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Ale-Hop: la historia de la tienda de la vaca más exitosa

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Ale-Hop
Darío Grimalt, uno de los hijos del fundador de Ale-Hop, junto a la característica vaca que da la bienvenida a sus tiendas, en una imagen facilitada por la compañía. EFE
València, 23 abr (OFFICIAL PRESS- EFE).- Hace más de medio siglo comenzó vendiendo capazos y sombreros de Gata de Gorgos, su pueblo natal; veinte años después cambió a artículos de menaje, decoración, regalos y gestión de listas de boda, bautizos y comuniones, y a principios de este siglo diversificó su abanico de productos con una marca conocida por su vaca de bienvenida, hoy en día con 6.000 referencias a la venta: Ale-Hop.

Vicente Grimalt es el fundador de Ale-Hop y a sus 73 años trabaja todos los días en la oficina de la empresa porque no contempla la jubilación, y ayuda a sus hijos a seguir adelante en una compañía con sede en Bellreguard (Valencia) que factura 170 millones de euros (en 2022), tiene 1.800 trabajadores («HOPers», como se denominan) y continúa en crecimiento con la reciente apertura de dos tiendas propias en Italia (Rávena y Cesenatico).

Con estas, serán más de 280 puntos de venta los que tiene en España, Croacia, Portugal, México e Italia, y tres centros logísticos en total en Pedreguer, Ondara y Bellreguard, a los que se sumará a finales de año otro en Oliva.

El impacto de la pandemia fue «un duro golpe» por el cierre de las tiendas «de un día para otro», que dio paso a meses de «mucho trabajo, poco dormir, muchísimas reuniones y toma de decisiones muy complicadas», según relata a EFE Darío Grimalt, uno de los hijos del fundador.

Los empleados preguntaban por los planes de futuro a corto plazo de la compañía, algo «imposible de responder con tantísima incertidumbre», una situación inestable a nivel mundial que se ha prolongado hasta 2022, en la que Ale-Hop todavía no ha podido recuperar las ventas de 2019 a superficie constante.

Factura 170 millones al año

El año pasado cerró con una facturación de 170 millones de euros, un incremento que ha sido resultado de aumentar los puntos de venta. Desde 2020, ha abierto tiendas en España enfocadas al cliente local y al turismo nacional, dentro de una estrategia «cauta y paulatina».

Entre las fórmulas para superar estos años difíciles, la compañía ha desarrollado nuevos productos, ha ajustado precios, ha buscado la eficiencia de procesos (mayor digitalización y análisis de costes) y ha aumentado la formación para la atención al cliente.

Grimalt, consejero de la empresa, espera que este año no sea peor que 2022 y asegura: «Venga lo que venga, nos adaptaremos y lucharemos para que cada vez haya más vacas repartidas por todo el mundo, seamos más HOPers, tengamos más clientes y crezcamos con nuestros proveedores. Estamos muy ilusionados y con ganas de hacer un Ale-Hop mejor y más grande».

Desde artículos de fiesta a electrónica

De los productos con los que empezó, no queda ninguno, y si los hay, han ido evolucionando con las temporadas. Actualmente más del 50 % de los productos que vendía hace dos años ya no están a la venta.

Invierte recursos en innovación, investigación, estudio de tendencias y pruebas de aplicación, aplicado a los diseños e identidad de marca. En los últimos dos años ha reforzado el equipo del departamento de compras y de diseño, y dispone de una sala de i+D, un espacio de 2.000 m2 dedicado al estudio de implantación de producto, el proyecto «Talent-HOP» en colaboración con la Universitat de València o la creación del departamento de prescripción.

Dispone de siete categorías de producto: fiestas y diversión, infantil, papelería, moda, hogar, deporte y bienestar, y electrónica, que incorporan novedades todas las semanas, hasta un total de 6.000 referencias a la venta.

