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Valencia

Aviso especial del Ayuntamiento: todas las calles cortadas por el Maratón de Valencia

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Maratón de València calles cortadas
OFFICIAL PRESS ARCHIVO

El Ayuntamiento de Valencia ha puesto en marcha un amplio dispositivo de movilidad con motivo de la 45 edición del Maratón Valencia Trinidad Alfonso Zurich, que se celebrará el domingo 7 de diciembre. El plan incluye cortes de tráfico progresivos desde el viernes y una gran cantidad de restricciones de aparcamiento que afectarán a numerosos barrios de la ciudad durante todo el fin de semana.

Cortes de tráfico desde el viernes: primeras afectaciones

Las primeras interrupciones de tráfico comenzarán el viernes a las 22:00 horas en el entorno de la plaza de la Marató, situada en la Ciutat de les Arts i les Ciències. Estas limitaciones son necesarias para montar la zona de salida del maratón.

Las afectaciones iniciales incluyen:

  • calle Instituto Obrero

  • Hermanos Maristas

  • Puente de Montolivete

Estas vías permanecerán cortadas de forma selectiva hasta el sábado, por lo que se recomienda planificar los desplazamientos en esta zona.

Cortes de tráfico desde el sábado: restricciones más amplias

A partir del sábado a las 22:00 horas, los cortes se extenderán a todas las calles incluidas en el recorrido del maratón. Aunque se permitirá el acceso de los vecinos a garajes y estacionamientos privados, la circulación será muy limitada.

El domingo, día de la carrera, la situación será más estricta:

  • Desde las 7:00 horas, los cortes serán totales.

  • La salida está prevista a las 8:15 horas.

  • El operativo se mantendrá hasta aproximadamente las 15:10 horas, cuando está previsto que pase el último corredor.

Aviso especial: restricciones masivas de estacionamiento en València

El concejal de Seguridad y Movilidad, Jesús Carbonell, ha lanzado una advertencia especial a la ciudadanía sobre la gran cantidad de zonas donde estará prohibido aparcar durante el fin de semana.

Las restricciones afectan:

  • Tanto a calles del recorrido,

  • Como a vías usadas para dispositivos de seguridad,

  • Y zonas necesarias para la entrada y salida de vehículos de emergencia.

Para facilitar la información a los vecinos, el Ayuntamiento instalará 869 placas señalizando las reservas de estacionamiento y los cambios de itinerarios. Carbonell ha insistido en la importancia de informarse con antelación:
«Es fundamental que la ciudadanía planifique sus desplazamientos del domingo por la mañana para evitar incidencias con el vehículo».

Recorrido completo del Maratón Valencia 2025: kilómetro a kilómetro

El Ayuntamiento ha desglosado el recorrido del maratón indicando el horario de paso estimado por cada punto. Este es el trazado oficial:

Kilómetros 0 a 10

0 – Puente de Monteolivete (de 8:15 a 9:35)
1 – Avenida Baleares (de 8:17 a 9:47)
2 – Juan Verdeguer (de 8:20 a 9:55)
3 – Doctor Marcos Sopena (de 8:23 a 10:03)
4 – Eugenia Viñes (de 8:26 a 10:11)
5-7 – Avenida Tarongers (de 8:29 a 10:34)
8 – Rotonda Plaza Emilio Attard (de 8:37 a 10:42)
9 – Avenida Cataluña (de 8:40 a 10:50)
10 – Bulevar Periférico Ronda Norte (de 8:43 a 10:58)

Kilómetros 11 a 21

11 – Avenida Alfahuir (de 8:46 a 11:06)
12 – Dolores Marqués (de 8:49 a 11:14)
13 – General Elio (de 8:52 a 11:21)
14 – Paseo de la Alameda (de 8:55 a 11:29)
15 – Avenida de Aragón (de 8:58 a 11:37)
16-17 – Blasco Ibáñez (de 9:00 a 11:53)
18 – Ramón Llull (de 9:06 a 12:01)
19-20 – Tarongers (de 9:09 a 12:16)
21 – Calle de la Reina (de 9:15 a 12:24)
21,1 – Media Maratón (Calle de la Reina)

Kilómetros 22 a 32

22-23 – Avenida del Puerto (de 9:18 a 12:40)
24 – Eduardo Boscá (de 9:23 a 12:48)
25-26 – Paseo de la Alameda (de 9:26 a 13:03)
27 – Guadalaviar (de 9:32 a 13:11)
28 – Guillem de Castro (de 9:35 a 13:19)
29 – Pintor López (de 9:38 a 13:27)
30 – Poeta Querol (de 9:41 a 13:35)
31 – Guillem de Castro (de 9:43 a 13:42)
32 – Gran Vía Fernando el Católico (de 9:46 a 13:50)

Kilómetros 33 a 42

33-34 – Valle de la Ballestera (de 9:49 a 14:06)
35-36 – Tres Cruces (de 9:55 a 14:22)
37 – Archiduque Carlos (de 10:01 a 14:29)
38 – San José de Calasanz (de 10:03 a 14:37)
39 – Xàtiva (de 10:06 a 14:45)
40 – Porta de la Mar (de 10:09 a 14:53)
41 – Jacinto Benavente (de 10:12 a 15:01)
42 – Ciudad de las Artes y las Ciencias (de 10:15 a 15:09)

META – Lago de la CACSA frente al Hemisfèric (de 10:15 a 15:10)

El Maratón ha habilitado un mapa interactivo en el que se puede consultar en tiempo real cuánto tiempo permanecerá activa cada restricción.

Más de 1.700 vallas y 510 agentes para regular el tráfico

Para garantizar la seguridad de los 36.000 corredores inscritos y mantener el control de la movilidad ciudadana, se instalarán 1.707 vallas a lo largo del recorrido. El dispositivo contará con:

  • 510 agentes de Policía Local

  • Personal de Protección Civil

  • Decenas de voluntarios y equipos técnicos

Además, se habilitarán siete pasos controlados para vehículos de emergencia en puntos estratégicos de la ciudad, como:

  • Eugènia Viñes con Mediterrània

  • Pont de La Exposició con La Alameda

  • Blasco Ibáñez con José María de Haro

Pasos habilitados para peatones durante el Maratón

El Ayuntamiento también ha activado cinco puntos de cruce peatonal mediante pasos subterráneos de Metrovalencia:

  • Xàtiva

  • Colón con Russafa

  • Colón con Sorní

  • Colón con Porta de la Mar

  • Plaza del Ayuntamiento

La circulación volverá a la normalidad el domingo a partir de las 22:00 horas, una vez retirado todo el dispositivo y desmontadas las instalaciones.

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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