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Marina Salud tendrá que pagar 21.500€ a los hijos de una mujer que murió de un infarto por no derivarla al cardiólogo

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VALÈNCIA, 13 Oct. (EUROPA PRESS) –

El pleno del Consell Jurídic Consultiu ha instalado a Marina Salud a indemnizar con 21.569 euros a los cuatro hijos de una mujer de 69 años que falleció ingresada en el hospital de Dénia de un infarto agudo de miocardio días después de haber acudido al centro de salud por tener un dolor torácico donde se pautó un tratamiento con analgésicos sin que se le remitiera al cardiólogo.

El CJC, en una resolución aprobada en pleno el pasado mes de mayo y recogida por Europa Press, considera que la empresa concesionaria de la Administración sanitaria debe abonar a cada hijo 5.392 euros por «una actitud negligente» ya que desde el centro de salud no se remitió a la mujer al servicio especializado en cardiología a pesar de ser una paciente de riesgo al ser mayor de 65 años con hipertensión arterial y diabetes y estar aquejada de una grave patología de cardiopatía isquémica.

No obstante, rebaja a la mitad la indemnización ya que la propia paciente no siguió la indicación del servicio sanitario de volver a la consulta en caso de empeoramiento o de no obtener ninguna mejoría.

Por ello, considera que «no hubo solamente una actitud negligente por parte del servicio sanitario, sino que la propia paciente no acompasó completamente su conducta a los consejos médicos que se le habían suministrado».

INFARTO DE MIOCARDIO
Los hechos sucedieron el 2 de julio de 2013 cuando la mujer acudió al Centro de Salud Integrado II del municipio de Dénia por tener dolor torácico y cinco días después, el 7 de julio, sufrió un infarto agudo de miocardio por la obstrucción de la arteria circunfleja y del que no se pudo recuperar a pesar de haber sido resucitada por el personal de una unidad del SAMU y haber estado ingresada en el Hospital Universitario de San Juan y trasladada al Hospital Marina Salud, donde falleció estando ingresada el 18 de ese mismo mes.

Los hijos formularon una reclamación de responsabilidad patrimonial por daños por la pérdida de oportunidad que habría incurrido los servicios sanitarios ya que en el centro de asistencia primaria se le diagnosticó un dolor torácico no específico, se le pautó tratamiento con analgésicos y fue remitida a su domicilio con la indicación de consultar de nuevo en caso de que no mejorara.

La parte reclamante no especificó el importe de la indemnización que pedía. El informe de la Comisión de Valoración del Daño Corporal la estableció en 43.138 euros, pero el CJC considera que debe rebajarse a la mitad ya que además de que la mujer no volvió a consulta pese a que se lo habían indicado la paciente se hallaba además aquejada de una grave patología de cardiopatía isquémica y tenía una edad de 69 años, por lo que las hipotéticas posibilidades de curación nunca fueron superiores al 50%.

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La Audiencia Nacional rechaza suspender el campamento para inmigrantes en el Puerto de Ceuta

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La Audiencia Nacional ha rechazado la petición de suspensión cautelarísima presentada por el Sindicato Unificado de Policía (SUP) contra la instalación de un campamento de acogida para inmigrantes en el Puerto de Ceuta.

La decisión judicial permite al Gobierno continuar con la puesta en marcha del recinto, destinado a atender a las personas que llegaron a la ciudad autónoma durante la entrada masiva registrada a finales de julio.

El SUP había solicitado que se paralizara de forma inmediata la instalación al considerar que existían problemas relacionados con la seguridad y la prevención de riesgos para los agentes. La Audiencia Nacional ha rechazado esta medida cautelarísima, aunque el fondo del recurso presentado por el sindicato todavía deberá resolverse.

Un campamento de 16.000 metros cuadrados

El recinto previsto en el Puerto de Ceuta ocupa alrededor de 16.000 metros cuadrados y está planteado como una solución temporal para aliviar la situación de acogida en la ciudad autónoma.

Según la información publicada sobre el proyecto, el espacio permitirá trasladar a parte de los inmigrantes que permanecen actualmente en otros puntos de Ceuta. Algunas fuentes sitúan en alrededor de 1.800 personas el colectivo que estaba previsto trasladar al campamento.

La resolución de la Audiencia Nacional permite continuar con el operativo mientras se tramita el procedimiento judicial. El Gobierno sostiene que el recinto dispone de las condiciones necesarias y que se adoptarán las medidas de seguridad correspondientes.

El recurso del Sindicato Unificado de Policía

El Sindicato Unificado de Policía recurrió la decisión de utilizar terrenos del puerto para instalar el campamento y pidió a la Audiencia Nacional que frenara su puesta en funcionamiento.

La organización policial había planteado sus objeciones principalmente por cuestiones de seguridad y prevención de riesgos. La decisión conocida este jueves no supone, sin embargo, que la Audiencia Nacional haya resuelto definitivamente el recurso: únicamente rechaza la suspensión cautelarísima solicitada por el SUP.

De esta forma, el Gobierno puede continuar con la instalación del campamento para inmigrantes en el Puerto de Ceuta, a la espera de que la Justicia se pronuncie sobre el fondo del asunto.

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