Ofrecer novedades y aplicar las tendencias es prioritario para Ale-Hop. Con dos grandes campañas (verano e invierno), hay altas y bajas de producto todas las semanas, siempre de diseño propio y exclusivo de la marca.

¿Y cuál es su perfil de comprador? Un público amplio que acude a la tienda a buscar «el regalo perfecto» o disfrutar de la experiencia y que asocia la marca a momentos divertidos y de entretenimiento, ya sean turistas internacionales o cliente local.

El cliente gasta de media entre 8 y 13 euros, en función del tipo de producto que se ofrezca, fuerza de venta y ubicación de cada tienda.

Ale-Hop: su historia

En 1968, muy joven, Grimalt empezó con la venta ambulante de productos propios de Gata de Gorgos (Alicante) como capazos y sombreros; en 1990 fundó con dos trabajadores Clave Dénia S.A., dedicada a la venta al por mayor, y poco después nació la primera tienda Clave para la venta al por menor de artículos de hogar y decoración.

En 2001 decidió cambiar de enfoque y creó la marca Ale-Hop con la vaca como símbolo diferenciador, con una primera tienda en la calle La Paz de València.

Hoy en día mantiene la estructura y el carácter familiar, y cuenta con un consejo de empresa, otro de familia y un comité en los que están el padre y sus hijos Darío, Sergi y Raul.

Ale-Hop, palabra que remite a salto o acrobacia, se pronuncia fácilmente en cualquier idioma y es una expresión utilizada internacionalmente.

La vaca fue «un amor a primera vista» del fundador, cuando en uno de sus viajes se encontró con un expositor con animales a tamaño real, entre ellos la vaca en blanco y negro, que representa los colores de la marca y valores positivos. «¡Cuidamos mucho de la vaca y queremos que siga dándonos leche!», apostilla Darío.

Inmaculada Martínez

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¿Pueden prohibirte aparcar un coche eléctrico en un parking? Esto dice la normativa

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OCU advierte de que no existe una prohibición general para los vehículos eléctricos y señala qué puede hacer un conductor si un aparcamiento le impide entrar

Cada vez hay más coches eléctricos en las carreteras y también más dudas sobre dónde pueden aparcar. Algunos estacionamientos están empezando a plantear restricciones a este tipo de vehículos alegando motivos de seguridad, especialmente por el posible riesgo de incendio de las baterías.

Pero ¿puede un parking prohibir la entrada a un coche eléctrico simplemente por serlo? La respuesta general es no. Según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), no existe actualmente una norma que establezca una prohibición general de acceso de los vehículos eléctricos a los aparcamientos.

La organización recuerda además que la normativa española y europea fomenta la movilidad eléctrica y contempla la instalación de puntos de recarga en determinados edificios y estacionamientos.

¿Puede un parking prohibir la entrada a un coche eléctrico?

Como regla general, un aparcamiento abierto al público no puede excluir automáticamente a los coches eléctricos por el mero hecho de utilizar este sistema de propulsión.

Las normas de protección contra incendios establecen diferentes medidas de seguridad para los aparcamientos, como sistemas de ventilación, evacuación, detección y extinción, pero no establecen una prohibición general diferenciando entre vehículos eléctricos y coches con motor de combustión.

OCU recuerda que tanto el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios como el Código Técnico de la Edificación no establecen una prohibición de este tipo. Además, distintas normas españolas impulsan precisamente la instalación de infraestructura de recarga.

Esto no significa que un aparcamiento no pueda adoptar medidas de seguridad cuando exista un problema concreto en sus instalaciones. En ese supuesto, la restricción tendría que estar justificada por razones técnicas, ser proporcionada y tener carácter excepcional y temporal, según el criterio expresado por OCU.

¿Los coches eléctricos tienen más riesgo de incendio?

Esta es una de las principales razones que se esgrimen cuando se plantea restringir el acceso de los coches eléctricos a parkings cerrados.

