normativa tributaria.

El artículo 41 bis del Reglamento del IRPF establece, con carácter general, que la vivienda debe haber constituido la residencia habitual del contribuyente durante un periodo continuado de al menos tres años.

Además, existe una circunstancia que conviene conocer: no es imprescindible que el propietario siga viviendo en el inmueble el día de la donación.

La normativa permite aplicar la exención cuando la vivienda haya tenido la consideración de habitual hasta cualquier día de los dos años anteriores a la transmisión. Por tanto, una persona que se haya trasladado a otra residencia también puede beneficiarse de esta ventaja si realiza la donación dentro de ese plazo y cumple el resto de condiciones.

El hijo tendrá que pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

La principal advertencia fiscal afecta a quien recibe la vivienda. Aunque el progenitor esté exento de IRPF, el hijo que recibe el inmueble debe tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ya que se trata de una adquisición gratuita.

La cantidad que tendrá que pagar dependerá de la comunidad autónoma donde corresponda liquidar el impuesto, así como del valor del inmueble, el parentesco y las circunstancias concretas de la operación.

Por este motivo, las diferencias fiscales pueden ser importantes dependiendo del territorio en el que se realice la donación. Las comunidades autónomas cuentan con sus propias bonificaciones y reducciones para las transmisiones entre padres e hijos.

Otros gastos que hay que tener en cuenta antes de donar una vivienda

La exención del IRPF para los mayores de 65 años tampoco elimina automáticamente todos los gastos asociados a la transmisión.

Entre ellos puede encontrarse la plusvalía municipal, cuando proceda, cuyo pago corresponde generalmente al donatario en las transmisiones gratuitas. También hay que contemplar los gastos de notaría y registro de la propiedad.

Por tanto, antes de donar una vivienda habitual a un hijo conviene calcular el coste fiscal completo de la operación y comprobar las bonificaciones autonómicas disponibles.

La posibilidad de transmitir una vivienda sin pagar IRPF puede representar un ahorro importante para los propietarios mayores de 65 años, pero la operación requiere estudiar tanto la situación del donante como la del beneficiario para evitar sorpresas fiscales.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

 

Continuar leyendo
OFFICIAL PRESS
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.