Valencia
Esta es la lista del PSPV para Les Corts
Publicado
hace 4 añosen
València, 11 mar (OFFICIAL PRESS- EFE).- Las listas del PSPV para Les Corts Valencianes ya se conocen. El president de la Generalitat y secretario general del PSPV-PSOE, Ximo Puig, encabezará la lista de los socialistas valencianos para las elecciones autonómicas del 28 de mayo por la circunscripción de Valencia, tras haberlo hecho en las dos últimas legislaturas por la de Castellón.
El Comité Nacional del PSPV-PSOE ha aprobado este sábado las listas autonómicas del PSPV, cuya característica principal es la renovación, y ha ratificado las candidaturas de los municipios de más de 20.000 habitantes, que en las tres capitales de provincia estarán lideradas por mujeres: Sandra Gómez en València, Ana Barceló en Alicante, y Amparo Marco en Castelló.
La lista autonómica por Castellón la encabeza el presidente de la Autoridad Portuaria de Castellón, Rafa Simó, quien en caso de que el PSPV revalide el gobierno será conseller, según ha avanzado la portavoz del partido, Ana Domínguez, mientras que la de Alicante estará liderada por la consellera de Innovación, Josefina Bueno.
Se trata de unas listas «representativas de la sociedad valenciana», según los socialistas, que también las han definido como «intergeneraciones» y «feministas», especialmente en la provincia de Alicante, donde los tres primeros puestos los ocupan mujeres.
Las candidaturas incluyen a todos los actuales consellers nombrados por los socialistas, pero no a los secretarios autonómicos ni directores generales, pues la voluntad de Puig es que estén «centrados en gobernar hasta el último minuto», ha afirmado Domínguez antes del comité.
La lista del PSPV para Les Corts
Así, acompañarán al president en la lista por Valencia la consellera de Política Territorial, Rebeca Torró, como número 2; el conseller de Hacienda, Arcadi España (3); la consellera de Justicia, Gabriela Bravo (4) y el conseller de Sanidad, Miguel Mínguez (5).
Toni Gaspar
Estará también el presidente de la Diputación de Valencia, Toni Gaspar (7); la portavoz adjunta en Les Corts Carmen Martínez; el secretario de organización del PSPV, José Muñoz (9), y la exdirigente provincial Mercedes Caballero, afín a José Luis Ábalos.
Como independientes, Puig ha incluido a la expresidenta del Consell de la Juventut Cristina Martínez, que irá de número (6), y a la exdirigente UPyD Alicia Andújar, que ocupará el puesto 12.
En Alicante, tras Josefina Bueno irán la secretaria de Discapacidad y Autonomía Personal del partido y diputada autonómica, Laura Soler, y la sindicalista de UGT Yaissel Sánchez, que va como independiente.
En Castellón, junto a Rafa Simó, figuran en la lista María José Salvador, vicepresidenta de Les Corts; Silvia Gómez, teniente de alcalde de Vila-real; el profesor José Luis Lorenz, y la alcaldesa de Sant Mateu, Ana Besalduch, entre otros.
Además, de Ana Besalduch, las candidaturas incluyen otros dos alcaldes: José Chulvi, alcalde de Xàbia, que ocupa en el número 8 de la lista por Alicante, y Michel Montaner, alcalde de Xirivella, que va de número 13 por Valencia.
Seguir generando confianza
El president de la Generalitat y secretario general del PSPV-PSOE, Ximo Puig, ha afirmado que con estas listas, el PSPV aspira a «aglutinar a la gran mayoría de la sociedad» y consolidar un proyecto basado en «los viejos principios de la socialdemocracia de trabajo digno, justicia social, y sostenibilidad».
Ha abogado por «seguir generando confianza», pues es la que ha hecho de esta autonomía «un espacio favorable» a la inversión y la convivencia, y por lograr una mayoría social que consolide el proyecto socialista, frente a una derecha que solo busca generar «conflictos de destrucción masiva» y «el fango».
