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El BOE publica todos los detalles sobre el fin de las mascarillas

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El BOE ya ha hecho público los detalles sobre el uso de mascarillas que desgranó la ministra Carolina Darias, quien concretó que no será obligatorio llevar mascarilla al aire libre cuando se mantenga una distancia interpersonal de metro y medio, salvo que se vaya con convivientes: «Sabemos que es una distancia en donde hay no hay interacción en la propagación del virus y, por tanto, no hay riesgo».

Las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes supuestos:

  • En cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.
  • En cualquier espacio al aire libre en el que por la aglomeración de personas, no resulte posible mantener una distancia mínima de 1,5 metros entre las mismas, salvo grupos de convivientes.

La ministra dejó claro que habrá que tener las mascarillas a mano por si no se dan esas condiciones al aire libre, pero el BOE deja fuera del decreto la obligación de llevar una mascarilla encima por si no se puede respetar la distancia de seguridad. Tampoco hace referencia a posibles multas si no se lleva el cubrebocas en el bolsillo.

  • Es obligatorio usar mascarilla en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, incluyendo los andenes y estaciones de viajeros, o en teleférico, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio.
  • En el caso de los pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario el uso de mascarillas cuando se encuentren dentro de su camarote, ni en espacios exteriores de la nave cuando se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros.
  • Es obligatorio usar mascarilla en los eventos multitudinarios al aire libre, cuando los asistentes estén de pie o si están sentados cuando no se pueda mantener 1,5 metros de distancia entre personas, salvo grupos de convivientes.

Las obligaciones contenidas en el apartado anterior no será exigible en los siguientes supuestos:

  • A las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
  • En el caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.
  • En aquellos lugares o espacios cerrados de uso público que formen parte del lugar de residencia de los colectivos que allí se reúnan, como son las instituciones para la atención de personas mayores o con diversidad funcional, las dependencias destinadas a residencia colectiva de trabajadores esenciales u otros colectivos que reúnan características similares, siempre y cuando dichos colectivos y los trabajadores que allí ejerzan sus funciones, tengan coberturas de vacunación contra el SARS-CoV-2 superiores al 80 % con pauta completa, acreditado por la autoridad sanitaria competente. Esta última excepción no será de aplicación a los visitantes externos, ni a los trabajadores de los centros residenciales de personas mayores o con diversidad funcional.
  • El uso de mascarillas en centros penitenciarios en los que haya movilidad de los internos, tanto en exteriores como en espacios cerrados, se regirá por normas específicas establecidas por la autoridad penitenciaria competente.
  • La venta unitaria de mascarillas quirúrgicas que no estén empaquetadas individualmente solo se podrá realizar en las oficinas de farmacia garantizando unas condiciones de higiene adecuadas que salvaguarden la calidad del producto.»

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Muere un bebé al desangrarse tras una circuncisión clandestina

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Bebé desangrado por circuncisión

Detenidos los padres de un bebé fallecido tras una circuncisión clandestina en Roquetas de Mar

 La Guardia Civil ha detenido a tres personas, incluidos los padres de un bebé fallecido este pasado domingo tras ser sometido a una circuncisión clandestina en el domicilio familiar de Roquetas de Mar, en la provincia de Almería. Según han confirmado fuentes del caso, los detenidos pasarán a disposición judicial este martes ante el Juzgado de Instrucción número 6 de la localidad.

La operación, llevada a cabo por la Comandancia de Almería, reveló que el procedimiento fue realizado por un individuo sin formación médica, también arrestado, que presuntamente practicó la intervención de forma irregular. La familia del menor, según adelanta Diario de Almería, es originaria de Malí, y el pequeño habría sufrido una grave hemorragia tras la intervención.

A pesar de que los padres lo trasladaron a un centro de salud tras detectar la abundante pérdida de sangre, el equipo médico no pudo hacer nada para salvar la vida del niño.

Registro y avances en la investigación

Las autoridades continúan con la investigación abierta y han realizado este lunes por la tarde un registro domiciliario relacionado con los hechos. Los agentes tratan de esclarecer las circunstancias exactas de la intervención, así como la implicación del tercer detenido.

Antecedentes de circuncisiones ilegales en España

Este trágico suceso no es un caso aislado. A lo largo de las últimas dos décadas se han registrado varios casos de muertes o lesiones graves relacionadas con circuncisiones caseras o no autorizadas en distintas ciudades españolas:

  • En 2011, un bebé de un mes falleció en Valencia tras una circuncisión realizada por un matrimonio amigo de la familia.

  • En 2008, un niño de seis meses murió en Zaragoza por una práctica similar. Sus padres y un curandero fueron condenados a prisión.

  • En Tarragona, un recién nacido de 18 días murió en 2007 a causa de las heridas sufridas durante otra circuncisión clandestina.

  • En 2002, un niño de seis años sufrió una amputación parcial del pene en Poniente (Almería) tras una intervención en su casa.

Qué es la circuncisión y por qué debe ser segura

La circuncisión consiste en la extirpación quirúrgica del prepucio que cubre el glande. Aunque se asocia principalmente a rituales religiosos y tradiciones culturales, también se realiza por motivos médicos, como la fimosis.

Estudios recientes han mostrado beneficios potenciales como la reducción del riesgo de infecciones urinarias en niños, prevención de enfermedades como el cáncer de pene, y disminución de la transmisión del VIH, especialmente en contextos con alta prevalencia del virus.

No obstante, la Organización Mundial de la Salud (OMS) advierte que este procedimiento solo es seguro si lo realizan profesionales cualificados en entornos médicos adecuados. Especialmente en bebés, la intervención requiere anestesia general y cuidados postoperatorios específicos, ya que su sistema inmunológico aún no está completamente desarrollado.

 

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