Las baterías de iones de litio tienen riesgos específicos. En determinadas circunstancias puede producirse una fuga térmica, un proceso que provoca un aumento muy elevado de la temperatura y puede desencadenar un incendio.

Sin embargo, esto no significa que los vehículos eléctricos se incendien con mayor frecuencia.

OCU señala que, según los datos que maneja, el riesgo de incendio de un vehículo eléctrico es entre 10 y 20 veces menor que el de uno de gasolina. La particularidad está en que, cuando se produce un incendio relacionado con una batería, su extinción puede resultar más complicada.

La Comisión Europea también recoge que los vehículos eléctricos de batería presentan un menor riesgo de incendio que los vehículos de combustión, aunque sus incendios pueden plantear problemas específicos relacionados con la batería y la propagación térmica. Por ello, sus recomendaciones se centran en mejorar la prevención, detección, evacuación y extinción en los aparcamientos, en lugar de establecer prohibiciones generales.

¿Y si el parking dice que es por seguridad?

Un responsable de un aparcamiento puede alegar razones de seguridad, pero una prohibición general no queda automáticamente justificada por mencionar el riesgo de incendio.

Según OCU, si un operador detecta que sus instalaciones no cuentan con las medidas de protección necesarias, la solución debería pasar por adaptar y mejorar esas instalaciones, no por prohibir de forma permanente el acceso a todos los vehículos eléctricos.

La organización considera que una restricción excepcional podría justificarse si existen informes técnicos específicos que acrediten un problema concreto y mientras se corrigen las deficiencias detectadas.

¿Qué puedes hacer si no te dejan entrar con tu coche eléctrico?

Si llegas a un parking abierto al público y te impiden acceder únicamente porque tu vehículo es eléctrico, OCU recomienda dejar constancia de lo ocurrido.

Estos son los pasos que puede seguir el conductor:

  1. Solicitar una hoja de reclamaciones al responsable del aparcamiento.
  2. Pedir que se explique el motivo concreto de la prohibición, especialmente si se alegan razones de seguridad.
  3. Preguntar por la justificación técnica de la medida.
  4. Si no se obtiene una respuesta satisfactoria, acudir a los organismos de Consumo.
  5. En los casos en los que se trate de un aparcamiento municipal o gestionado mediante concesión pública, comunicar los hechos al Ayuntamiento o a la administración competente.
  6. OCU también ofrece a los consumidores la posibilidad de reclamar a través de su plataforma.

¿Pueden prohibir aparcar un coche eléctrico durante la recarga?

La cuestión de la recarga de vehículos eléctricos merece una atención especial, porque es precisamente durante este proceso cuando existen riesgos específicos relacionados con las baterías y la instalación eléctrica.

La Comisión Europea dispone de recomendaciones específicas para la seguridad de los vehículos eléctricos estacionados y de las infraestructuras de recarga en aparcamientos cubiertos. Estas medidas se centran en la prevención de incendios, detección, evacuación, control de la propagación y medios de extinción.

Por tanto, la existencia de puntos de recarga en un parking exige cumplir las correspondientes medidas de seguridad, pero no supone que todos los coches eléctricos puedan ser expulsados o excluidos del aparcamiento por una prohibición genérica.

Una prohibición que no está respaldada de forma general

La conclusión de OCU es clara: no existe una norma que prohíba con carácter general aparcar coches eléctricos en parkings.

La seguridad debe ser una prioridad, especialmente en instalaciones cerradas y durante la recarga, pero las medidas deben responder a riesgos concretos y estar adecuadamente justificadas.

Para los conductores de vehículos eléctricos, esto significa que encontrarse con un cartel que prohíbe la entrada exclusivamente a este tipo de coches no implica automáticamente que la prohibición tenga respaldo legal.

Si sucede, el consumidor puede pedir explicaciones, solicitar una hoja de reclamaciones y acudir a Consumo si considera que sus derechos han sido vulnerados.

 

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