Durante su intervención en el Comité Nacional del partido, Puig ha afirmado que en los ocho años que lleva gobernando la Comunitat ha pasado de «haber tocado suelo» y ser ejemplo de «corrupción y despilfarro», a convertirse en «paradigma de esperanza» y atraer inversiones, como la gigafactoría de Volkswagen.
Puig ha asegurado que en estas elecciones habrá que decidir «si miramos al futuro o al pasado», y frente a la actitud de la derecha ha apostado por seguir generando confianza, buscar alianzas y no confrontar, sin que ello signifique renunciar a defender los intereses de los valencianos.
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Valencia
Mesa electoral para las elecciones del 29N: cuándo sabrás si te ha tocado y cómo librarte
Publicado
hace 18 minutosen
12 octubre, 2026
Los ciudadanos de la Comunitat Valenciana podrán conocer durante los primeros días de noviembre si han sido elegidos para una mesa electoral el 29 de noviembre de 2026. Estos son los plazos del sorteo, las causas legales para presentar alegaciones, las sanciones por no acudir y el dinero que se cobra.
Las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026 obligarán a miles de ciudadanos a participar en la organización de la jornada electoral. Tras el anuncio del adelanto electoral y la disolución de las Cortes por parte del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, una de las principales dudas entre los votantes es cuándo se sabrá quién tiene que estar en una mesa electoral el 29N y qué posibilidades existen de quedar exento de esta obligación.
En la Comunitat Valenciana, como en el resto de España, los integrantes de las mesas electorales serán designados mediante un sorteo público organizado por los ayuntamientos. Los ciudadanos seleccionados recibirán una notificación oficial en su domicilio y tendrán un plazo limitado para presentar alegaciones si existe alguna circunstancia que les impida cumplir con esta responsabilidad.
La legislación electoral contempla diferentes motivos de exención relacionados con la salud, la situación familiar o determinadas obligaciones profesionales. Sin embargo, no acudir a una mesa electoral sin una causa justificada puede tener consecuencias penales, incluidas multas e incluso penas de prisión.
¿Cuándo sabré si me ha tocado mesa electoral en las elecciones del 29 de noviembre?
Una de las preguntas más frecuentes ante las elecciones del 29N es cuándo se comunica oficialmente a los ciudadanos que han sido seleccionados para formar parte de una mesa electoral.
De acuerdo con el calendario previsto, los sorteos para elegir a los presidentes, vocales y suplentes se celebrarán entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre de 2026.
La normativa establece que los nombramientos deben notificarse en un plazo de tres días desde la celebración del sorteo.
Por tanto, las comunicaciones se esperan principalmente entre el 3 y el 7 de noviembre, aunque la fecha concreta dependerá del día en que cada ayuntamiento realice el procedimiento y de la entrega efectiva de las notificaciones.
Fechas clave de las mesas electorales del 29N
| 31 de octubre al 4 de noviembre | Sorteos de las mesas electorales |
| 3 al 7 de noviembre | Periodo orientativo de notificaciones |
| 7 días desde la notificación | Plazo para presentar alegaciones |
| 29 de noviembre, 8:00 horas | Presentación de titulares y suplentes |
¿Cómo te avisan si has sido elegido para una mesa electoral?
Las personas seleccionadas recibirán una notificación oficial en su domicilio, que podrá ser entregada mediante correo certificado o por los servicios encargados de practicar estas comunicaciones.
La citación incluirá información sobre el colegio electoral, la mesa asignada y el cargo que deberá desempeñar el ciudadano, ya sea como presidente, vocal o suplente.
También se facilitará un manual de instrucciones con las principales funciones y responsabilidades durante la jornada electoral.
Es importante recordar que no recibir la carta en los primeros días de noviembre no garantiza que una persona haya quedado fuera del sorteo. La fecha de comunicación puede variar según el municipio.
¿Quién puede ser elegido para una mesa electoral el 29N?
La composición de las mesas electorales está regulada por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).
Cada mesa está integrada por tres miembros titulares:
-
Un presidente.
-
Dos vocales.
-
Dos suplentes por cada uno de los tres cargos, es decir, seis suplentes en total.
