Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

‘La Pantera Rosa’ recuperará su aspecto y color originales

Publicado

en

El concejal de Desarrollo Urbano y responsable del Ciclo Integral del Agua, Vicent Sarriá, se ha reunido hoy con el decano del Colegio Oficial de Ingeniero Industriales y el escultor Miquel Navarro en un encuentro dirigido a adoptar las acciones oportunas para devolver a la fuente conocida popularmente como “la Pantera Rosa”, su aspecto original, así como mejorar su iluminación.

La fuente, ubicada en la calle Filipinas, y conocida popularmente con el apelatico de “la Pantera Rosa”, hace tiempo que perdió su tonalidad original en rojo. El anterior gobierno ordenó pintarla con una capa de color rosado, atendiendo al nombre con el que es conocida  “pero sin respetar el color original con el que su autor la entregó a la ciudad”, ha señalado el concejal Sarriá. Esta circunstancia, undida a los efectos del paso del tiempo, y su ubicación en un entorno afectado por una gran presión de tránsito rodado, ha desdibujado el aspecto que debería lucir una de las fuentes más emblemáticas de la ciudad.

Tras la reunión del concejal de Desarrollo Urbano con el autor de la escultura-fuente, Miquel Navarro, y el representante del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Valencia, el concejal Sarrià se ha comprometido a recuperar la imagen de la fuente, “una imagen que nunca debió perder”, ha afirmado.

Aprovechando la mejora del entorno de la fuente que conllevará la ejecución de la primera fase del Parque Central, se hará una puesta a punto de la misma: se repintará con su color rojo original, y se mejorará la iluminación. “Con todo ello –ha concluido el concejal- esta fuente pasará a formar parte de una de las zonas más destacadas de la ciudad, y podrá ser contemplada con todo su esplendor, manteniéndose fiel a la idea original del autor”.

La fuente fue inaugurada en el año 1984 en conmemoración por la llegada a Valencia de las aguas del Júcar a través del canal Júcar-Turia. El nombre propuesto originalmente para ella, Fuente Pública, fue rápidamente sustituido por el apelativo popular de “la Pantera Rosa”, por su forma y tonalidad.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

¿Qué son los festivos recuperables?

Publicado

en

¿Qué son los festivos recuperables?
FREEPIK

Los festivos recuperables son distintos a los días festivos que siempre los trabajadores esperan con ganas. Por ejemplo, el pasado 24 de junio, San Juan, estaba marcado en rojo en el calendario laboral de la Comunidad Valenciana. Sin embargo, muchas personas se encontraron con que, si querían disfrutar de este día libre, tenían la obligación de recuperarlo.

¿Qué quiere decir esto? Que no estamos ante un día festivo convencional, sino ante un día festivo recuperable, algo que ha generado muchas preguntas.

Desde GLM responden a todas las dudas.

¿Qué son los festivos recuperables?

Los días festivos recuperables son aquellos que tienen la condición de días laborables pero en los que la prestación de servicios correspondiente al mismo no se realiza ese día, sino que se reparte en el resto de días laborables del año.

Desde el punto de vista legislativo, esta figura está regulada en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.2) y deja a empresas y trabajadores la negociación de cómo aplicarlo.

¿Cuál es la diferencia entre días festivos «normales» y días festivos recuperables?

Según esta definición, la diferencia es bastante clara: en los días festivos normales o estipulados no se trabaja, mientras que en los días festivos recuperables los trabajadores no están obligados a ir a trabajar, pero tendrán que recuperar esas horas si no lo hacen.

¿Por qué existen estos días? ¿Qué dice la ley sobre ellos?

En España, cada año natural deben reconocerse un total de 14 días festivos.

Algunos de ellos vienen determinados por el estado. Se trata de «festivos nacionales» como Año Nuevo (1 de enero), Viernes Santo, Día del Trabajo (1 de mayo), Festividad de Asunción de la Virgen (15 de agosto), Fiesta de la Hispanidad (12 de octubre), Día de Todos los Santos (1 de noviembre), Día de la Constitución Española (6 de diciembre), Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Día de Navidad (25 de diciembre).

Además, los gobiernos regionales pueden respetar o mover algunas festividades tradicionales como el Día de la Epifanía (6 de enero) y Jueves Santo, además de sustituir estas por otras como el Día de San José (19 de marzo) o el Día de Santiago (25 de julio).

Con el fin de cubrir el total de 14 festivos se permite que cada ayuntamiento elija, normalmente cuadrando con sus fiestas locales tradicionales, otros dos días de fiesta.

Una vez se ha pactado el calendario y en caso de que algún día festivo sea domingo, las comunidades autónomas pueden mover ese día no laboral al lunes más próximo, algo que es bastante habitual.

¿Ir o no ir a trabajar? Esa es la cuestión

Ambas decisiones tienen sus consecuencias y conviene conocerlas.

  • Si vas a trabajar:

En este caso, estarás acudiendo a tu puesto de trabajo durante un día festivo, por lo que es posible que tu convenio establezca alguna forma para compensar esas horas.

Aun así, es importante matizar que al trabajar en un festivo recuperable no se aplica el incremento por horas extras, ya que las horas de ese día no excederán la jornada anual pactada.

  • Si no vas a trabajar:

En este caso, tendrás que devolver las horas de ese día para cumplir con la jornada anual marcada por el convenio colectivo, y deberás pactar con tu empresa o con el representante de los trabajadores cómo y cuándo, teniendo en cuenta que:

  • Las horas deben devolverse dentro del mismo año natural.
  • El día de festivo no puede sustituirse por otro festivo o por un día de vacaciones. Esto quiere decir que debes recuperar las horas añadiendo tiempo de trabajo a tus días laborales normales, respetando siempre el límite de 9 horas diarias y las 12 horas de descanso entre jornadas.

 

Ir a trabajar en días festivos

¿Qué pasa si el día festivo recuperable estoy de vacaciones o es mi día libre? ¿La empresa debe darme un día extra de fiesta?

No. Si un día festivo recuperable coincide con tu día de descanso, con tus vacaciones o con un día de inactividad por cualquier otro motivo (por ejemplo, por estar de baja por enfermedad, por permiso de maternidad/paternidad, permiso por matrimonio, etc.) la empresa no está obligada en ningún caso a darte un día festivo adicional y, por tanto, tú tampoco deberás recuperar nada.

Continuar leyendo