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GÜRTEL| Crespo acusa a Costa y reconoce que el PP de Valencia pagó en negro a la trama

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A preguntas de la fiscal Myriam Segura durante la vista oral que acoge la Audiencia Nacional, Crespo ha explicado que esta proposición la hizo Ricardo Costa, exsecretario general del PPCV, en una reunión mantenida en su despacho en la que estuvo presente el también investigado Álvaro Pérez ‘el Bigotes’, responsable de Orange Market.

El empresario ha explicado que Costa les confesó que no había dinero para saldar la deuda y que «la única solución» era facturar «a determinados empresarios» para cobrar. Estos últimos, tras el acuerdo alcanzado con la Fiscalía, ratificaron en la primera sesión de juicio que financiaron de forma irregular al Partido Popular Valenciano presidido en esos momentos por Francisco Camps.

La respuesta de Crespo fue que no les gustaba la proposición, pero le respondieron que no había otra alternativa. «Era hacerlo así o no cobrar», ha explicado el investigado a preguntas del magistrado José María Vázquez Honrubia.

«Cuando supe de esta reunión llamé a (Francisco) Correa para explicarle exactamente lo que había sucedido y aceptamos hacerlo así porque sino tendríamos que haber hecho un concurso de acreedores y el cierre de la compañía porque en ese momento teníamos deuda vencida en los proveedores y teníamos que pagar a los empleados. No era una cuestión solo de beneficio», ha explicado Crespo.

Crespo es el segundo de los investigados que señala a Costa como la persona del PP valenciano desde la cual saldría la orden de pagar en ‘b’ a las empresas de la trama. En su declaración del pasado martes, Correa explicó que fue éste quien indicó a una de las empresas de la trama, Orange Market, los empresarios a los que debían facturar los actos de las campañas de las elecciones municipales y autonómicas de 2007 y de las generales de 2008 si «querían cobrar».

El ‘número’ dos de la trama Gürtel, Pablo Crespo, ha reconocido este viernes que el PPCV, liderado por Francisco Camps, pagó con dinero en negro los eventos y actos electorales de las campañas municipales y autonómicas de 2007 y de las generales de 2008 que contrataron con la empresa Orange Market.

Durante su declaración en el juicio por la presunta financiación ilegal del PP valenciano, Crespo –que se enfrenta a 22 años de prisión– ha corroborado lo que ya confesó el líder de la trama corrupta, Francisco Correa. A preguntas de la fiscal Myriam Segura ha explicado que parte de los eventos que realizó Orange Market para los ‘populares’ valencianos fueron pagados en «efectivo» y que fue un dinero que «no se declaró», pues fue integrada en su totalidad a la «caja ‘b’ del señor Correa».

«La otra parte de trabajos para el PP fueron pagados por los empresarios que prestaron aquí declaración», ha añadido. Estos empresarios han alcanzado un pacto con la Fiscalía Anticorrupción tras reconocer que sufragaron de forma ilegal los actos de la formación política.

Crespo finalmente ha contestado a las preguntas de todas las partes, aunque en un principio sólo iba a contestar a su abogado, Miguel Durán, con la promesa de la «absoluta expresión de la verdad», según ha dicho el letrado.

Por otro lado, el ‘número dos’ de la Gürtel ha enfatizado que ha podido «haber facturación cruzada pero por trabajos efectivamente realizados», al igual que ya hizo Correa durante su declaración.

La declaración de Crespo estaba prevista para este miércoles, pero tras la confesión de Correa su letrado y el de Álvaro Pérez ‘El Bigotes’ solicitaron al juez José Manuel Vázquez Honrubia suspender el juicio durante 48 horas para poder estudiar la estrategia de defensa a seguir. Durán ha afirmado antes del inicio del juicio que no se ha alcanzado ningún pacto con la Fiscalía Anticorrupción, pero que aún así contará la verdad.

(((Habrá ampliación)))

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Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda a sus hijos sin pagar IRPF, pero Hacienda advierte de un impuesto

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La ley permite transmitir la vivienda habitual mediante una donación sin tributar por la ganancia patrimonial en el IRPF cuando el propietario supera los 65 años. Sin embargo, los hijos que reciben el inmueble sí deben hacer frente al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y pueden tener otros gastos.

Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda habitual a sus hijos sin tener que pagar IRPF por la ganancia patrimonial que genere la operación. Se trata de una ventaja fiscal contemplada en la legislación española que puede facilitar la transmisión de inmuebles dentro de una familia, especialmente en un momento en el que el acceso a la vivienda continúa siendo uno de los principales problemas para los jóvenes.

Sin embargo, esta posibilidad tiene una advertencia importante: que el progenitor esté exento de pagar IRPF no significa que la donación esté libre de impuestos. El hijo que recibe la vivienda debe liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), además de tener en cuenta otros posibles gastos derivados de la operación.

La exención está recogida en el artículo 33.4.b de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que establece que están exentas las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de la vivienda habitual por personas mayores de 65 años. El beneficio también se aplica a personas en situación de dependencia severa o gran dependencia.

La donación de una vivienda a los hijos también puede estar exenta de IRPF

Aunque la normativa habla de transmisión de la vivienda habitual, la exención no se limita exclusivamente a las compraventas. También puede aplicarse cuando el propietario decide donar el inmueble a sus hijos.

Así lo confirmó la Dirección General de Tributos en su consulta vinculante V2102-24, de 27 de septiembre de 2024, en la que analizó el caso de una persona mayor de 65 años que pretendía donar su vivienda a su hija.

Hacienda determinó que la donación del inmueble genera, con carácter general, una ganancia o pérdida patrimonial para el propietario. No obstante, si se cumplen los requisitos legales para considerar el inmueble como vivienda habitual y el donante tiene más de 65 años, puede aplicarse la exención del IRPF.

Esto significa que el progenitor no tendrá que tributar por la diferencia entre el valor de adquisición de la vivienda y el valor correspondiente a la transmisión, siempre que la operación cumpla las condiciones establecidas.

Los requisitos para donar la vivienda sin pagar IRPF

No basta con haber cumplido los 65 años para beneficiarse de esta ventaja fiscal. El inmueble debe tener la consideración de vivienda habitual conforme a la normativa tributaria.

El artículo 41 bis del Reglamento del IRPF establece, con carácter general, que la vivienda debe haber constituido la residencia habitual del contribuyente durante un periodo continuado de al menos tres años.

Además, existe una circunstancia que conviene conocer: no es imprescindible que el propietario siga viviendo en el inmueble el día de la donación.

La normativa permite aplicar la exención cuando la vivienda haya tenido la consideración de habitual hasta cualquier día de los dos años anteriores a la transmisión. Por tanto, una persona que se haya trasladado a otra residencia también puede beneficiarse de esta ventaja si realiza la donación dentro de ese plazo y cumple el resto de condiciones.

El hijo tendrá que pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

La principal advertencia fiscal afecta a quien recibe la vivienda. Aunque el progenitor esté exento de IRPF, el hijo que recibe el inmueble debe tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ya que se trata de una adquisición gratuita.

La cantidad que tendrá que pagar dependerá de la comunidad autónoma donde corresponda liquidar el impuesto, así como del valor del inmueble, el parentesco y las circunstancias concretas de la operación.

Por este motivo, las diferencias fiscales pueden ser importantes dependiendo del territorio en el que se realice la donación. Las comunidades autónomas cuentan con sus propias bonificaciones y reducciones para las transmisiones entre padres e hijos.

Otros gastos que hay que tener en cuenta antes de donar una vivienda

La exención del IRPF para los mayores de 65 años tampoco elimina automáticamente todos los gastos asociados a la transmisión.

Entre ellos puede encontrarse la plusvalía municipal, cuando proceda, cuyo pago corresponde generalmente al donatario en las transmisiones gratuitas. También hay que contemplar los gastos de notaría y registro de la propiedad.

Por tanto, antes de donar una vivienda habitual a un hijo conviene calcular el coste fiscal completo de la operación y comprobar las bonificaciones autonómicas disponibles.

La posibilidad de transmitir una vivienda sin pagar IRPF puede representar un ahorro importante para los propietarios mayores de 65 años, pero la operación requiere estudiar tanto la situación del donante como la del beneficiario para evitar sorpresas fiscales.

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