La elección se realiza por sorteo público entre las personas inscritas en el censo de la mesa correspondiente que cumplan los requisitos legales.
Requisitos de edad y estudios para formar parte de una mesa electoral
Para participar en el sorteo es necesario tener entre 18 y 69 años, saber leer y escribir y cumplir las condiciones establecidas por la legislación electoral.
Existe, además, una particularidad para quienes tengan entre 65 y 69 años: pueden manifestar su renuncia en el plazo de siete días desde que reciben la notificación.
En el caso del presidente de la mesa, la normativa exige disponer del título de bachiller o de Formación Profesional de segundo grado, o subsidiariamente del graduado escolar o equivalente.
¿Los suplentes también tienen que acudir al colegio electoral?
Sí. Una de las dudas más habituales es si los suplentes están obligados a presentarse el día de las elecciones.
La respuesta es afirmativa. Tanto los titulares como los suplentes deben acudir al colegio electoral a las 8:00 horas del domingo 29 de noviembre.
Una vez comprobada la presencia de los titulares y constituida correctamente la mesa, los suplentes que no sean necesarios podrán abandonar el colegio electoral.
Hasta ese momento, su presencia es obligatoria.
Cómo librarse de una mesa electoral: motivos legales para presentar alegaciones
Ser elegido para una mesa electoral constituye una obligación legal. Sin embargo, existen circunstancias que permiten solicitar una exención.
La Junta Electoral de Zona es el organismo encargado de estudiar las alegaciones y decidir si los motivos presentados justifican que una persona no participe en la mesa.
No basta con comunicar que no se desea acudir: es necesario presentar una causa válida y, cuando corresponda, documentación que la acredite.
Motivos de salud que permiten solicitar la exención
Entre las circunstancias médicas que pueden justificar una solicitud figuran:
-
Enfermedades o limitaciones que impidan desarrollar adecuadamente las funciones de la mesa.
-
Situaciones de incapacidad o discapacidad contempladas por la normativa.
-
Intervenciones quirúrgicas programadas que no puedan aplazarse.
-
Pruebas médicas relevantes cuya realización resulte incompatible con la jornada electoral.
-
Determinadas situaciones de embarazo o baja médica.
La aceptación dependerá de las circunstancias concretas y de los criterios aplicables en cada caso.
Motivos familiares para no acudir a una mesa electoral
Las responsabilidades familiares también pueden justificar una exención cuando concurren los requisitos establecidos.
Entre las situaciones previstas se encuentran determinadas circunstancias relacionadas con la maternidad, el embarazo, la lactancia o el cuidado de personas dependientes.
También pueden valorarse las obligaciones de atención a familiares que, por razones de edad, enfermedad o discapacidad, necesiten asistencia.
En estos supuestos resulta fundamental acreditar que la situación familiar impide cumplir con las obligaciones de la mesa electoral.
¿Trabajar el día de las elecciones permite librarse de la mesa?
Tener que trabajar el domingo 29 de noviembre no supone, por sí solo, una causa automática de exención.
No obstante, la normativa contempla determinados supuestos profesionales, especialmente cuando la ausencia del trabajador puede afectar a servicios esenciales.
Entre ellos pueden encontrarse profesionales sanitarios, bomberos, integrantes de servicios de emergencias y Protección Civil.
También existen circunstancias específicas para periodistas y profesionales de los medios de comunicación que deban cubrir la jornada electoral, siempre que se cumplan los requisitos previstos.
En cualquier caso, corresponde a la Junta Electoral de Zona valorar las solicitudes.
¿Cuántos días tengo para presentar una excusa si me toca mesa electoral?
Los ciudadanos seleccionados disponen de siete días desde la recepción de la notificación para presentar sus alegaciones ante la Junta Electoral de Zona.
La solicitud deberá explicar el motivo por el que no pueden participar en la mesa y acompañarse de los documentos justificativos correspondientes.
La Junta Electoral dispone de cinco días para resolver las alegaciones presentadas.
Si la petición es aceptada, se procederá a cubrir el puesto conforme a los mecanismos de sustitución establecidos.
