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Valencia

Las Harley de la escolta del papa Benedicto XVI en Valencia salen a la venta: así puedes ver el anuncio de Wallapop

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Tres de las míticas motocicletas Harley-Davidson utilizadas durante la visita del papa Benedicto XVI a Valencia en 2006 han reaparecido veinte años después en Wallapop. Las motos, que formaron parte del dispositivo oficial de escolta del Pontífice durante el V Encuentro Mundial de las Familias, se anuncian por 17.000 euros cada una o con descuento si se adquieren en lote.

Se trata de unas exclusivas Harley-Davidson Road King Police, un modelo especialmente preparado para cuerpos de seguridad y que todavía conserva gran parte de su equipamiento original.

Las Harley del Papa, a la venta en Wallapop

El anuncio asegura que las tres motocicletas fueron importadas desde Estados Unidos para prestar servicio durante la visita de Benedicto XVI a Valencia en julio de 2006.

Según el vendedor, las motos:

  • Funcionan correctamente.
  • Han permanecido guardadas en un garaje.
  • Tienen entre 6.000 y 9.000 kilómetros.
  • Se entregan con la ITV recién pasada, válida durante dos años.
  • Conservan parte del equipamiento policial original.

Cada unidad tiene un precio de 17.000 euros, aunque también se ofrece la posibilidad de adquirir las tres juntas por 15.000 euros cada una, un total de 45.000 euros.

Conservan luces, sirenas y equipamiento policial

Uno de los aspectos que más llama la atención es que las Harley mantienen elementos originales propios de la versión Police, como:

  • Luces de emergencia.
  • Sirenas.
  • Equipamiento específico para escoltas.
  • Adhesivos policiales.

No obstante, el propio anuncio recuerda que, antes de poder circular legalmente, será necesario retirar las luces azules y la rotulación policial, ya que la normativa española reserva estos elementos exclusivamente para vehículos prioritarios.

El dispositivo de seguridad de la visita de Benedicto XVI

La visita del papa Benedicto XVI a Valencia, celebrada en julio de 2006 con motivo del V Encuentro Mundial de las Familias, movilizó uno de los mayores dispositivos de seguridad organizados en la ciudad.

Más de 8.000 agentes de diferentes cuerpos policiales participaron en el operativo para proteger al Pontífice y garantizar la seguridad de más de un millón de peregrinos que acudieron a los actos.

Las Harley-Davidson formaban parte del convoy de escolta que acompañó al Papa durante sus desplazamientos por la capital valenciana.

Del Ayuntamiento a manos privadas

Las motocicletas pertenecían originalmente al Ayuntamiento de Valencia, que adquirió ocho Harley-Davidson Road King Police por un importe cercano a 82.900 euros durante el mandato de Rita Barberá.

Años después, el Consistorio decidió sacar a subasta seis de ellas con un precio inicial de 8.900 euros por unidad.

Ahora, tres de esas motocicletas han vuelto a salir al mercado de segunda mano a través de un particular, prácticamente duplicando el precio de salida que tuvieron en la subasta municipal.

Unas motos con valor histórico

Más allá de su valor mecánico, estas Harley-Davidson poseen un importante componente histórico, ya que forman parte del recuerdo de una de las visitas papales más multitudinarias celebradas en España.

Para coleccionistas y aficionados al motociclismo, representan una pieza singular vinculada a uno de los acontecimientos más importantes vividos en Valencia durante las últimas décadas.

El anuncio de las Harley en Wallapop

Las motocicletas continúan anunciadas en la plataforma de compraventa de segunda mano y pueden consultarse a través del siguiente enlace de Wallapop:

Anuncio de la Harley-Davidson Road King Police en Wallapop

En el anuncio, el vendedor destaca que se trata de una Harley-Davidson Road King versión Police, con equipamiento original, ITV en vigor y un precio de 17.000 euros, negociable. Según la descripción, las motos conservan elementos propios del modelo policial, aunque recuerda que los distintivos y las luces prioritarias deberán retirarse para poder circular legalmente.

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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