¿Qué ocurre si surge un imprevisto justo antes de las elecciones?
También puede ocurrir que una persona inicialmente disponible sufra una enfermedad, un accidente o una circunstancia sobrevenida pocos días antes de las elecciones.
En estos casos, debe comunicarlo a la Junta Electoral de Zona al menos 72 horas antes de la votación, siempre que sea posible.
Si el impedimento aparece después de ese plazo, tendrá que avisar inmediatamente y, en todo caso, antes de la constitución de la mesa.
Multas por no presentarse a una mesa electoral el 29 de noviembre
No acudir a una mesa electoral sin una causa legítima puede constituir un delito electoral.
El artículo 143 de la LOREG establece consecuencias penales para los presidentes, vocales y suplentes que no comparezcan, abandonen sus funciones sin justificación o incumplan determinadas obligaciones legales.
Las sanciones previstas son:
-
Penas de prisión de tres meses a un año.
-
Multas penales de seis a veinticuatro meses.
Estas multas no equivalen a una cantidad económica fija, ya que su importe depende de la cuota diaria que determine el órgano judicial.
Por tanto, quienes reciban una citación deben atenderla y utilizar los procedimientos legales si consideran que existe una causa que justifique su ausencia.
¿Cuánto se cobra por estar en una mesa electoral en las elecciones del 29N?
Participar como presidente o vocal de una mesa electoral conlleva una compensación económica.
Según la cuantía indicada para estos comicios, la dieta prevista es de 75 euros por miembro titular.
Esta cantidad corresponde a la participación en la jornada electoral y se abona a quienes efectivamente desempeñan las funciones de presidente o vocal.
Los suplentes que acuden al colegio electoral pero no llegan a sustituir a ningún titular no tienen derecho a percibir la dieta.
¿Se tiene derecho a un permiso laboral por estar en una mesa electoral?
Los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios designados como miembros de una mesa electoral tienen derecho a un permiso retribuido durante la jornada de votación si ese día les corresponde trabajar.
Además, tienen derecho a una reducción de cinco horas en su jornada laboral del día inmediatamente posterior a las elecciones, conforme a las condiciones legales aplicables.
Estas medidas buscan facilitar el cumplimiento de una obligación que puede prolongarse hasta la noche, una vez finalizados el escrutinio y las tareas de documentación electoral.
¿Puedo librarme de la mesa electoral si he solicitado el voto por correo?
No. Solicitar el voto por correo no impide ser seleccionado para una mesa electoral.
El sorteo se realiza entre las personas inscritas en el censo electoral que cumplen los requisitos establecidos, independientemente de que hayan solicitado votar presencialmente o por correspondencia.
Por tanto, una persona que tenga previsto viajar, pasar el fin de semana fuera de su localidad o encontrarse en otro municipio puede recibir igualmente una citación.
Si existe un desplazamiento previamente contratado o una circunstancia que impida acudir, deberá presentar la correspondiente alegación y justificarla documentalmente.
La Junta Electoral será la encargada de determinar si procede aceptar la solicitud.
Cómo saber si te ha tocado mesa electoral en Valencia, Alicante o Castellón
Los procedimientos para designar a los integrantes de las mesas electorales son comunes en toda España, aunque cada ayuntamiento organiza el sorteo correspondiente a su municipio.
Por ello, los ciudadanos de Valencia, Alicante y Castellón, así como del resto de localidades de la Comunitat Valenciana, deberán estar pendientes de las comunicaciones oficiales durante los primeros días de noviembre.
Algunos ayuntamientos pueden facilitar información sobre la celebración de los sorteos o habilitar mecanismos de consulta, pero la designación debe notificarse formalmente a las personas seleccionadas.
La recomendación es prestar atención a las notificaciones recibidas en el domicilio y no dejar pasar el plazo de siete días para presentar alegaciones si existe algún impedimento.
Con las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026 cada vez más cerca, conocer estos plazos resulta esencial para quienes puedan resultar elegidos como presidentes, vocales o suplentes de una mesa electoral.
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